Derecho de transmisión: morir sin aceptar la herencia

Una herencia llega a complicarse todavía más cuando uno de los herederos fallece antes de decidir si la acepta o la rechaza.

En estos casos aparece el llamado derecho de transmisión, una figura que permite que los herederos de esa persona puedan ejercer el derecho que tenía para aceptar o repudiar la primera herencia.

¿Qué pasa si un heredero muere sin aceptar ni rechazar la herencia?

La situación puede parecer confusa porque intervienen dos fallecimientos y, por tanto, dos herencias diferentes.

Imaginemos que Antonio fallece y deja como heredera a su hija Laura. Laura todavía no ha decidido si acepta o rechaza la herencia de su padre cuando fallece.

¿Qué ocurre entonces con esa herencia?

El derecho de Laura a decidir qué hacer con la herencia de Antonio no desaparece con su fallecimiento. Pasa a sus propios herederos, que podrán ejercerlo en las condiciones previstas por la ley. Esto es lo que se conoce como derecho de transmisión y está regulado en el art 1006 del Código Civil.

Es esencial entender que no significa que los hijos de Laura pasen a ser automáticamente herederos de Antonio. Lo que reciben inicialmente es el derecho que tenía para decidir si aceptaba o rechazaba la herencia de su padre.

¿Qué es el derecho de transmisión?

Se aplica cuando una persona ha sido llamada a una herencia, pero fallece sin haber manifestado su voluntad de aceptarla o repudiarla. Para entenderlo mejor, hay que distinguir entre las dos sucesiones que se producen.

La primera herencia

Es la que corresponde a la persona que fallece en primer lugar. En nuestro ejemplo, sería la herencia de Antonio.

Laura ha sido llamada a esa herencia, pero todavía no ha decidido si quiere aceptarla o rechazarla.

La herencia del segundo fallecido

Después fallece Laura. En ese momento, sus propios herederos reciben el derecho que ella tenía pendiente de ejercer respecto de la herencia de Antonio.

Por tanto, los herederos de Laura tienen que enfrentarse a dos cuestiones distintas: la herencia de Laura y el derecho que esta tenía respecto de la herencia de Antonio.

Esta diferencia es fundamental para evitar uno de los errores más habituales: pensar que los bienes de Antonio pasan directamente a los herederos de Laura como consecuencia del segundo fallecimiento.

¿Los hijos del heredero fallecido heredan directamente al primer fallecido?

No exactamente.

El Tribunal Supremo ha establecido que el derecho de transmisión no supone que haya una nueva herencia de Antonio a favor de Laura y, después, otra de Laura a favor de sus hijos respecto de esos mismos bienes.

Los herederos de Laura reciben el derecho que ella tenía pendiente de ejercer y, si lo ejercitan aceptando la herencia de Antonio, suceden directamente a este en relación con esa primera herencia.

Esto tiene importancia no solo desde el punto de vista jurídico, sino también a la hora de preparar la documentación, realizar las adjudicaciones y analizar las consecuencias fiscales de la operación.

Por eso, cuando existe derecho de transmisión, no basta con mirar quiénes son los herederos del primer fallecido. También hay que comprobar quiénes son los herederos de la persona que falleció después.

¿Qué ocurre si el heredero fallecido tenía varios herederos?

La situación puede complicarse.

En ese caso, habrá que determinar quiénes son esas personas y qué derechos les corresponden en la herencia del segundo fallecido. Para ello será necesario revisar su testamento o, si no existe, las reglas de la sucesión legal.

Además, no todos tienen necesariamente que tomar la misma decisión respecto de la herencia.

El Código Civil establece que, cuando hay varios herederos, unos pueden aceptar y otros repudiar la herencia. También pueden optar por aceptarla pura y simplemente o a beneficio de inventario.

Por tanto, no debe darse por hecho que todos los herederos del segundo fallecido van a aceptar o rechazar la primera herencia de la misma manera.

¿Qué pasa si el heredero ya había aceptado la herencia?

La situación cambia.

El derecho de transmisión se aplica cuando el heredero fallece sin haber aceptado ni repudiado la herencia. Si antes de morir ya había aceptado la herencia, los bienes y derechos que hubiera adquirido pasan a formar parte de su propio patrimonio. Cuando esa persona fallezca, esos bienes se integrarán en su herencia y serán sus propios herederos quienes los reciban.

Por eso, que no cuentes con una escritura de aceptación de la herencia no significa necesariamente que nunca se haya aceptado.

La aceptación puede ser expresa o tácita

La aceptación puede hacerse de forma expresa, por ejemplo, mediante una escritura, pero también puede existir una aceptación tácita cuando el heredero realiza determinados actos que solo podría realizar si actuara como tal.

Esta cuestión puede ser especialmente importante cuando ha pasado tiempo entre los dos fallecimientos.

Antes de aplicar el derecho de transmisión, habrá que comprobar si la persona que murió después había realizado algún acto que pudiera considerarse una aceptación de la primera herencia.

¿Se puede renunciar a la primera herencia?

Sí. 

Los herederos de la persona fallecida no están obligados a aceptar la primera herencia por el hecho de haber recibido el derecho de transmisión.

Pueden decidir si la aceptan o la rechazan, teniendo en cuenta bienes, deudas y circunstancias concretas de esa herencia.

La renuncia, sin embargo, no debe confundirse con no hacer nada. El Código Civil establece que la repudiación de una herencia debe hacerse ante notario en instrumento público. Por eso, si existe la intención de renunciar, hay que formalizar correctamente la decisión.

¿Y si la herencia tiene deudas?

Este es uno de los puntos que conviene revisar con más atención antes de aceptar.

Una herencia no está formada únicamente por viviendas, cuentas bancarias o inversiones. También puede incluir préstamos, deudas, obligaciones pendientes y otros compromisos.

Si se acepta una herencia pura y simple, el Código Civil establece que el heredero responde de las cargas de la herencia no solo con los bienes heredados, sino también con sus bienes.

Así, cuando no está claro si la herencia tiene más deudas que bienes, es interesante valorar la aceptación a beneficio de inventario.

¿Qué significa aceptar a beneficio de inventario?

Permite al heredero aceptar la herencia manteniendo separados, en determinadas condiciones, los bienes de la herencia y su patrimonio personal frente a las deudas hereditarias.

En una situación en la que existen dos fallecimientos, esta cuestión requiere todavía más cuidado, porque habrá que revisar tanto las deudas de la primera herencia como las de la segunda.

¿Cómo se tramita una herencia con derecho de transmisión?

Una vez aclarada la situación, habrá que tramitar las dos sucesiones de acuerdo con las circunstancias concretas del caso.

Lo primero, determinar quiénes son los herederos del primer fallecido y quiénes son los herederos de la persona que murió posteriormente. Después habrá que comprobar si realmente existe un derecho de transmisión y qué decisión corresponde adoptar respecto de la primera herencia.

Cuando proceda, estas decisiones se formalizarán ante notario y se realizará la correspondiente aceptación y adjudicación de las herencias. Si existen inmuebles, también es necesario realizar los trámites posteriores para que la titularidad quede reflejada en el Registro de la Propiedad.

¿Qué ocurre con el Impuesto sobre Sucesiones?

La existencia de dos fallecimientos también obliga a prestar más atención todavía a las obligaciones fiscales.

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es el impuesto que se aplica a los bienes y derechos que se reciben por una herencia. Por lo general, el plazo para pagarlo empieza a contar desde el fallecimiento. Además, como es un impuesto gestionado por las comunidades autónomas, las reducciones, bonificaciones y otras condiciones pueden ser diferentes según dónde corresponda tramitar la herencia.

En una situación de derecho de transmisión, no conviene dar por hecho que fiscalmente se trata de una única herencia ni aplicar directamente los plazos o beneficios de un caso diferente. Hay que estudiar las dos sucesiones y determinar qué obligaciones fiscales corresponden en cada caso.

Una situación como esta, que no es demasiado habitual, plantea dudas y decisiones que no son fáciles de tomar cuando no se conocen sus consecuencias. Contar con el asesoramiento adecuado es justo lo que evita problemas posteriores y ayuda a que todo el proceso se tramite correctamente.

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539

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¿Puede aparecer un heredero años después?

Cuando una herencia lleva años repartida, puede parecer que el asunto está definitivamente cerrado. Pero ¿qué ocurre si, tiempo después, aparece una persona que asegura ser heredera y reclama su parte?

Aunque pueda resultar sorprendente, es una situación que puede darse. Esa “aparición” obliga a revisar cómo se repartió la herencia, qué bienes recibió cada persona y qué derechos tiene realmente quien reclama.

¿Puede aparecer un heredero años después de repartir una herencia?

Sí. 

El hecho de que una herencia ya haya sido aceptada y repartida no impide, por sí solo, que una persona que tenga realmente derechos sobre ella pueda reclamar.

