Gloria Camila / Kiko Jiménez ¿la historia se repite?

Una noticia salta a los medios que sorprende al mundo del corazón.

Gloria Camila, hija de Rocío Jurado y José Ortega Cano, denuncia a quien fuera su pareja Kiko Jiménez, por maltrato psicológico.

Esta acusación, además de por su extrema gravedad, impacta por la historia no tan lejana en la familia de la joven, cuando apenas hace un par de años su hermana, Rocío Carrasco, saca a la luz los años de maltrato que denunciaba haber sufrido en su matrimonio con Antonio David Flores.

Ahora es la hija pequeña de Rocío Jurado, quien lanza a su expareja la misma acusación de maltrato.

#01.-Gloria Camila denuncia por maltrato psicológico a Kiko

La historia, de ser cierta, sí muestra similitudes con la de su hermana, por lo que ahora la joven cuenta, y es que los años que vivieron juntos se sintió anulada, llegando a sufrir anorexia, temas que la obligaron a necesitar asistencia psicológica una vez que dio por terminados los 4 años relación, en los que vivió una situación inaguantable

Gloria Camila y un calvario como el que vivió su hermana

Como decimos y siempre a esperas de que la justicia tome parte y confirme, o no, lo que argumenta la joven, nos recuerda desgraciadamente a los años de suplicio que vivió su hermana

En esta ocasión, el supuesto maltrato psicológico a Gloria Camila, que llega a definirlo como “demanda emocional” no termina a la vez que la relación

Los continuos paseos por los platós de televisión, relatando vida en común, hablando de ella con calificativos como “caprichosa”, “fría”, “calculadora” “materialista”, y de su familia, la sumieron en una sensación de angustia y miedo diario, algo que ha sufrido durante años.

Estos años la han llevado al dar el paso y el pasado mes de junio interponer una denuncia por maltrato psicológico.

#02.-¿Cómo de manifiesta el maltrato psicológico en una pareja?

Con un sin fin de comportamientos que, aparentemente y de manera asilada, enmascaran la realidad que es el sufrimiento por el que una persona hace pasar a otra.

Este tipo de maltrato tiene un objetivo claro: conseguir el control total de la pareja a base de manipular o denigrar, ya sea de manera directa, con ataques verbales, o más indirectos y calculados, como intimidaciones o amenazas, ya sean directos o sus seres queridos.

Toda hace que la víctima viva en un continuo temor y genera en ella una dependencia con su acosador de quien le es complicado alejarse.

Esta anulación en la persona que logra que no se crea capaz de vivir sin quien le está haciendo la vida imposible, en no pocos casos produce secuelas que le duran años, como asegura Gloria Camila en su necesidad de asistencia psicológica y como nos contaba su hermana.

A todo eso, se suma la dificultas de demostrar que haya existido maltrato psicológico en una relación.

¿Cómo demostrar maltrato psicológico?

La forma de probar un maltrato psicológico, es mediante pruebas que confirmen eso por lo que has pasado, sin ellas es muy complicado, al no mostrar secuelas tan visibles como el caso de maltrato físico.

Estas secuelas, aunque menos evidentes, son igual de graves y de difíciles de superar, lo importante es poder demostrar lo que declaras para que siga adelante tu denuncia.

Probar algo que se basa en palabras o en un comportamiento no es sencillo, no deja constancia clara, y eres tú quien debes de aportar pruebas, lo que dificulta el camino, pero no lo imposibilita.

Este tipo de pruebas son todo aquello que demuestre tus palabras, si se lo has contado a testigos, si alguno vio tu situación, partes psicológicos, … toda información que consiga que lo que te ha pasado durante tanto tiempo no quede impune.

Es una acusación de unos hechos, una gravedad extrema, ahora es necesario que la justicia confirme que este joven ha podido maltratar a Gloria Camila durante los años que ella denuncia.

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539

Linkedin
Premios y Medios de comunicación

Si necesitas ayuda personalizada para tu caso, quieres comentarnos tu situación o necesitas asesoramiento te recordamos que puedes solicitar una cita o video cita online en cualquiera de nuestros despachos:

  1. Madrid
  2. Las Rozas
  3. Móstoles
  4. Majadahonda
  5. Torrejón de Ardoz
  6. Tres Cantos
  7. San Sebastián de los Reyes
  8. Alcobendas
  9. Getafe

 

 

Huelga de alquileres: la rebelión de los inquilinos

El precio de los alquileres, sobre todo en Madrid y Barcelona, está alcanzando límites que pocas economías pueden soportar.

Tanto, que no es difícil que se emplee más de un tercio de los ingresos mensuales, solo en la vivienda, complicado para familias y jóvenes que quieren iniciar su vida independiente.

