Aceptar una herencia a beneficio de inventario

Aceptar una herencia a beneficio de inventario es una de las formulas de aceptación de herencias. En nuestro bufete de Abogados expertos en herencias podemos asesorarte sin compromiso.

herencia a beneficio de inventario

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Por lo general el ser humano tiende a simplificar todas las cuestiones de la vida, así las cosas en cuestión de herencias, solemos decir que hay dos opciones aceptarlas o repudiarlas, y no es correcto entre esos dos extremos hay un par de pasos intermedios, de lo que hoy hablamos de aceptar la herencia a beneficio de inventario o la formación de inventario para deliberar, es decir un paso anterior a decidir si la aceptamos o la repudiamos.

Qué es heredar a beneficio de inventario

En aquellos casos en los que existen deudas en la herencia, se recomienda aceptar la herencia a beneficio de inventario. Recordemos que los herederos heredan en derecho y obligaciones, y por ello no solo las deudas que los herederos tengan constancia sino aquellas que posteriormente a la aceptación de herencia aparezcan son reclamadas a los herederos siempre que la aceptación de la herencia sea pura y simple.

Pero, ¿En qué consiste la herencia a beneficio de inventario?

Se trata de una aceptación de la herencia condicional en la que se acepta la herencia en derecho pero no en obligaciones, de manera que si las deudas sin mayores que los derechos (bienes), el heredero no se obliga a abonarlas con su propio patrimonio, de manera que queda limitado con los bienes que devengan del haber hereditario.

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¿Cómo es el trámite?

Tras la modificación de la Ley de Jurisdicción voluntaria, la tramitación de este tipo de herencias se efectúan ante el Notario de la localidad del último domicilio del causante, si bien se recomienda que intervenga un abogado, ya que este tipo de herencias son de gran complejidad en su tramitación y existe riesgo de tramitarla de manera errónea si no lo lleva a cago un abogado experimentado en derecho sucesorio o derecho de herencia.

En la herencia a Beneficio de Inventario se comunica al notario un inventario de obligaciones (deudas) y derechos (bienes), identificando el titular de las deudas con el fin de que el notario comunique el inicio de la herencia a beneficio de inventario y el plazo para contestar e insinuar su crédito. Los herederos deben vender los bienes para pagar las deudas y del sobrante se repartirá entre los herederos en virtud del porcentaje de adjudicación correspondiente.

Qué necesitamos para llevarlo acabo

Para poder aceptar la herencia a beneficio de inventario hay que cumplir una serie de requisitos, que son los que siguen:

  • Hay que expresar claramente que se acepta a beneficio de inventario, y se puede hacer en dos vías o ante un notario o por vía judicial, en la vía judicial se abre juicio ordinario de división de herencia por jurisdicción voluntaria, si no se consigue un acuerdo este proceso deriva a la vía contenciosa,
  • Se debe realizar un inventario, lo que es lógico al aceptarse de esta forma, el inventario debe ser fiel y exacto, y hay que cumplir unos plazos, el inventario debe hacerse en los treinta días siguientes a que se citen a acreedores y herederos. El plazo normal para llevar acabo el inventario es de sesenta días, hay una posibilidad que otorga al Juez la potestad de alargar o prorrogar ese plazo, nunca superando un año y siempre por una causa justa.
  • Si tenemos en nuestro poder algún bien o parte de la herencia y queremos hacer uso de nuestro derecho al beneficio de inventario, tenemos que ponerlo en conocimiento del Juez, a los diez días de conocer que es heredero si su residencia está en el lugar donde falleció el causante, y treinta días si no reside en esa misma plaza. En cualquiera de esos dos casos la petición del inventario y la citación de acreedores y herederos han de hacerse al mismo tiempo.
  • Si un heredero no tiene ninguna parte de la herencia y no ha empezado gestiones en relación con esa herencia, los plazos empiezan a correr al día siguiente en que el Juez haya fijado el plazo para aceptar o rechazar la herencia, o en su caso desde el día en que la hay aceptado o empezado a gestionar.
  • Si no estamos ante ninguno de esos casos y no hay presentada una demanda en contra, podemos aceptar a beneficio de inventario mientras no prescriba la acción para poder reclamar la herencia.

¿Se puede perder el derecho a beneficio de inventario?

Es posible perder este derecho, si el heredero es responsable de que el inventario de la herencia no se haga en los plazos previstos en la Ley o dispuesto por el Juez, ya sea por su actuación directa o por un comportamiento negligente. Si en el inventario no se incluye algún bien o derecho, o antes de completar el pago de las deudas y llevar a buen puerto el reparto de legados, enajena los bienes sin tener la autorización judicial o la de todas aquellas partes interesadas en la cuestión, son motivos por los que se puede perder el derecho a aceptar la herencia a beneficio de inventario. Es posible que con autorización del Juez se pueda vender algún bien y usar el precio obtenido para una cuestión determinada, si no se usa para ese fin que motivó la autorización se puede perder igualmente el derecho a beneficio de inventario.

¿Cuánto cuesta aceptar una herencia a beneficio de inventario?

Los gastos que se ocasionan a la hora de aceptar una herencia a beneficio de inventario son los gastos notariales y los del despacho de abogados, que dependen del número de herederos, de la existencia o no de conflicto entre herederos y del importe de la herencia. El recomendable que acuda a nuestro despacho y consulte un presupuesto sin compromiso alguno.

despacho de abogados

¿Cuándo puede el heredero disponer de los bienes?

Una vez se hayan vendido los inmuebles, o bien se haya entregado alguno o parte de algún bien como pago de la deuda al acreedor o acreedores, el o los herederos puede disponer del resto de bienes y repartirlos en la manera dispuesta en la herencia.

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