La partición de una herencia atribuye a cada heredero la propiedad de los bienes que le hayan correspondido. Así lo establece el Código Civil, sin embargo, la propia legislación contempla situaciones en las que una persona que tenía derecho a participar en la herencia no fue incluida correctamente.

Por tanto, recibir una herencia, inscribir una vivienda a nombre de los herederos o incluso haber vendido determinados bienes no significa necesariamente que cualquier reclamación posterior quede descartada. Ahora bien, tampoco significa que alguien pueda presentarse años después y exigir simplemente que se le entregue una parte de todo lo que recibieron los demás.

Lo primero será acreditar que en verdad tiene la condición de heredero o que posee algún derecho sobre la herencia.

¿En qué situaciones puede aparecer un heredero después?

Las circunstancias pueden ser muy variadas.

Uno de los casos más habituales es cuando aparece un hijo del fallecido cuya existencia no conocían los demás familiares. También puede ocurrir que se descubra posteriormente un testamento diferente, que aparezca documentación que acredite una relación familiar que no se conocía o que una persona que estaba ausente durante años reclame sus derechos sucesorios.

También puede suceder que la persona ya supiera que podía tener derechos sobre la herencia, pero no participara inicialmente en el procedimiento.

Por eso, antes de hablar de un «heredero aparecido después», es necesario comprobar cuidadosamente qué ha ocurrido y qué título tiene esa persona para reclamar.

No es lo mismo un hijo que descubre años después que su padre biológico había fallecido que una persona que simplemente afirma ser familiar del fallecido sin poder acreditar que tiene derecho a sucederle.

El caso de un hijo que no aparece en el testamento

Una de las situaciones que deriva en más problemas.

La ley ya determina que los hijos y descendientes son herederos forzosos. Esto significa que, con carácter general, tienen derecho a una parte de la herencia que el testador no puede eliminar libremente. Por eso, que un hijo no aparezca mencionado en el testamento no significa automáticamente que haya perdido sus derechos.

Puede existir lo que se conoce como preterición, es decir, que un heredero forzoso haya sido omitido en el testamento.

Además, el Código Civil establece diferentes consecuencias dependiendo de las circunstancias y, especialmente, de si la omisión fue intencionada o no. 

¿Y si el heredero no sabía que el fallecido había muerto?

También puede ocurrir.

Una persona puede haber perdido el contacto con un familiar durante décadas y no saber que este había fallecido. Puede vivir en otro país, desconocer la existencia de otros familiares o incluso no tener conocimiento de que tenía un vínculo familiar que podía darle derechos sucesorios.

Que no haya participado inicialmente en la herencia no significa necesariamente que haya renunciado a ella. En estos casos habrá que estudiar las circunstancias concretas y, sobre todo, los plazos aplicables a las acciones que pueda ejercer.

Este punto es especialmente importante porque no existe una regla sencilla según la cual «si han pasado X años, ya no puede reclamar».

¿Cuánto tiempo tiene un heredero para reclamar?

Aquí es donde conviene tener especial cuidado.

La denominada acción de petición de herencia permite, en determinados supuestos, que quien afirma tener la condición de heredero reclame frente a quien está poseyendo los bienes hereditarios como si fuera heredero.

Los plazos de prescripción dependen de la acción concreta que se ejercite y de las circunstancias del caso. En Derecho se establece que las acciones reales sobre bienes inmuebles prescriben a los treinta años, mientras que las acciones reales sobre bienes muebles tienen un plazo de seis años, con las excepciones previstas legalmente.

Esto no debe interpretarse como que cualquier reclamación hereditaria tiene automáticamente un plazo de treinta años. La naturaleza exacta de la acción, los bienes afectados, la situación posesoria y otras circunstancias pueden modificar el análisis.

Además, en nuestro país se cuenta con distintos derechos civiles territoriales. Cataluña, Aragón, Galicia, Navarra, País Vasco y otras comunidades tienen normas sucesorias propias en determinadas materias. Por ello, antes de afirmar que una reclamación está prescrita o que puede ejercitarse, hay que determinar qué legislación resulta aplicable.

¿Qué pasa si la herencia ya se ha repartido?

Esto complica la situación, pero no la cierra.

Imaginemos que tres hermanos heredaron una vivienda y, años después, aparece otro hijo del fallecido que demuestra que también tenía derechos sucesorios.

Hay que determinar qué porcentaje le correspondía y cómo puede hacerse efectivo su derecho.

Si los bienes todavía forman parte del patrimonio de los antiguos herederos, la solución es diferente de si han sido vendidos, donados o transmitidos a terceras personas. Por ejemplo, si se trata de una vivienda que sigue a nombre de los herederos iniciales, se debe modificar para reconocer la participación que corresponda al heredero que fue excluido.

Si, en cambio, uno de los herederos vendió la vivienda, habrá que estudiar las circunstancias de esa transmisión y la posición del comprador, además de las posibles responsabilidades entre los propios coherederos.

¿Qué ocurre si los demás herederos ya han gastado o vendido los bienes?

Depende de qué bienes se recibieron, qué se hizo posteriormente con ellos, cuándo se produjeron las transmisiones y quién intervino en ellas.

No es lo mismo que exista todavía una cuenta bancaria con dinero procedente de la herencia que que el dinero se haya utilizado hace quince años para comprar otra vivienda. Tampoco es lo mismo que un inmueble siga en poder de los herederos que haya sido vendido a un tercero.

Cuando aparece un posible heredero, es esencial reconstruir qué ocurrió con el patrimonio desde el fallecimiento. Escrituras, contratos, movimientos bancarios, declaraciones de herederos, testamentos y documentos de adjudicación pueden ser fundamentales para determinar qué derechos pueden reclamarse.

¿Y si se repartió la herencia pensando que una persona era heredera y después se descubre que no lo era?

Puede suceder.

Estaríamos ante el caso contrario: una persona que participa en la herencia y realmente no tenía derecho a recibirla. En este caso, la partición realizada es nula.

Esto demuestra por qué es tan importante comprobar correctamente quiénes son los herederos antes de repartir una herencia. Un error en la identificación tiene graves consecuencias sobre una partición que aparentemente estaba terminada.

¿Y si los herederos sabían que existía esa persona y la ocultaron?

La situación puede ser especialmente delicada si se demuestra que decidieron excluirla deliberadamente.

La mala fe conlleva consecuencias diferentes de las que existirían cuando se produjo una omisión por desconocimiento o por un error.

De hecho, la ley contempla expresamente que la partición no se rescinde, pero estos deben pagar al preterido la parte que proporcionalmente le corresponda.

En definitiva, que una herencia se haya repartido hace años no significa que cualquier posible heredero haya perdido automáticamente sus derechos. Pero tampoco basta con afirmar que se es familiar del fallecido para recuperar una parte de la herencia, sino que debe demostrarse y para eso contar con la ayuda de un abogado es determinante.

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

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¿Qué pasa con las cuentas bancarias cuando fallece un titular?

La inteligencia artificial ha dejado de ser una tecnología del futuro para convertirse en una herramienta de uso cotidiano. Cada vez más personas la utilizan para trabajar, estudiar, crear contenidos o automatizar tareas. Sin embargo, como ocurre con cualquier tecnología, también puede emplearse con fines ilícitos.

Esto plantea una pregunta cada vez más frecuente: si una inteligencia artificial se utiliza para cometer un delito, ¿quién es el responsable?, ¿quien la utiliza o quien la desarrolló?

La ley ofrece criterios para determinar quién debe asumir la responsabilidad en cada caso. 

¿Qué ocurre con la cuenta bancaria cuando fallece el titular?

Cuando una entidad bancaria tiene conocimiento del fallecimiento de uno de sus clientes, normalmente adopta medidas para proteger el dinero que forma parte de la herencia.

Esto no es necesariamente que la cuenta desaparezca o que el dinero pase automáticamente a los herederos. Lo que ocurre es que limita las operaciones hasta que quede acreditado quiénes tienen derecho a recibir esos bienes.

Esta actuación responde tanto a la obligación de proteger el patrimonio hereditario como a la necesidad de evitar que personas a quienes no les corresponde hacerlo puedan retirar fondos antes de que se determinen los herederos.

¿Cómo sabe el banco que ha fallecido el titular?

Por lo general, son los propios familiares quienes lo comunican y lo hacen aportando el certificado de defunción.

No obstante, también puede ocurrir que el banco tenga conocimiento por otras vías, especialmente cuando recibe información procedente de organismos públicos o cuando se tramitan otros procedimientos relacionados con la herencia.

Sea como sea, desde ese momento, comienza a aplicar los protocolos previstos para estos casos.

¿Se bloquea automáticamente la cuenta?

Esta es una de las preguntas más frecuentes de nuestros clientes y la respuesta depende de cada situación.

Lo habitual es que el banco restrinja la libre disposición del dinero hasta que se acredite quiénes son los herederos. Sin embargo, no siempre se produce un bloqueo absoluto. Por ejemplo, algunas entidades siguen permitiendo el cargo de determinados recibos imprescindibles relacionados con el fallecimiento, como los gastos funerarios cuando así esté previsto, o el pago de impuestos asociados a la herencia.