Todo eso ha hecho que se dé un paso que no se había dado hasta ahora: convocar una huelga de inquilinos con el lema “Se acabó: bajemos los alquileres”, el próximo domingo 13 de octubre, en Madrid.

#01.- “Se acabó: bajemos los alquileres

El Sindicato de inquilinos e inquilinas de Madrid convoca esta movilización que recorre el domingo 13 las calles más céntricas de la capital, que serán escenario de una protesta con el fin de frenar la constante subida de los alquileres que afecta a gran parte de las ciudades de nuestro país.

Un enorme problema que atañe a miles de personas, especialmente a familias y jóvenes que tienen dificultades para pagar su hogar, pero no solo pone eco en esta subida, sino que la protesta se amplía y pretende frenar la creciente especulación de inmuebles, junto al  aumento de los pisos turísticos.

Ese último problema, muy de actualidad, por la considerable disminución de pisos de alquileres de larga duración, lo que aumenta aún más el precio de las rentas solicitadas por los propietarios.

 

¿Por qué se convoca la huelga de alquileres?

En los últimos años, los precios de los alquileres en Madrid han subido de manera significativa, y obligan a muchas personas a alejarse de la ciudad, (y normalmente su trabajo), para encontrar una vivienda.

Esta subida descontrolada se ve influenciada por la especulación inmobiliaria que hace que cientos de inmuebles estén desocupados unido al destino turístico de los que están en activo.

Con todo llegamos al panorama en el que estamos: pocos pisos libres para una cantidad enorme de personas que necesitan alquilar, y una huelga convocada en pocos días 

#02.- Huelga de alquileres, ¿es legal?

En España, sí es legal manifestarse por derechos sociales, como es el caso de la vivienda, se tiene derecho a protestar de forma pacífica, tanto inquilinos como propietarios.

Sin embargo, es importante recordar que no pagar el alquiler tiene consecuencias legales, por lo que es fundamental encontrar una vía de negociación, y un acuerdo para evitar situaciones difíciles.

La falta en el pago de las mensualidades, solamente de una, es motivo de rescisión de contrato, según el art. 27 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), en ese momento el propietario puede resolver de pleno derecho el contrato y obligar al inquilino a abandonar la vivienda.

¿Cómo afecta a inquilinos y propietarios?

Una situación así perjudica a ambos bandos.

Por un lado, para las personas que viven de alquiler, esta subida significa que tienen que destinar cada vez más dinero a su hogar, e imposibilita, en muchos casos, el acceso a una vivienda en las grandes ciudades.

Con eso aumenta el gasto en transporte y comida, por no hablar del tiempo que emplean a diario para acudir a sus puestos de trabajo, ya que muchos se ven obligadas a mudarse de casa con frecuencia al no poder seguir pagando.

Por otro lado, los propietarios también se ven afectados por esta situación.

Si los alquileres son muy altos, algunos tienen problemas para encontrar inquilinos, o deben lidiar con situaciones de impago, además, en algunos casos, esto puede generar tensiones que afecten la convivencia y la relación arrendador-inquilino.

 

Una huelga que llega a visibilizar un problema que parece no tener solución a corto plazo, pero que, en caso de seguir adelante, y los inquilinos opten por dejar de pagar a modo de protesta, puede acarrear consecuencias legales que les obliguen  a desalojar la vivienda por la que ahora luchan.

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539

Linkedin
Premios y Medios de comunicación

Si necesitas ayuda personalizada para tu caso, quieres comentarnos tu situación o necesitas asesoramiento te recordamos que puedes solicitar una cita o video cita online en cualquiera de nuestros despachos:

  1. Madrid
  2. Las Rozas
  3. Móstoles
  4. Majadahonda
  5. Torrejón de Ardoz
  6. Tres Cantos
  7. San Sebastián de los Reyes
  8. Alcobendas
  9. Getafe

 

 

Carmen, la melliza heredera de la Baronesa Thyssen

Carmen Cervera en no mucho tiempo dejará el legado a uno de sus descendientes, quizás a sus 81 años ve que es necesario que se haga cargo un digno sucesor, o, como parece que va a ser, sucesora.

En sus últimas declaraciones ha dado entender que quien se va a hacer cargo de su no va a ser su primogénito, Borja, sino una de sus dos hijas menores, (las mellizas Carmen y Sabina), quien reciba la responsabilidad de una las colecciones pictóricas más impresionantes del mundo.

Una noticia que ya se podía intuir hace meses, que ahora cobra más fuerza, y que, en cierto modo, no deja de sorprender.

#01.-Legado de la baronesa Thyssen, ¿qué pasa con Borja?