Cada entidad bancaria dispone de sus propios protocolos internos, siempre respetando la normativa vigente y los derechos de los herederos.

¿Qué ocurre si la cuenta tiene dos titulares?

Esta situación genera muchas dudas porque es muy habitual que los matrimonios o parejas compartan una cuenta corriente. Lo que pasa es que, aunque existan dos titulares, no significa necesariamente que todo el dinero pertenezca al superviviente.

Lo primero es diferenciar la titularidad de la cuenta de la propiedad del dinero. 

Que dos personas aparezcan como titulares significa que ambas pueden operar con la cuenta, pero no determina automáticamente qué porcentaje del saldo pertenece a cada una.

Si no existe prueba de que las aportaciones fueron distintas, suele presumirse que el dinero pertenece a ambos por partes iguales. En consecuencia, únicamente la parte correspondiente al fallecido formará parte de la herencia.

Por este motivo, el banco puede limitar la disposición de la parte que corresponde al titular fallecido hasta que finalice la tramitación de la sucesión.

¿Y si el fallecido era solo autorizado en la cuenta?

Conviene distinguir entre ser titular y ser autorizado.

El autorizado puede realizar determinadas operaciones bancarias mientras vive el titular, pero esa autorización desaparece automáticamente con el fallecimiento.

Por tanto, y esto es fundamental tenerlo claro: una persona autorizada deja de tener facultades para utilizar la cuenta desde el momento en que fallece el titular.

¿Quién puede solicitar información al banco?

Los posibles herederos.

Para ello deberán acreditar su interés legítimo mediante la documentación correspondiente.

Las entidades bancarias suelen facilitar información como:

El saldo existente a la fecha del fallecimiento.

Los certificados bancarios necesarios para tramitar la herencia.

Los movimientos necesarios para la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones, dentro de los límites legalmente establecidos.

Esta información es imprescindible tanto para elaborar el inventario de bienes como para calcular correctamente los impuestos.

¿Qué documentos suele pedir el banco?

Aunque cada entidad puede solicitar documentación adicional, normalmente será necesario presentar:

  • Certificado de defunción.
  • Certificado de Actos de Última Voluntad.
  • Copia autorizada del testamento o, si no existe, la declaración de herederos.
  • Documentación identificativa de los herederos.
  • Justificante de haber presentado o liquidado el Impuesto sobre Sucesiones cuando proceda.

Una vez revisada toda la documentación, el banco ya puede proceder al reparto de los fondos conforme a lo acordado por los herederos (o según establezca la legislación).

¿Pueden los herederos sacar dinero antes de aceptar la herencia?

No.

Hasta que no quede acreditada la condición de heredero y se complete la documentación necesaria, no pueden disponer libremente del dinero. De hecho, intentar retirar fondos sin autorización da lugar a no pocos problemas legales, especialmente si perjudica los derechos del resto de herederos.

Lo mejor es esperar a completar correctamente todo el procedimiento sucesorio.

¿Es obligatorio aceptar la herencia para acceder al dinero?

Sí. 

El dinero depositado en las cuentas forma parte del patrimonio hereditario. Por tanto, para adquirir la propiedad de esos fondos es necesario aceptar la herencia, ya sea de forma expresa o conforme a las modalidades previstas legalmente.

También es posible renunciar a la herencia si así se considera conveniente, especialmente cuando las deudas superan al patrimonio heredado.

En determinadas ocasiones, lo más adecuado es aceptar la herencia a beneficio de inventario, una figura regulada en el Código Civil que permite limitar la responsabilidad del heredero frente a las deudas del fallecido.

¿Qué pasa con las deudas de la cuenta?

Si el fallecido tenía descubiertos, préstamos o cualquier otra deuda con la entidad bancaria, estas también forman parte de la herencia.

Los herederos no solo reciben los bienes, sino también las obligaciones, salvo que renuncien a la herencia o la acepten a beneficio de inventario. Por ello, como decimos, es fundamental conocer la situación económica completa antes de tomar cualquier decisión sobre la aceptación de la herencia.

¿Cuánto tarda el banco en entregar el dinero?

No existe un plazo único.

Depende de varios factores, como la rapidez con la que los herederos aporten la documentación, la complejidad de la herencia, la existencia de varios herederos o posibles desacuerdos entre ellos.

Cuando toda la documentación está correctamente presentada y existe acuerdo, el proceso suele ser relativamente ágil. Sin embargo, si aparecen conflictos familiares o existen procedimientos judiciales relacionados con la herencia, el acceso a los fondos puede retrasarse considerablemente.

La gestión de las cuentas bancarias es solo una parte del proceso sucesorio, pero suele ser una de las cuestiones que más dudas genera entre los herederos. Contar con asesoramiento legal desde el primer momento permite no solo realizar todos los trámites correctamente, sino que ayuda  a coordinar la relación con las entidades bancarias. 

Sin duda, una enorme tranquilidad para los herederos en un momento especialmente complicado.

Autor

Manuel Hernández García

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Herencia o donación de joyas, ¿hay que tributar por ellas?

Las joyas a menudo forman parte de herencias y donaciones familiares. Es habitual que anillos, pendientes, relojes, pulseras o piezas antiguas pasen de una generación a otra no solo por su valor económico, sino también por el valor sentimental que representan.

Lo que ocurre es que cuando una persona recibe joyas por herencia o mediante una donación, no tiene muy claro qué significa y le surgen dudas referentes a impuestos, si debe o no declararlas o sencillamente a cuál es su valor real. En definitiva, no sabe si eso que recibe conlleva responsabilidades que debe tener en cuenta

La respuesta es que sí, las joyas heredadas o donadas generan obligaciones fiscales, y conocerlas es fundamental para evitar sanciones o problemas con la Administración Tributaria.

¿Se pagan impuestos por recibir joyas?

Sí. 

Cuando recibes joyas sin pagar por ellas, ya sea porque las hereda o porque alguien te las dona, existe una adquisición gratuita de bienes. Esto significa que la ley considera que se ha producido un incremento patrimonial y, por tanto, hay una obligación de tributar.

No obstante, el impuesto aplicable dependerá de cómo se hayan recibido las joyas. En caso de recibirse tras un fallecimiento de una persona, se aplica el Impuesto sobre Sucesiones.

Si se reciben en vida mediante un regalo, se aplica el Impuesto sobre Donaciones.

Ambos tributos están regulados principalmente por la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

¿Cómo tributan las joyas recibidas por herencia?

Todos los bienes que forman parte del patrimonio de quien fallece deben incluirse en la herencia. Esto quiere decir todo: desde inmuebles, dinero, vehículos, inversiones, … y también joyas.

Por tanto, las joyas heredadas deben incorporarse al inventario de bienes hereditarios y valorarse económicamente para calcular el Impuesto sobre Sucesiones.

Aunque está la creencia extendida de que quedan al margen de la herencia por tratarse de objetos personales o de uso cotidiano, no es así. La realidad es que forman parte del patrimonio y por lo tanto, deben tenerse en cuenta en el reparto hereditario. La dificultad está en determinar cuál es su valor real.

Cómo se valoran las joyas en una herencia

La ley no establece una única fórmula para valorar las joyas, por lo que debe utilizarse su valor real o valor de mercado en la fecha del fallecimiento. Con esto, para conocer su valor, existen y pueden emplearse distintos medios para justificar dicho valor:

  • Facturas de compra.
  • Informes periciales.
  • Tasaciones realizadas por expertos.
  • Certificados de joyerías especializadas.

Hay que tener en cuenta que cuanto mayor sea el valor de las piezas, más importante es contar con una tasación profesional, y no solo depender de documentos menos precisos

Esto es especialmente importante cuando se trata de joyas antiguas, piezas de colección, relojes de alta gama o artículos con piedras preciosas cuyo valor puede ser considerablemente superior al que imaginan los herederos.

El ajuar doméstico y las joyas

Este es uno de los aspectos que más confusión genera.

Tradicionalmente, la  Agencia Tributaria  consideraba que, además de los bienes concretos que forman la herencia, existe un valor adicional correspondiente al ajuar doméstico. Hoy, la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha limitado considerablemente el alcance de este concepto.

Así, joyas, obras de arte, antigüedades y otros bienes especialmente valiosos no se consideran parte del ajuar doméstico ordinario, sino bienes independientes que deben valorarse específicamente. Por ello, cuando existen joyas relevantes dentro de una herencia, lo habitual es que se incluyan de forma separada dentro del inventario hereditario.

Cómo tributan las joyas recibidas mediante donación

La situación cambia cuando se entregan las joyas en vida. En ese caso no se trata de una herencia, sino de una donación.

Pongamos unos casos habituales: unos padres que entregan un anillo a una hija, unos abuelos que regalan unas joyas familiares a un nieto o una persona que dona una colección de relojes a un familiar.

En todos ellos, quien recibe las joyas debe liquidar el Impuesto sobre Donaciones,   y la cuantía dependerá de varios factores como el valor, el grado de parentesco entre donante y donatario y muy importante, la Comunidad Autónoma,porque las bonificaciones o reducciones aplicables varían según cada una.

Esto provoca que una misma donación pueda tener una tributación muy diferente dependiendo del lugar donde resida el beneficiario.

¿Es necesario formalizar la donación de joyas?

Aunque muchas se realizan de manera informal dentro del ámbito familiar (como en los ejemplos que hemos puesto antes), lo mejor y lo que menos problemas te va a dar más adelante es documentarse adecuadamente.

Cuando existen bienes de cierto valor, se trata de una formalización mediante documento escrito o escritura pública que ya aporta seguridad jurídica y facilita la justificación ante la Administración Tributaria.

Además, permite acreditar aspectos fundamentales como, la fecha de la donación, su descripción o su valoración. Es mejor que todo esto esté claro para evitar conflictos futuros entre familiares y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

¿Y si después se venden esas joyas?

Este punto es importante para tenerlo en cuenta: recibir una joya por herencia o donación no implica necesariamente el final de las obligaciones tributarias. Si el nuevo propietario decide venderla posteriormente, genera una nueva tributación.

Aquí entra en juego el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

La Agencia Tributaria analizará si existe una ganancia patrimonial entre el valor que se declaró al recibir la joya y el precio obtenido en la venta. Por ejemplo, si una persona heredó una joya valorada en 10.000 € y años después la vende por 15.000, se considera una ganancia patrimonial de 5.000€ que deberá declararse en el IRPF.

Por el contrario, si la venta se realiza por un importe inferior al valor declarado inicialmente, estamos ante una pérdida patrimonial. Por este motivo es especialmente importante que la valoración realizada en la herencia o en la donación sea realista y esté correctamente justificada.

Qué riesgos corres si no declaras joyas heredada o donadas

Algunas personas consideran que las joyas son bienes complicados de controlar y optan por no incluirlas en herencias o donaciones. Esta no es la mejor decisión porque tiene como consecuencia problemas importantes.

No hay que olvidar que la Administración dispone de distintos mecanismos para detectar bienes no declarados, especialmente cuando posteriormente se venden, se aseguran, se tasan o aparecen en procedimientos sucesorios.

Si Hacienda considera que las joyas debieron incluirse en la herencia o en la donación, puede exigir el pago del impuesto correspondiente junto con intereses y posibles sanciones.

No solo eso, sino que pueden surgir conflictos entre herederos en caso de no existir una identificación clara de las joyas que formaban parte del patrimonio del fallecido.

Cómo actuar ante una herencia o donación de joyas

En uno de estos dos casos, lo más prudente es actuar con planificación y asesoramiento especializado.

El primer paso consiste en identificar correctamente las piezas y determinar su valor real mediante documentación adecuada o una tasación profesional cuando sea necesario.

Más tarde se debe conocer qué impuesto resulta aplicable y cuáles son los plazos para su presentación, teniendo en cuenta la normativa específica de la comunidad autónoma correspondiente.

Por último conviene conservar toda la documentación relacionada con las joyas, especialmente si existe la posibilidad de que sean vendidas en el futuro.

Todo esto que muchas veces no se tiene en cuenta es necesario para evitar problemas fiscales, conflictos y garantizar una transmisión del patrimonio familiar realizada con total seguridad jurídica.

En definitiva, aunque lo pueda parecer en un principio, las joyas heredadas o donadas no solo tienen un valor sentimental, sino que también acarrean consecuencias fiscales que conviene conocer. 

Cuando una transmisión incluye joyas de cierto valor, lo más adecuado es contar con un asesoramiento legal que permita cumplir correctamente con la ley y evitarte problemas posteriores, económicos y familiares

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Manuel Hernández García

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¿Pueden los sobrinos heredar de sus tíos?

En caso de un fallecimiento en el que no hay descendientes ni familiares directos, es habitual que la herencia pase a los sobrinos. 

Sin embargo, este tipo de sucesión crea un poco de confusión porque no siempre está claro cuándo tienen derecho a heredar, ni tampoco qué pasa, si hay testamento, cómo se reparte esa herencia.

¿Cuándo heredan los sobrinos de un tío?

Cualquier herencia se reparte siguiendo un orden de parentesco recogido en el Código Civil. Primero heredan los descendientes (hijos, nietos), después los ascendientes (padres, abuelos) y el cónyuge. Solo cuando no existen estos familiares directos, entran en juego los parientes colaterales, como hermanos, sobrinos o tíos.

Aquí es donde aparecen los sobrinos.

En concreto, los sobrinos pueden heredar de su tío en dos situaciones principales:

Cuando el fallecido no tiene hijos, padres ni cónyuge.

Cuando existe el llamado “derecho de representación”, que permite a los sobrinos heredar la parte que le correspondería a su padre o madre (es decir, el hermano del fallecido) si este ya ha fallecido.

Este punto es muy importante, porque en muchos casos los sobrinos no heredan “directamente” del tío, sino que ocupan el lugar de su progenitor fallecido dentro de la herencia.

Herencia con testamento: cuando el tío decide dejar bienes a sus sobrinos

Si el tío ha hecho testamento, la situación es más sencilla, en él puede decidir dejar parte o todos sus bienes a sus sobrinos.

La ley protege a ciertos herederos forzosos, pero los sobrinos no están entre ellos. Esto significa que un tío puede dejar su herencia a sus sobrinos sin estar obligado a reservarles una parte concreta por ley, siempre que no existan herederos forzosos (como hijos, padres o cónyuge).

En estos casos, el testamento es la base principal para el reparto. Aun así, hay que respetar los límites legales generales del Código Civil, especialmente si existen otros herederos cuyos derechos sí están protegidos.

Herencia sin testamento: qué ocurre cuando no hay última voluntad

Cuando una persona fallece sin testamento, se abre lo que se llama la sucesión intestada, regulada en el Código Civil. Aquí es donde la ley establece un orden claro:

  • Si no hay descendientes, ascendientes ni cónyuge, heredan los hermanos del fallecido.
  • Si alguno de esos hermanos ha fallecido antes, su parte pasa a sus hijos, es decir, a los sobrinos del fallecido.

Esto es el derecho de representación y gracias a él, los sobrinos pueden ocupar el lugar de su padre o madre fallecidos dentro de la herencia.

  • Si no existen hermanos ni sobrinos, la herencia puede llegar a otros parientes colaterales más lejanos (como tíos o primos), hasta el cuarto grado de parentesco.
  • Si no hay ningún familiar con derecho a heredar, la herencia pasa finalmente al Estado.

¿Cómo se gestiona la herencia de un tío a sobrinos?

El proceso no es automático. Aunque los sobrinos tengan derecho a heredar, es necesario seguir varios pasos legales.

En primer lugar, hay que determinar si existe testamento solicitando el certificado de últimas voluntades, que indica si la persona fallecida dejó testamento y en qué notaría.

Si hay testamento, se acude a la notaría correspondiente para obtener una copia autorizada.

Si no hay testamento, será necesario tramitar una declaración de herederos abintestato. En este caso, se hace ante notario y se acredita el parentesco con documentos como certificados de nacimiento y defunción.

Una vez determinados los herederos, se procede al inventario de bienes: cuentas bancarias, propiedades, vehículos, deudas, etc. Este paso es fundamental porque la herencia incluye tanto bienes como obligaciones (y, por supuesto, deudas)

Después se realiza la partición de la herencia, es decir, el reparto de los bienes entre los herederos. Aquí también hay dos posibilidades:

Si hay acuerdo, se formaliza mediante escritura pública ante notario. 

Si no lo hay, es necesario acudir a un procedimiento judicial.

Finalmente, se realiza la aceptación de la herencia, que puede ser pura y simple o a beneficio de inventario, una opción que siempre recomendamos cuando no está claro el estado de las deudas del fallecido.

¿Qué es el derecho de representación?

El derecho de representación permite que los descendientes de una persona fallecida ocupen su lugar en una herencia. Significa que si un hermano del fallecido ya ha muerto, sus hijos (es decir, los sobrinos del fallecido) pueden “representarle” y recibir la parte de herencia que le habría correspondido.

Por ejemplo, si una persona fallece sin hijos y con dos hermanos, pero uno de ellos ya ha muerto, la parte que le corresponde a ese hermano no desaparece ni se reparte entre otros familiares, sino que pasa directamente a sus hijos, es decir, a los sobrinos del fallecido.

Es importante entender que los sobrinos no heredan “por ser sobrinos” en sí mismos, sino porque la ley les permite ocupar el lugar de su padre o madre dentro de la sucesión. Esto influye tanto en el reparto de bienes como en la forma en la que se calcula la parte que corresponde a cada heredero.