Para ponernos en antecedentes, Carmen Cervera tiene un hijo, Borja, su primogénito, a quien da su apellido el barón Thyssen, y que fue fruto de una relación anterior.

Con Borja, las relaciones en los últimos años han sido bastante tormentosas, desavenencias continuas que iniciaron cuando aparece en su vida Blanca Cuesta, con quien ahora tiene 5 hijos, aunque parece vivirse una época de calma.

Por otro lado, están las mellizas, Carmen y Sabina, nacidas mediante gestación subrogada, y que este mismo año alcanzaron la mayoría de edad.

Es una de ellas, Carmen, es quien parece ser la elegida para hacerse cargo de su patrimonio.

¿Todo el patrimonio de la baronesa para Carmen?

No, eso no es posible.

 

La ley es muy estricta en cuanto al reparto de la herencia y es obligado repartir, una parte de ella, por igual, entre los descendientes.

Por ese lado, salvo en caso de desheredación, ninguno de los hijos se lo puede llevar todo, siempre está la parte que, en legislación, se denomina legítima la herencia.

#02.-¿Cómo se reparte una herencia?  

Los repartos de las herencias, a menudo, llegan con conflictos entre familiares, y si son de este calibre, es muy posible que alguien siempre se disguste por la decisión del fallecido.

Dejando al lado el que un heredero espere lo que no recibe, una herencia tiene una distribución obligada por la ley: un tercio de ella es la legítima, otro tercio es de mejora, y un último tercio de libre disposición.

La legítima

Como decimos, el patrimonio se reparte en tres tercios y el primero de ellos es la legítima, tal y como establece el Código Civil

Esta parte se distribuye entre los hijos, por igual, en este caso, los tres hijos de la baronesa van a recibir la parte equitativa que les corresponde, sin excepción.

La mejora

Este segundo tercio se puede repartir entre los hijos como el testador desee, incluso puede ser todo para uno de ellos y dejar al resto solo con la parte legítima.

La de libre disposición

Este último tercio puede repartirse como el testador quiera, ya no ha de ser entre sus herederos obligatoriamente, a los que puede incluir, si lo desea, pero también dejárselo a cualquier persona o entidad dentro o fuera del ámbito familiar.

Los repartos de herencias de esta magnitud no son fáciles, y más cuando no solo se trata bienes materiales o económicos, si no de hacerse cargo, sociedades o de un patrimonio considerable, y cuando, además, hay varios herederos a quienes no se puede privar de lo que les corresponde.

 

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539

Linkedin
Premios y Medios de comunicación

Si necesitas ayuda personalizada para tu caso, quieres comentarnos tu situación o necesitas asesoramiento te recordamos que puedes solicitar una cita o video cita online en cualquiera de nuestros despachos:

  1. Madrid
  2. Las Rozas
  3. Móstoles
  4. Majadahonda
  5. Torrejón de Ardoz
  6. Tres Cantos
  7. San Sebastián de los Reyes
  8. Alcobendas
  9. Getafe

 

 

Bárbara Rey y el emérito: la foto del delito

Los medios holandeses han publicado una de las fotos de las que aquí se ha hablado mucho desde hace unos meses, cuando comienza la “batalla campal” entre Bárbara Rey y su hijo Ángel Cristo jr.

En un primer momento, el beso entre la ex vedette y el rey emérito Juan Carlos I, ahora, ya medios españoles, otras no tan sugerentes, que parecen ser del mismo día, en el que comparten una comida.

Tras el paseo del joven por los platos asegurando que, en aquella época, su madre le incitaba a que tomara instantáneas de la relación, a escondidas (de hecho le enseña cómo hacerlo), para tener pruebas de ello y, en su momento y según él, extorsionar al monarca, no han dejado de “correr ríos de tinta”

Ella lo niega, y ahora ve que se publican en un medio que, aunque no sea de nuestro país, poco han tardado en llegar.

Se le abren dos frentes: demandar al medio y/o demandar a su hijo.

#02.-Bárbara Rey contra la revista ‘Privé

En nuestro país, un acto de esa envergadura se considera atentado contra el derecho al honor, a la intimidad personal y a la propia imagen, un delito importante con importantes consecuencias

Ahora es necesario conocer si, en la legislación holandesa tiene la misma consideración, en otro caso, por ese lado poco puede hacer, y las fotos seguirán donde hasta ahora.

Otro de los frentes que puede abrir es que, teniendo en cuenta que no ha dado su permiso, solicitar una indemnización a la revista ‘Privé’ por daños y perjuicios, ya que ellos están ganando dinero a su costa.