Este derecho evita situaciones en las que una rama familiar quede excluida solo por el fallecimiento previo de un heredero intermedio, manteniendo así el equilibrio en la distribución de la herencia dentro de la familia.

Impuestos en la herencia entre tíos y sobrinos

Uno de los aspectos esenciales y que hay que tener en cuenta es el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Los sobrinos, a efectos fiscales, pertenecen a un grupo de parentesco más alejado que los hijos o cónyuges, lo que suele implicar una carga fiscal mayor, pero ya depende de la comunidad autónoma, porque este impuesto está cedido parcialmente a las autonomías y llega a variar mucho de una región a otra.

En general, los sobrinos suelen estar en el grupo III de parentesco, lo que quiere decir que tienen menos reducciones y bonificaciones que los herederos directos.

El impuesto debe liquidarse en un plazo de seis meses desde el fallecimiento, aunque puede solicitarse una prórroga en determinados casos. Además, si la herencia incluye bienes inmuebles, puede haber también plusvalía municipal, que grava el incremento del valor del suelo.

Problemas habituales en herencias entre tíos y sobrinos

Uno de los más frecuentes es la falta de testamento, que obliga a interpretar la ley y puede generar desacuerdos entre familiares. Otro problema habitual es la falta de claridad sobre el reparto, especialmente cuando hay varios sobrinos o cuando no todos los hermanos del fallecido han tenido descendencia.

También es común encontrar situaciones en las que hay deudas o bienes difíciles de valorar, lo que complica la aceptación de la herencia. En estos casos, siempre hay que analizar bien la situación antes de aceptar, ya que una herencia también puede implicar obligaciones económicas que pueden ponértelo muy difícil.

Qué tener en cuenta antes de aceptar una herencia de un tío

Antes de nada, conviene revisar con calma algunos puntos clave, como saber si existen deudas, hipotecas o cargas sobre los bienes.

También es fundamental comprobar si todos los herederos están correctamente identificados, especialmente en casos donde entra en juego el derecho de representación del que hemos hablado anteriormente.

Y, por último, valorar el impacto fiscal, ya que el impuesto puede influir de forma importante en el resultado final de la herencia.

La herencia de tíos a sobrinos en nuestro país está bien regulada, pero puede llegar a complicarse si no se tiene del todo claro cómo actuar. Contar con asesoramiento especializado ayuda a agilizar trámites y tomar decisiones más seguras antes de aceptar o rechazar una herencia.

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539

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Donación encubierta o pago legítimo por cuidar a un padre o madre

Cuidar de un padre o de una madre mayor suele hacerse por cariño, responsabilidad familiar o necesidad. Pero cuando esos cuidados se prolongan durante años y uno de los hijos asume prácticamente toda la carga, es muy probable que haya una compensación económica de algún tipo.

A veces los padres entregan dinero. Otras veces ceden una vivienda, permiten utilizar una propiedad o incluso hacen transmisiones de bienes antes de fallecer. 

Hasta ahí todo normal, pero se enreda cuando el resto de herederos entiende que aquello no fue un pago justo por los cuidados prestados, sino una donación encubierta para favorecer a uno de los hijos.

¿Qué es una donación encubierta?

Una transmisión de bienes que aparenta ser una cosa, pero que en realidad es una donación.

Es decir, puede parecer una compraventa, un pago por servicios o una compensación económica, pero detrás de esa operación lo que realmente existe es una entrega gratuita para beneficiar a otra persona.

En el ámbito familiar, esto ocurre con bastante frecuencia. Por ejemplo, cuando un padre transmite una vivienda a un hijo alegando que es una compensación por haberlo cuidado durante años, pero en realidad no existe ninguna prueba clara de que hubiera una obligación de pagar por esos cuidados.

El problema es que este tipo de operaciones afecta directamente a la herencia y perjudica a otros herederos con derecho legítimo.

Por qué genera tantos conflictos familiares

No pocas veces, uno de los hijos termina asumiendo más responsabilidades que el resto. Puede encargarse de las visitas médicas, de la medicación, de la higiene diaria, de gestionar el dinero o incluso de convivir con el padre o la madre durante años.

Es lógico que considere justo compensar ese esfuerzo.

Lo que ocurre es que, cuando esa compensación no se hace de forma clara ni documentada, tras el fallecimiento, el resto de hermanos puede interpretar que se trató de un favoritismo o de una forma de alterar el reparto de la herencia.

Además, hay una cuestión emocional fundamental: los conflictos hereditarios no suelen discutirse solo en términos económicos. Detrás existen resentimientos acumulados, desigualdades familiares o diferentes versiones sobre quién cuidó realmente a los padres.

Estos cuidados ¿implican automáticamente derecho a cobrar?

Este es uno de los puntos más importantes.

La ley no presume automáticamente que un hijo tenga derecho a cobrar por cuidar a sus padres. Dentro de una familia existe un deber moral y, en determinados casos, incluso legal de asistencia.

Por eso, ayudar a un padre mayor no convierte de manera automática esos cuidados en un trabajo remunerado.

Ahora bien, eso no significa que nunca pueda existir una compensación económica legítima. Hay situaciones en las que los cuidados superan claramente lo que puede considerarse una ayuda familiar normal. Hablamos de cuando un hijo abandona su empleo para dedicarse completamente al cuidado del padre dependiente o cuando presta asistencia intensiva durante muchos años, evitando incluso la contratación de cuidadores profesionales.

En esos casos sí puede existir una verdadera intención de compensar económicamente ese sacrificio.

¿Cuándo puede considerarse un pago legítimo?

Para que una compensación económica tenga más posibilidades de considerarse válida y no una donación encubierta, es fundamental que existan elementos que acrediten claramente la relación entre los cuidados prestados y el pago recibido.

Los tribunales valoran aspectos como la duración de los cuidados, el nivel de dependencia, el sacrificio personal del hijo cuidador y la proporcionalidad entre los servicios que ha estado prestando esos años y el valor de los bienes que recibe.

Un punto que no se debe olvidar:influye, y mucho, la existencia de pruebas.

Cuando todo queda en conversaciones familiares o acuerdos verbales, aparecen los problemas. En cambio, con documentación, contratos, justificantes de transferencias o cualquier otra prueba que refleje la voluntad de compensar unos cuidados concretos, resulta más sencillo defender que no hubo una donación.

Como referencia a este punto, una sentencia de hace unas semanas, 637/2026, de 27 de abril, del Tribunal Supremo resolvió que la transmisión de bienes realizada por el padre a favor de su hija no era una donación encubierta, sino un contrato válido de alimentos.

El Tribunal entendió que la hija había prestado cuidados, atención y asistencia continuada al padre durante años y que, a cambio, este le transmitió determinados bienes como contraprestación. Por tanto, consideró que existía una relación onerosa (con intercambio de prestaciones) y no una entrega gratuita propia de una donación.

Además, el Supremo rechazó la impugnación del resto de herederos y confirmó su validez.

El problema: transmisiones desproporcionadas

Uno de los aspectos que más sospechas genera es la falta de proporcionalidad. No es lo mismo compensar económicamente determinados gastos o esfuerzos que transmitir un patrimonio muy elevado sin una justificación suficientemente clara.

Si un hijo recibe una vivienda de gran valor y el resto de herederos considera que los cuidados no justificaban una compensación tan importante, lo más seguro que que acaben en los tribunales.

¿Qué ocurre con la legítima de los herederos?, ¿le afecta?

Existen límites legales a la libertad para repartir una herencia. El Código Civil protege a determinados herederos, conocidos como herederos forzosos, que tienen derecho a recibir una parte mínima de la herencia llamada legítima.

Por eso, cuando un padre realiza donaciones considerables en vida a favor de uno de los hijos, esas operaciones terminan realizándose más tarde para comprobar si perjudican los derechos del resto.

Si se demuestra que realmente existió una donación encubierta, esa transmisión puede computarse dentro de la herencia y afectar al reparto final. En algunos casos, incluso puede llegar a reducirse parcialmente para respetar los derechos de los demás herederos.

Consecuencias fiscales de las donaciones encubiertas

Otro aspecto: los impuestos.

No tributa igual una donación que un pago por servicios. Hacienda puede revisar estas operaciones y entender que realmente existió una donación, aunque las partes le hayan dado otro nombre. Esto en la mayoría de los casos deriva en sanciones o reclamaciones tributarias.

Por eso resulta especialmente importante no improvisar este tipo de transmisiones patrimoniales y contar con asesoramiento previo antes de realizar operaciones relevantes entre familiares.

El principal error suele ser dejar este tipo de decisiones sin explicar ni documentar.

Muchas personas mayores actúan pensando que “ya se entenderá” dentro de la familia. Sin embargo, cuando llegan las interpretaciones, hemos comprobado que son muy distintas.

En definitiva, la transparencia ayuda mucho a evitar conflictos.

Explicar las decisiones, dejar constancia documental y acudir a profesionales antes de realizar transmisiones importantes ahorra años de enfrentamientos familiares y procedimientos judiciales.

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

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Testamento o donación: ¿qué opción me conviene?

Muchos clientes llegan al despacho con la misma duda: ¿qué es mejor para mí, hacer un testamento o donar en vida?

Ambas opciones son legales y bastante frecuentes, pero no funcionan igual ni tienen las mismas consecuencias, ni a nivel legal ni fiscal. Por eso, no es una decisión a tomar sin valorar bien cada caso.

Más allá de si prefieres una u otra, elegir entre testamento y donación influye en impuestos, reparto entre herederos y, sobre todo, en posibles conflictos que puedan surgir más adelante.

Qué es un testamento y para qué sirve

Un documento legal en el que una persona decide cómo se repartirán sus bienes cuando fallezca. La forma de dejar organizada la herencia y evitar conflictos entre los herederos.

El testamento más habitual es el testamento notarial, que se firma ante notario, un trámite sencillo, económico y modificable en cualquier momento.

Una de sus principales ventajas es que permite planificar el reparto del patrimonio respetando lo que marca la ley. Porque aquí hay un punto importante: no se puede dejar la herencia libremente sin límites.

El Código Civil establece la llamada “legítima”, que es una parte de la herencia reservada obligatoriamente a determinados herederos, normalmente los hijos. Esto es que, aunque hagas testamento, no puedes dejar a tus hijos sin herencia salvo en casos muy concretos.

Dentro de los límites de la legítima, sí permite tomar decisiones importantes: mejorar a un hijo frente a otros, dejar bienes concretos a una persona, nombrar herederos y también designar tutores para menores. Además, tiene la ventaja de que no tiene efectos hasta el fallecimiento, es decir, puedes cambiar de opinión todas las veces que quieras.

Qué es una donación y cuándo se utiliza

Consiste en entregar bienes en vida a otra persona de forma gratuita. Aquí, el cambio de titularidad se produce en ese mismo momento. Por ejemplo, un padre que dona un piso a su hijo o que le entrega una cantidad de dinero está realizando una donación.

A diferencia del testamento, la donación sí tiene efectos inmediatos: el bien deja de ser del donante y pasa a ser del donatario desde ese instante, es necesario esperar al fallecimiento como en el testamento.

Por otro lado, las donaciones también están reguladas en el Código Civil y, por lo general, requieren formalizarse en escritura pública ante notario, sobre todo si se trata de bienes inmuebles.

Este tipo de legado se utiliza en muchas ocasiones cuando se quiere ayudar a un familiar en vida, por ejemplo, para comprar una vivienda o iniciar un negocio o también para adelantar parte de la herencia.

Testamento vs donación

La principal diferencia está en el momento en que producen efectos, como hemos comentado:

  • El testamento solo tiene validez cuando la persona fallece, hasta entonces, no cambia nada en la titularidad de los bienes.
  • La donación, en cambio, es inmediata, desde que se realiza, el bien ya pertenece al beneficiario.

Este detalle tan simple tiene consecuencias muy importantes porque, al donar, estás perdiendo el control sobre ese bien, mientras que con el testamento lo mantienes hasta el final. Por eso, antes de donar, siempre aconsejamos valorar bien si necesitas seguir utilizando ese patrimonio o si puedes prescindir de él.

En el momento en el que donas ese piso a alguien, dejas de tener su propiedad, así que debes asegurarte de no necesitarlo.

Límites legales a tener en cuenta

No todo vale.

En el caso del testamento, como ya hemos visto, existe la legítima, lo que obliga a reservar una parte de la herencia a los herederos forzosos.

En el caso de la donación, también hay límites relacionados con esa legítima, porque no se puede donar de forma que se perjudique a los herederos forzosos.

De hecho, cuando una persona fallece, las donaciones realizadas en vida pueden tener que “traerse a colación”. Esto significa que se tienen en cuenta para calcular si se ha respetado la legítima. Si se ha perjudicado a algún heredero, surgen reclamaciones y conflictos legales.

Por eso, aunque donar puede parecer una forma sencilla de repartir bienes, no siempre evita problemas. En algunos casos, incluso puede complicar más la situación.

Diferencias fiscales entre testamento y donación

Uno de los aspectos que más influye en la decisión: la fiscalidad.

En el caso del testamento, los herederos pagan el Impuesto sobre Sucesiones cuando reciben la herencia. Este impuesto depende de la comunidad autónoma y puede variar bastante.

En el caso de la donación, se paga el Impuesto sobre Donaciones en el momento de recibir el bien. También depende de la comunidad autónoma y puede ser más elevado que el de sucesiones, razón por la cual a veces se opta por ella.

Pero hay un detalle que hay que recordar: cuando se dona un bien, el donante debe pagar impuestos. Por ejemplo, si se dona un inmueble, se genera una ganancia patrimonial en el IRPF, como si se hubiera vendido. Además, en algunos casos hay que pagar la plusvalía municipal.

Esto hace que, desde el punto de vista fiscal, la donación no siempre sea la opción más ventajosa.

Cada caso es diferente, por lo que lo que es fundamental es que se analice antes de tomar una decisión.

¿Qué opción es mejor testamento o donación?

No hay una respuesta única. Depende de la situación personal, familiar y económica.

El testamento puede ser la opción cuando lo que se busca es organizar la herencia sin perder el control de los bienes. Es flexible, económico y permite adaptarse a cambios con el tiempo (no olvides que un testamento no es fijo, es decir, puedes modificarlo las veces que quieras si la situación cambia

La donación es interesante cuando se quiere ayudar en vida a un familiar o adelantar parte de la herencia, pero sin dejar de lado lo que implica: renunciar al bien y asumir posibles costes fiscales.

Luego hay situaciones en las que se combinan ambas opciones. No todo es blanco o negro, puedes hacer donaciones puntuales y, al mismo tiempo, dejar el resto organizado en un testamento. Lo importante es saber que no son opciones excluyentes, sino herramientas diferentes.

Riesgos y errores habituales

Uno de los errores más frecuentes es donar sin valorar las consecuencias, sin tener en cuenta que pierdes la propiedad del bien y que no lo podrás recuperar fácilmente. Otro es pensar que donar evita conflictos familiares, cuando en realidad, si no se hace bien, puede generarlos. Sobre todo cuando hay varios herederos.

También es común no tener en cuenta la fiscalidad o hacerlo sin asesoramiento, lo que puede suponer pagar más impuestos de los necesarios.

En el caso del testamento, el principal error es no hacerlo. Cuando alguien fallece sin testamento, la ley decide cómo se reparte la herencia, lo que no coincide con sus deseos y complica los trámites posteriores del reparto.

Organizar el patrimonio (ya sea con testamento o con donaciones) es una cuestión legal, pero también es una manera de cuidar a la familia y evitar conflictos innecesarios. Punto importante que hay que tener en cuenta, porque llegado el momento ya no puedes hacer nada.

Tomar una decisión informada es la mejor manera de garantizar que todo se haga según tus deseos y con el menor perjuicio posible para tus herederos.

Autor

Manuel Hernández García

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¿Puede mi mascota ser mi heredera?

Para muchas personas, su mascota es un miembro más de la familia. Perros, gatos u otros animales conviven con nosotros durante años y forman parte de nuestra vida diaria. Por eso, es habitual que surja esta duda tan concreta siempre con la idea de protegerla cuando ya no estemos nosotros para hacerlo.

La respuesta es no.

Una mascota no puede heredar directamente. Sin embargo, la ley sí permite dejar preparado su cuidado y su manutención para cuando se quede sin ti.

Veamos por qué los animales no pueden heredar y cómo garantizar su atención tras tu fallecimiento.

¿Qué dice la ley sobre los animales?

Durante mucho tiempo, nuestra legislación los ha considerado simplemente como bienes, igual que cualquier otro objeto. Sin embargo, esto cambia con la reforma introducida por la Ley 17/2021, que modificó varias normas, entre ellas el Código Civil.

Desde entonces, los animales pasan a ser considerados “seres vivos dotados de sensibilidad”. Esto supone un reconocimiento jurídico importante, porque obliga a tener en cuenta su bienestar en distintas situaciones legales en las que antes apenas si tenían importancia, como divorcios, embargos o herencias.

Ahora bien, la ley reconoce que los animales sienten y merecen protección, pero no los convierte en sujetos con capacidad jurídica plena. Esto quiere decir que continúan sin poder ser titulares de derechos patrimoniales, como por ejemplo el tema que nos ocupa: recibir una herencia.

Por tanto, aunque el vínculo emocional con una mascota sea tan fuerte como hacia otra persona, legalmente no puede ser tu heredera.

Por qué una mascota no puede ser heredera

Para entenderlo bien, conviene recordar cómo funciona el derecho de sucesiones.

Cuando falleces, tu patrimonio (bienes, dinero, propiedades o derechos) pasa a otras personas o entidades, que son los llamados herederos o legatarios. La ley establece que para poder heredar es necesario tener capacidad jurídica, es decir, ser un sujeto de derecho. Esto lo tienen exclusivamente las personas físicas (los humanos) y las personas jurídicas (empresas, asociaciones, fundaciones, etc.).