 

#02.-Bárbara Rey contra su hijo

Se trata de una demanda con base en que ella no ha dado permiso para que se publiquen, y estamos ante una revelación de secretos, un delito contra la intimidad que se regula en el art. 197 a 201 del Código Penal, y conlleva penas de cárcel

El hijo del domador no solo puede enfrentarse a ese delito, en caso de que se pruebe que ha sido él quien las ha trasladado al medio, sino que también a un delito de robo, al sustraer las fotos de casa a su madre sin que ella diera su consentimiento. 

Penas del delito de revelación de secretos

Las consecuencias de este delito contra la intimidad y el honor son importantes, al ser un delito penal, lleva con él penas de prisión de uno a cuatro años, con multa de doce a veinticuatro meses. 

Existe además una agravante que puede aumentar esa pena, y es si se demuestra que el joven actúa contra su madre de ese modo con fines lucrativos.

Los pasos que va a dar la ex vedette los conoceremos en los próximos días, mientras seguimos viendo a Ángel Cristo jr en las televisiones, aportando cada vez más información, que en caso de que se demuestre, puede incriminarle todavía más.

 

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539

Linkedin
Premios y Medios de comunicación

Si necesitas ayuda personalizada para tu caso, quieres comentarnos tu situación o necesitas asesoramiento te recordamos que puedes solicitar una cita o video cita online en cualquiera de nuestros despachos:

  1. Madrid
  2. Las Rozas
  3. Móstoles
  4. Majadahonda
  5. Torrejón de Ardoz
  6. Tres Cantos
  7. San Sebastián de los Reyes
  8. Alcobendas
  9. Getafe

 

 

Francis Montesinos: la extorsión que sale mal

El diseñador Francis Montesinos consigue que el joven que, en 2022 le exige la elevada cantidad de un millón de euros para evitar que salga a la luz un vídeo con contenido sexual, sea internado en un centro de menores.

Este joven, menor de edad, traza un plan con un adulto que se complica: extorsionar al diseñador para que, bajo amenaza, les entregue el millón, pero él lo pone en conocimiento de la policía, y todo se va al traste.

#01.-Extorsión a Francis Montesinos por un vídeo sexual

Idea un plan con un adulto, como decimos en 2022, que trataba de sacarle gran cantidad de dinero, a cambio de no divulgar una información tan delicada que pretendían conseguir.

Los pasos que dieron para conseguirlo fueron, lo primero, llamar su atención, conocerle, y acercarse a él hasta tener un encuentro sexual en el que es grabado sin saberlo ni consentirlo 

Días después, se pone de nuevo en contacto para exigirle un millón de euros a cambio de no divulgar esas imágenes.

El diseñador no solo no accede, sino que acude a la policía.

Ahora este joven es condenado a 18 meses de internamiento en un centro de acogida y 6 más de libertad vigilada por los cargos de amenazas, allanamiento, delito contra su intimidad, robo con violencia y delito de lesiones.

Toda esa cascada de delitos son la consecuencia de la negativa a entregar esa cantidad exorbitada de dinero

Delito contra la intimidad

Por orden cronológico, este el primer delito que comete el joven, se regula en los art. 197 a 201 del Código Penal.

Se trata de atentar contra el derecho fundamental de la intimidad de otra persona mediante “el apoderamiento, la modificación, el uso o la revelación de datos, comunicaciones o imágenes”.

El hecho de que se grabe un vídeo sin consentimiento, para luego amenazar con divulgarlo, ya hace a cualquier persona merecedora de la pena.

De hecho, este delito engloba no solamente la difusión de esa información, sino que solo con sacarlos a la luz supone la comisión de un delito, hablaríamos entonces de revelación de secretos.

Delitos de allanamiento, robo con violencia y lesiones

Una vez que Montesinos no cede a las amenazas y, además, acude a la policía, el plan de los delincuentes se complica, y toman otro camino para conseguir sus pretensiones.

Delito de allanamiento de morada

El joven, junto con un mayor de edad, entra en la vivienda del diseñador para exigir el dinero de nuevo, (algo que tampoco consigue) y termina en una condena por allanamiento, art.202 del Código Penal.

Este delito se refiere a entrar y permanecer en la vivienda de una persona sin su consentimiento, que puede ser agravado y, además, se emplea violencia o intimidación.

Tras la nueva negativa del diseñador, salen de la vivienda y planean, dar un nuevo paso.

Delito de robo y lesiones

El último recurso.

Un nuevo plan en el que unas personas entran en la vivienda con la intención de robar, hechos tras, los cuales el diseñador, tiene que ser asistido por lesiones, y que, por suerte, puede avisar a unos vecinos que lo ponen en conocimiento de la policía

Ahora, y después de esta cadena de delitos cometidos, que siguieron a la negativa de Francis Montesinos a ceder a sus amenazas, este menor se enfrenta a la pena que condena a dos años de privación de libertad.