Los animales, aunque ahora tengan una consideración especial en la ley, como hemos comentado, no tienen personalidad jurídica. Por eso no pueden ser propietarios de bienes ni recibir dinero.

La consecuencia de todo esto es que no es posible dejar una casa, una cuenta bancaria o cualquier otro bien directamente a una mascota en un testamento.

Entonces, ¿cómo protejo a mi mascota tras el fallecimiento?

Aunque no pueda heredar directamente, existen varias formas legales de garantizar su cuidado en el futuro. La clave está en designar a una persona que se encargue del animal y prever recursos económicos para su mantenimiento.

Luego es fundamental que estas previsiones las incluyas en tu testamento.

Dejar encargado del animal a una persona en el testamento

Lo más habitual: nombrar a una persona de confianza que se haga cargo de la mascota cuando ya no estés. Lo puedes dejar todo claro en tu testamento con indicaciones de quién será este humano responsable de él, qué tipo de cuidados debe tener y dónde debe vivir, además de cualquier otra que consideres que ha de conocer para su cuidado.

Esta persona es quien tú decidas, un familiar, un amigo o cualquier otra que esté dispuesta a asumir esa responsabilidad. Para eso es imprescindible que lo sepa, es decir, has de hablarlo con ella para asegurarte de que acepta ese compromiso (que puede ser de años).

Dejar dinero para el cuidado de la mascota

Además de designar a un cuidador, lo habitual es dejar una cantidad de dinero destinada al mantenimiento del animal mediante una figura llamada legado, que consiste en dejar un bien concreto a una persona con una finalidad determinada.

Por ejemplo, en tu testamento puedes establecer que alguien concreto reciba un dinero con la condición de utilizarlo para cuidar a la mascota. De esta forma, el animal no hereda directamente, pero sí garantizas recursos para cubrir sus necesidades: alimentación, veterinario, cuidados diarios o cualquier otro gasto.

¿Y si nadie quiere hacerse cargo de mi mascota cuando yo muera?

Puede pasar.

Imagina que no tienes familiares o personas cercanas que puedan hacerse cargo del animal. A lo mejor quieren hacerlo, pero puede ser un problema y prefieren no asumirlo.

Cuando ocurre, tienes la posibilidad de prever en el testamento que la mascota sea entregada a una protectora o entidad especializada en bienestar animal. A la vez, puedes dejar una donación a esa entidad para cubrir los gastos del cuidado.

La importancia de hacer testamento si tienes mascota

Cuando alguien fallece sin testamento, se aplica lo que se llama sucesión intestada, es decir, la herencia se reparte siguiendo el orden que establece la ley  en el Código Civil.

En una situación así, pasa a formar parte del patrimonio del fallecido, por lo que serán los herederos quienes decidan qué ocurre con ella. 

El problema es que esa decisión no siempre coincide con lo que habría querido el propietario. Puede ser que no quieran hacerse cargo, que no puedan por cualquier motivo y que decidan dársela a terceros o a una protectora.

Por eso, si tienes una mascota y te preocupa su futuro, lo mejor es que dejes testamento donde esté todo indicado y claro para asegurarle una vida similar a la que tendría si siguieras a su lado.

Qué debe incluir el testamento para proteger a tu mascota

Cada caso es distinto, pero conviene que incluya las previsiones básicas relacionadas con el animal.

Por ejemplo:

  • La persona encargada de la mascota.
  • Qué ocurre si esa persona no puede asumir el cuidado.
  • Qué recursos económicos se destinan a su mantenimiento.
  • Cualquier otra instrucción que consideres relevante sobre su bienestar.

Con toda esta información, se evitan conflictos y aseguras que el animal quede en buenas manos el resto de su vida.

¿Y si los herederos no cumplen lo establecido?

Otra duda frecuente.

Imagina que lo dejas todo escrito con indicaciones claras y la previsión económica y esa no cumple con el compromiso.

Para estas situaciones, tu testamento puede establecer además condiciones o controles. Por ejemplo, designar a otra persona que supervise el cumplimiento de lo previsto o que reciba los bienes si el encargado no respeta lo acordado.

Estamos de acuerdo en que estas situaciones no son las habituales, pero preverlas no está de más y aportan mayor seguridad jurídica.

Cada vez es más habitual que las personas quieran dejar resuelto el futuro de sus mascotas. Como hemos visto, no pueden ser herederos directos de tus bienes, pero sí es posible asegurarte de que no terminen en algún lugar o con alguna persona inadecuada.

Si tienes cualquier duda, no dejes de contactar con nosotros. Un asesoramiento legal adecuado te permite adaptar estas previsiones a tu situación personal y garantizar que se cumpla tu voluntad en relación a “tu mejor amigo”.

Autor

Manuel Hernández García

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How is an international inheritance processed? How is it taxed?

Version Spanish

 

When a person dies in Spain and leaves assets outside the country, or when the deceased was a foreigner but had international assets, the heirs experience a certain amount of confusion when it comes to distributing the inheritance.

Why? Because: which laws apply? Do procedures have to be carried out in several countries? Where are taxes paid?

International inheritance is becoming increasingly common, and it is becoming essential to know how to deal with it should the need arise.

What do we mean by international inheritance?

We refer to this inheritance as somewhat different when there is a foreign element in the succession. For example:

If the deceased had assets in other countries.

If the deceased was a foreigner (even if they resided in Spain).

The death occurred in Spain, but part of the estate is outside Spain.

If the heirs live in different countries.

If any of these circumstances arise, the inheritance is no longer purely national and a «game» with special rules begins.

What law applies to an international inheritance?

One of the most important points.

Since 2015, Regulation (EU) 650/2012, known as the European Succession Regulation, has applied in most cases.

As a general rule, the law governing inheritance is that of the country in which the deceased had their habitual residence at the time of death, regardless of their nationality and the location of their assets.

In other words, imagine that a person habitually lives in Spain and dies. Well, Spanish law applies, even if they have assets in France, Germany, Italy, or anywhere else.

The choice of law in the will

The Regulation allows a person to choose in their will that the law of their nationality should apply rather than that of their habitual residence. This is what usually happens with foreign citizens residing in Spain who prefer their inheritance to be governed by the law of their country of origin.

Finally, it should be noted that it applies in almost all European Union countries, except Denmark, Ireland, and the United Kingdom. If there are assets in any of these countries, it may be necessary to analyze the specific regulations of that country.

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How to process an international inheritance

Even if there are assets in different countries, the procedure begins in a similar way to a domestic inheritance.

  • Application for a death certificate
  • Application for a certificate of last will and testament
  • Will (if there is one) or declaration of heirs (if there is no will).
  • Inventory of assets in Spain and abroad

In an international inheritance, it is essential to identify and assess whether there is real estate (homes, businesses, land) in other countries, as well as accounts, shares, funds, or investments. It is also important to find out whether there are any debts outside the country.

In many cases, it is necessary to have documentation issued in the country where they are located, translated and, sometimes, legalized or apostilled.

Is it necessary to complete inheritance procedures in different countries?

One of the most common questions our clients ask us.

The answer is: in many cases, yes, although it is not always that complicated. Whether you have to complete paperwork in several countries depends mainly on where the goods are located, the type of goods, and whether the countries involved belong to the European Union.

Let’s look at each case in detail:

Procedures in Spain

If the death occurs in Spain or the deceased had their habitual residence here, the main inheritance proceedings are normally initiated in our country, and the following procedures, which we have outlined above, are mainly carried out:

  • Obtaining the death certificate and the certificate of last will and testament.
  • Locating and processing the will or, failing that, declaring the heirs.
  • Acceptance and award of the inheritance before a notary.
  • Filing inheritance and gift tax returns, where applicable.

This procedure already serves as a basis for justifying heir status before foreign authorities.

Procedures in other European Union countries

If the deceased person had assets in other European Union countries, the European Succession Regulation greatly facilitates the process.

The European Certificate of Succession

This is key in these cases, as it allows you to prove your status as heirs, legatees, or administrators of the estate in other European Union countries, without having to initiate new succession proceedings in each country. This means, for example, that you can access and carry out procedures relating to accounts and real estate in other Member States, as well as carry out procedures before notaries or administrative authorities.

This document is normally requested in the country where the main inheritance is being processed and is directly valid in other EU countries that apply the Regulation.

However, some countries may require additional formalities, such as official translations, presentation before a local notary, or the payment of specific taxes.

Procedures in countries outside the European Union

When assets are located in countries that do not belong to the European Union, the situation becomes complicated because it is common for:

  • An independent succession procedure is required in accordance with local legislation.
  • It is necessary to provide Spanish documents that have been legalized or apostilled.
  • The involvement of lawyers or notaries is required in the country where the assets are located.