 

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539

Linkedin
Premios y Medios de comunicación

Si necesitas ayuda personalizada para tu caso, quieres comentarnos tu situación o necesitas asesoramiento te recordamos que puedes solicitar una cita o video cita online en cualquiera de nuestros despachos:

  1. Madrid
  2. Las Rozas
  3. Móstoles
  4. Majadahonda
  5. Torrejón de Ardoz
  6. Tres Cantos
  7. San Sebastián de los Reyes
  8. Alcobendas
  9. Getafe

 

 

Indemnización por daño moral por impedir ver a Heman

Las sentencias con mascotas involucradas son cada vez más comunes, y no dejamos de escuchar cómo esa equiparación de los animales de compañía a, prácticamente, personas es ya una realidad.

En este caso nos encontramos con una sentencia que no es tanto por el animal, un perro de raza Husky, sino por la repercusión que tiene privar a las personas de su presencia, por, en este caso, incumplir las condiciones de la custodia.

#01.-Incumplir condiciones de la custodia de un perro

Veamos el caso.

En 2020, una pareja acoge a un husky siberiano llamado Heman, y, tras romper su relación, acuerdan, de manera verbal y por escrito, la custodia compartida del animal, de tal forma que cada uno cuidaría de él durante dos semanas.

 Sin embargo, hace dos años, el hombre rompe este acuerdo, evitando que su ex pareja tenga contacto alguno con el animal 

Durante esos 10 meses, la mujer argumenta sufrir problemas de salud derivados del estrés, la tristeza, y la incertidumbre sobre el futuro de su relación con Heman, solo la posibilidad de no volver a verle estaba causando en ella unos importantes daños emocionales.

Derechos emocionales de los propietarios de los animales de compañía

El Juzgado de Primera Instancia de Madrid, en la sentencia, destaca que existe un daño moral indemnizable, sin importar demasiado que el animal estuviera a nombre de uno de ellos dos, por lo que podría alegarse que no es su titular para eliminar su derecho de visitas.

Para llegar a esa conclusión, la prueba presentada, y que es fundamental, una grabación que muestra el encuentro entre ambos, mujer y perro, tras meses de separación.

Unas imágenes que demuestran un vínculo tan grande que romperlo de manera obligada puede causar los daños que alega la demandante, y dan solidez a su solicitud de indemnización por daños morales.

#02.-¿En qué consisten los daños morales?

Un daño moral puede sufrirlo alguien que es víctima de un delito que afecta más a su reputación o su estabilidad emocional y psicológica, y no tanto a su patrimonio.

Una acusación infundada, o la divulgación de una información o unas imágenes personales por ejemplo, en esos casos las personas afectadas pueden verse tan perjudicadas emocionalmente como si hubieran ido en contra de su patrimonio.

Aquí, la dificultad se centra en cómo medir estos daños, y cómo saber si son ciertos o no, por no existir valoración similar en todas las personas.

Cómo probar el daño moral

Como decimos, no es sencillo, por lo que se debe estudiar y valorar cada caso en concreto, y sus repercusiones en las víctimas

Cuando hablamos de un daño moral asociado a un bien material, por ejemplo, si te destruyen algo muy querido, es necesario mostrar la relación que tenías con ese objeto, y por qué perderlo te puede hacer tanto daño.

Es este caso solamente ver las imágenes del encuentro entre ambos, da a la jueza el camino que debe tomar para decidir a favor de la demandante y obliga, al demandado, a pagar 600 € de indemnización por el tiempo que ha impedido que se vieran.

Los daños morales son muy difíciles de probar, en realidad no es algo que se vea que se ha producido, como en otro tipo de delitos, pero las repercusiones no tienen por qué ser menores.

Es fundamental, en cualquier caso, presentar todas las pruebas que ayuden a los tribunales a decidir, que visibilicen las consecuencias de perder ese algo, ya sea material o no, como en este caso, al perro Heman para poder llegar a una sentencia a favor.

 

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539

Linkedin
Premios y Medios de comunicación

Si necesitas ayuda personalizada para tu caso, quieres comentarnos tu situación o necesitas asesoramiento te recordamos que puedes solicitar una cita o video cita online en cualquiera de nuestros despachos:

  1. Madrid
  2. Las Rozas
  3. Móstoles
  4. Majadahonda
  5. Torrejón de Ardoz
  6. Tres Cantos
  7. San Sebastián de los Reyes
  8. Alcobendas
  9. Getafe

 

 

Muere Julián Muñoz sin cumplir la pena (ni devolver 46 millones)

El controvertido exalcalde de Marbella acaba de fallecer después de estar años padeciendo un cáncer de pulmón, que lo sacó de la cárcel antes de cumplir la pena a la que fue condenado.

En el tiempo en libertad, y mientras la enfermedad avanzaba hasta este fatídico final, toma una decisión que sorprende: se casa de nuevo con Mayte Zaldívar, a quien abandona en su día para unirse a Isabel Pantoja.

Ambas, con penas de cárcel cumplidas como consecuencia de esa relación.

#01-Julián Muñoz, las incógnitas tras su muerte 

Recordemos que Julián Muñoz estuvo implicado en la mayor trama de corrupción de nuestro país, la Operación Malaya, llegando a acumular decenas de sentencias en firme, con un total de 22 años de condena, durante toda su carrera política, por delitos de malversación, fraude y prevaricación.

Tras continuas entradas y salida de prisión, en 2016, se acoge al Tercer Grado por la enfermedad que ya entonces padecía y que no le permitía la vida en una celda, para continuar cumpliendo su pena, primero en un Centro de Reinserción y luego, por su gravedad, ya en su domicilio.

Hace pocos meses nos sorprende con otra noticia, se casa por segunda vez con Mayte Zaldívar, algo que se interpreta, en diferentes medios, como una manera de asegurarle una herencia que, por el momento, es un misterio.

Ahora es cuando nos surgen dudas sobre dos “cabos” que deja sueltos: la condena sin cumplir y el dinero sin devolver

Y ahora, …, ¿qué pasa con el resto de la pena de Julián Muñoz?

En cuanto la responsabilidad penal de cualquier condenado, si este muere, muere con él, es el fallecimiento una de las causas de extinción de pena que se establecen en el artículo 130 del Código Penal 

Es decir, cualquier pena que deba cumplir, o que esté cumpliendo, como en este caso, se extingue tras el fallecimiento, no es algo que pueda recaer en sus herederos, luego, esos años de condena que le quedaban al exalcalde, no se cumplen.

No es imaginable que, si una persona muere y deja pendientes años de cárcel, un hijo suyo, sin haber hecho nada, los deba cumplir.

No así, en el caso de la responsabilidad civil, aquí, es diferente.

Si existe, por ejemplo, una sentencia que obliga a una persona a resarcir un daño mediante el pago de una cantidad de dinero, tras su muerte, sí son los herederos quienes se deben hacer cargo, y cumplir con los pagos hasta la totalidad.

En definitiva, la extinción de la responsabilidad penal por fallecimiento no conlleva la extinción de la civil, como establece el art. 116 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y cualquier responsabilidad civil que tuviera que cumplir Julián Muñoz, deberán continuarla sus herederos.

Y ahora, …  ¿qué pasa con su herencia y el dinero que no aparece?

La primera incógnita es en qué consiste la herencia que deja.

Los diferentes procesos judiciales en los que se ha visto implicado en estos años, por lo costosos, han hecho tambalear el patrimonio que hubiera conseguido,  además de los embargos, tanto de bienes, propiedades, lo recibido por la docuserie de televisión, y la publicación del libro sobre su vida.

 

No en vano, tras salir de prisión, ha estado viviendo en pensiones y en la vivienda que, su entonces ex, Mayte Zaldívar compartía con su novio, y no cuenta con propiedades a su nombre, que ahora se deban repartir.

La segunda incógnita es dónde están esos 46 millones que, en su mandato, desaparecen de las arcas públicas, y que el Tribunal de Cuentas sigue intentando localizar.

 

Sin saber con certeza en qué consiste su herencia, no podemos asegurar qué van a recibir sus herederos, lo que es cierto es que las herencias se asumen con sus cosas buenas, y también con sus cosas malas.

Así, cualquier carga que tenga ese patrimonio, ya sean bienes o dinero, al igual que la responsabilidad civil, la debe asumir el heredero receptor, en caso de que acepte esa herencia.

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539

Linkedin
Premios y Medios de comunicación

Si necesitas ayuda personalizada para tu caso, quieres comentarnos tu situación o necesitas asesoramiento te recordamos que puedes solicitar una cita o video cita online en cualquiera de nuestros despachos:

  1. Madrid
  2. Las Rozas
  3. Móstoles
  4. Majadahonda
  5. Torrejón de Ardoz
  6. Tres Cantos
  7. San Sebastián de los Reyes
  8. Alcobendas
  9. Getafe

 

 

Los inquiokupas de Manu Tenorio que pagan a Hacienda

El cantante Manu Tenorio lleva meses de actualidad por un tema muy diferente a sus conciertos, o a un nuevo disco.