Furthermore, not only that, but since each country has its own rules on inheritance and taxation, the deadlines, costs, and requirements vary considerably.

Can the entire inheritance be centralized in a single country?

In practice, this is not always possible, especially when there are properties or businesses abroad. However, good planning and the use of tools such as the European Certificate of Succession can reduce duplication, avoid unnecessary procedures, and streamline the overall management of the inheritance.

How is an international inheritance taxed in Spain?

Taxation is one of the aspects that raises the most questions in international inheritance.

Knowing where to pay taxes, on which assets, and within what time frame is essential to avoid penalties and problems with the authorities.

In Spain, international inheritance is mainly taxed through inheritance and gift tax, although other taxes may apply depending on the type of assets inherited.

It is a tax that heirs must pay on the assets and rights they receive as a result of a person’s death.

In international inheritances, the first thing to determine is whether or not the heir has tax residence in Spain, as this will be fundamental.

Heirs with tax residence in Spain

You are required to pay tax in Spain on the entire inheritance, regardless of where the assets are located. In other words, for tax purposes, Spain taxes the worldwide inheritance of the resident heir.

Heirs not resident in Spain

If you are not a tax resident here, you are only required to pay tax in Spain on assets located in Spanish territory.

What happens if you also pay tax abroad?

In many international inheritances, assets located in other countries are subject to local inheritance taxes. This can lead to double taxation, meaning that the same asset is taxed in two different countries.

Deduction for international double taxation

Spanish regulations allow for a deduction for taxes paid abroad, provided that:

The foreign tax is similar to Spanish inheritance tax.

The asset is effectively taxed in both countries.

The deduction has limits and does not always cover the total foreign tax, so it is essential to calculate the overall tax liability carefully.

Agreements to avoid double taxation

Spain has a number of international agreements that allow double taxation on inheritance to be avoided or reduced, although these are not as numerous as in the case of income tax.

When no agreement exists, Spanish law allows deductions to be applied for taxes paid abroad, within certain limits.

As we can see, international inheritance can become a little complicated depending on the countries involved. Due to its unusual nature, it is one of the areas of inheritance law where it is most necessary to seek specialized legal assistance to inform you of everything from the outset and accompany you throughout the process so that you do not make decisions that could be detrimental to you.

Autor

Manuel Hernández García

Director and Partner, Vilches Abogados Law Firm

Lawyer of the Madrid Bar Association 72,539

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La dispensa colacional, ¿puede afectar a una herencia?

Cuando se habla de herencias, donaciones y reparto de bienes entre hijos, resuenan conceptos legales demasiado técnicos y difíciles de entender cuando no estás familiarizado.

Uno, la dispensa colacional. Una figura poco conocida pero muy importante en la práctica, porque llega a influir directamente en cómo se reparte una herencia y en los conflictos familiares que, en muchos casos, surgen tras un fallecimiento.

Entender qué es y cómo puede llegar a afectarte es importante.

Qué es la dispensa colacional

Vamos por partes, porque para entenderla primero hay que hablar de qué es la colación.

Qué significa la colación en una herencia

Una regla del derecho de sucesiones que, cuando llega el momento de repartir la herencia, obliga a ciertos herederos, normalmente los hijos, a tener en cuenta las donaciones que recibieron del fallecido en vida. 

La idea que hay detrás es bastante sencilla: evitar que un heredero se beneficie dos veces. Es decir, que reciba bienes cuando el testador estaba vivo y, además, una parte íntegra de la herencia (la que le corresponde en la legítima) como si no hubiera recibido nada antes.

Pongamos un ejemplo: un padre dona una vivienda a uno de sus hijos y muere. En ese momento existe una herencia para repartir entre todos, esa donación debe “sumarse” al reparto para que el resto de hijos no salgan perjudicados. Digamos que esa vivienda ya cuenta como una parte de la herencia que ese hijo recibió.

Esto es, en esencia, la colación: igualar el reparto entre los herederos forzosos.

Ahora sí, ¿qué es la dispensa colacional?

La decisión expresa del causante de que una donación hecha en vida no tenga que colacionarse en la herencia.

Dicho de forma más clara: el padre de antes puede dejar indicado que ese regalo no se tenga en cuenta cuando se reparta la herencia, y así que ese hijo conserve lo recibido sin tener que compensar a los demás.

Esta posibilidad se prevé en el Código Civil y responde a la libertad del testador para organizar su herencia, siempre, eso sí, que se respeten los límites legales, sobre todo los derechos de los herederos forzosos.

¿Dónde se regula la dispensa colacional?

Como comentábamos, lo hace el Código Civil dentro de las normas sobre sucesiones. En concreto, se relaciona con los artículos que regulan la colación y las donaciones a descendientes.

El Código Civil establece que, como regla general, las donaciones hechas a hijos o descendientes se presumen colacionables, salvo que el donante haya expresado lo contrario. Esa expresión contraria es, precisamente, la dispensa colacional.

Por tanto, no es algo excepcional ni extraño: es una opción legal perfectamente válida y en cualquier testamento se puede tener en cuenta.

Cómo hacer una dispensa colacional

Importante. 

Debe hacerse de forma expresa, clara y verificable. 

Es decir que no es suficiente con una intención verbal o con suposiciones familiares. No basta con que, en una reunión familiar, el padre del ejemplo anterior diga que la vivienda donada al hijo no se incluya en el total de la herencia a repartir. Debe hacerse de manera formal, lo habitual es que la dispensa aparezca:

En el testamento.

En la propia escritura de donación.

En otro documento público válido conforme a la ley.

Si no existe esa manifestación clara, la donación se considerará colacionable y debe tenerse en cuenta en el reparto entre los herederos. Esto es importante porque muchos conflictos surgen cuando una parte de la familia entiende que “eso era un regalo” y otra sostiene que debe computarse en la herencia.

A quién afecta la dispensa colacional

Principalmente, a los herederos forzosos, que suelen ser los hijos y, en su caso, los descendientes.

No tiene el mismo impacto cuando el beneficiario de la donación no es heredero forzoso, ya que en esos casos la colación no suele aplicarse del mismo modo. En la práctica, por las experiencias que hemos vivido en nuestro bufete, el conflicto aparece sobre todo entre hermanos, cuando uno ha recibido una donación importante en vida y los demás consideran que eso debería equilibrarse al repartir la herencia.

Qué pasa si no hay dispensa colacional

Si no se deja constancia expresa, la donación se considerará colacionable. Esto implica que, al repartir la herencia, se tendrá en cuenta su valor y se ajustarán las adjudicaciones para que todos los herederos reciban lo que les corresponde según la ley.

En la práctica, esto supone que el heredero que recibió la donación ve reducida su parte de la herencia o, en otro caso, ha de compensar económicamente a los demás.

¿Cómo afecta la dispensa colacional en la herencia?

El principal efecto es que el bien donado no se suma al caudal hereditario a efectos de reparto. Esto significa que el heredero beneficiado puede mantener íntegramente lo que recibió en vida y, además, participa en la herencia como heredero, sin tener que compensar a los demás.

Ahora bien, esto no quiere decir que permita hacer cualquier cosa. Existen límites importantes a tener muy en cuenta.

Los límites de la dispensa colacional

El fundamental es el respeto a la legítima.

La legítima es la parte de la herencia que la ley reserva obligatoriamente a determinados herederos, normalmente los hijos. Aunque el testador tenga libertad para donar y dispensar de colación, no puede perjudicar la legítima de los demás herederos forzosos.

Si una donación, incluso con dispensa, invade la legítima de otros herederos, estos pueden reclamar judicialmente la reducción de la donación. Por tanto, ten en cuenta que no es una carta blanca: funciona dentro de los límites legales.

¿Hay diferencia entre dispensa colacional y mejora?

Sí.

Es común confundir ambas figuras legales porque ambas tienen que ver con favorecer a determinados hijos, lo que pasa es que son conceptos distintos y funcionan de manera diferente, por lo que conviene dejarlos claros.

  • La dispensa colacional se aplica a donaciones hechas en vida. Su función es decidir si esas donaciones deben contarse o no cuando llegue el momento de repartir la herencia. 
  • La mejora, en cambio, se aplica al reparto de la herencia tras el fallecimiento. Es la parte de la herencia que el testador puede destinar específicamente a uno o varios hijos para favorecerlos frente a los demás. Por ejemplo, un padre puede decidir que de su herencia, un hijo reciba un porcentaje mayor que el resto, siempre respetando la legítima.

En resumen, mientras la primera actúa sobre bienes dados en vida y decide si entran o no en el reparto, la segunda actúa sobre la herencia en sí, permitiendo favorecer a un heredero dentro de los límites legales.

La dispensa colacional es esa figura legal que permite dar a un heredero en vida eso que quieres que tenga solo él y que, por ello, no perjudique a la parte de la herencia que le corresponde. 

La idea es sencillamente organizar el patrimonio y favorecer a un heredero concreto sin romper el equilibrio que protege la ley.

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539

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