Una vivienda de su propiedad está, según su versión, siendo okupada por los inquilinos que tenía, es decir, inquiokupada, aunque la otra parte, esta pareja que lleva tiempo viviendo en ella, tiene otra versión muy diferente.

#01¿Qué pasa con la vivienda de Manu Tenorio en Sanlúcar?

Desde 2021, este chalet situado en Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), está arrendado a una pareja que no hay noticias de que haya dado problemas de pagos durante todo este tiempo.

Según las informaciones de los medios, ambos trabajan, y han cumplido con las cuotas, hasta que llega 2023, y es cuando las versiones de arrendador y arrendatarios se separan.

Según el cantante, sin que hubiera un motivo aparente, dejan de pagar, por lo que la deuda asciende a miles de euros.

Según los inquilinos, están al corriente de pago, solo que el dinero no lo recibe el cantante que tiene las cuentas embargadas, por tener, supuestamente, una deuda de casi 6.000 € con Hacienda.

Manu Tenorio lo niega y lleva meses luchando por recuperar su vivienda, algo que, siguiendo el cauce legal, se consigue mediante un desahucio por precario.

#02.-¿Qué es un desahucio por precario?

Una demanda que se resuelve en un juicio verbal civil, se regula en la Ley de Enjuiciamiento Civil, y su finalidad es recuperar un inmueble que está siendo ocupado por alguien que lo disfruta, y no lo quiere devolver.

Tras su solicitud, y la entrega de documentación que avale la demanda, si el demandado no recurre en los siguientes 20 días hábiles, debe abandonar la vivienda.

Es un procedimiento al que se acude cuando los inquilinos terminan un contrato que no se renueva, por lo que tienen que desalojar y no lo hacen, o dejan de cumplir con los pagos (versión de Manu Tenorio en este caso), o también si se presta la vivienda durante una temporada a alguien que luego no la quiere abandonar.

Siempre que la versión del cantante sea “la buena”, este es el camino que debe seguir para desalojarlos.

¿Cuándo y cómo recurro al desahucio por precario?

Cuando tienes una vivienda en alquiler, termina el contrato y no se desocupa, o también si, por ejemplo, la prestas a unos amigos para una temporada, llega el momento y no se van, es decir, cuando alguien permanece en tu propiedad sin tu consentimiento, y tras solicitar que se vaya, no lo hace.

Es un procedimiento que también se pueden utilizar con los okupas, es decir, ante una ocupación ilegal, cuando, sin tu permiso, han entrado en tu vivienda y no quieren irse

Aunque sea posible, en caso de okupaciones, es mejor solución recurrir a un desahucio express, que se presenta como un procedimiento más rápido

Como a falta de confirmar qué está pasado, no tenemos la certeza de que el cantante tenga la razón, y cabe la posibilidad de que sea cierto que Hacienda le tenga las cuentas embargadas por sus deudas pendientes

#03.-¿Qué pasa si no pagas a Hacienda?

Los pagos a Hacienda tienen un plazo voluntario en el que deben abonarse, pasado el cual se añade un cargo que depende de la deuda contraída, y del momento en el que se pague, es decir, aumenta cuanto más tardes en pagar

Pasa este periodo en el que puedes cancelar y no lo haces, entonces el fisco, lo intenta de otras maneras: lo primero, ejecutando las garantías, si las hubiera (un aval, por ejemplo).

Por último, cuando no consigue cubrir la deuda, acude al embargo de bienes.

Hablamos de todo tipo de bienes que estén a nombre del deudor: cuentas bancarias, créditos, sueldos, pensiones, inmuebles e intereses de rentas, entre otros.

Es este el caso de Manu Tenorio, según la versión de los inquilinos, ellos cumplen con su obligación, pero es Hacienda quien recibe pago por el embargo de sus cuentas.

 

Cabe esperar cuál de las dos versiones describe lo que realmente está ocurriendo, y si el cantante tiene derecho a desalojar a la pareja que vive en su chalet de Sanlúcar de Barrameda.

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539

Linkedin
Premios y Medios de comunicación

Si necesitas ayuda personalizada para tu caso, quieres comentarnos tu situación o necesitas asesoramiento te recordamos que puedes solicitar una cita o video cita online en cualquiera de nuestros despachos:

  1. Madrid
  2. Las Rozas
  3. Móstoles
  4. Majadahonda
  5. Torrejón de Ardoz
  6. Tres Cantos
  7. San Sebastián de los Reyes
  8. Alcobendas
  9. Getafe

 

 

¿Agresión sexual en Tecnocasa?

A mediados de junio, la celebración de una convención de Tecnocasa, en Santander, termina con una denuncia de agresión sexual pocos días más tarde.

Los hechos ocurren tras una fiesta en la que una joven asegura haber sido agredida por un compañero.

La muchacha declara que, esa mañana, se despierta desnuda, con dolor vaginal y señales de haber sido sujetada con fuerza. 

#01.-¿Qué ocurrió en la fiesta de Tecnocasa?

No se sabe todavía con certeza porque la investigación está en curso, y las versiones que se tienen son contradictorias.

La joven asegura que, tras ese fin de semana, acude a su jefe a denunciar los hechos y no encuentra en él ningún apoyo, no solo eso, sino que poco después recibe un despidopor motivos económicos”.

Esa notificación, días más tarde, pasa a ser un “despido disciplinario por una falta grave” porque, el día de la comunicación de dicho despido, destroza material de la empresa, y, supuestamente, se envía información confidencial.

Ella reconoce esto alegando que estaba alterada por lo ocurrido.

Una vez que la joven es examinada en el hospital, da positivo en el consumo de drogas, algo que niega, asegurando que solo toma esa noche una copa, porque apenas si bebe alcohol, y que no es su costumbre el consumo de sustancias, por lo que podríamos estar ante una agresión sexual por sumisión química.

 

Hablan los testigos de la fiesta

Tras tomar declaración a los testigos asistentes a la fiesta, ninguno apoya la versión de la víctima, más aún la contradicen, y argumentan que ella, pasado este fin de semana, alardeaba de que “se había tirado” al compañero a quien ahora denuncia.

Además, y apoyando esa versión tan diferente, existen imágenes tomadas esa noche, en la que se les ve con una actitud cariñosa, de hecho ningún testigo declara que ella, a simple vista, estuviera a disgusto o pareciera estar intimidada u obligada.

#02.-Agresión sexual por sumisión química

Agresión sexual es un delito regulado en el Código Penal, y se refiere a los actos que atentan contra la libertad sexual de las personas, sin su consentimiento, y está castigado con penas de 1 a 4 años de prisión.

Una pena que es aún mayor en situaciones en que haya de por medio violencia o intimidación, o bien, si la víctima tiene anulada su voluntad, como son los casos de estar bajo los efectos de alcohol o drogas. 

Respecto al consentimiento, existe cuando se demuestra libremente la voluntad de la persona a esa situación, y no existe en el mismo momento en que decide parar.

Un problema mayor es cuando no se está en condiciones de detener los actos sexuales, y es cuando hablamos de sumisión química.

¿Qué es la sumisión química? 

Un delito facilitado por la ingesta de drogas, esto es, que la víctima se encuentra bajo los efectos de sustancias psicoactivas, y no puede oponerse.

En caso de una agresión sexual como denuncia esta joven, este delito se produce si alguien es sometido a actividades sexuales cuando, por dichas sustancias, está incapacitado o inconsciente, sin que pueda negarse a lo que está ocurriendo, ni, por supuesto, dar su consentimiento.

Cabe destacar que cualquiera puede iniciar una situación que apunte al acto sexual, y dar muestra de consentir, incluso dar esa imagen a otras personas, por su aptitud o comentarios, como parece que pudiera ocurrir en esta fiesta.

Incluso que la relación avance ya en la intimidad, pero en cualquier momento, puede cambiar de opinión.

 

Mantener una relación sexual debe ser consentida hasta el final con la posibilidad que cualquiera de las partes la detenga si, por algún motivo, ha cambiado de parecer.

Cuando alguien decide no consentir, si la otra persona continúa, en ese momento se está cometiendo una agresión sexual, sin que importe que previamente todo pareciera ir bien.

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539

Linkedin
Premios y Medios de comunicación

Si necesitas ayuda personalizada para tu caso, quieres comentarnos tu situación o necesitas asesoramiento te recordamos que puedes solicitar una cita o video cita online en cualquiera de nuestros despachos:

  1. Madrid
  2. Las Rozas
  3. Móstoles
  4. Majadahonda
  5. Torrejón de Ardoz
  6. Tres Cantos
  7. San Sebastián de los Reyes
  8. Alcobendas
  9. Getafe

 

 

Jimmy Giménez Arnau, su herencia, y la hija a quien no veía

Hace unos pocos días fallece el periodista Jimmy Giménez Arnau, y su herencia ahora es noticia, no tanto por su alcance como por entre quien será repartida.

Su actual esposa está claro que recibiría su parte, pero no así su hija, fruto de su matrimonio con Merry Martínez Bordiú, y a quien no veía desde hace muchos años.

#01.-Jimmy Giménez Arnau, ¿puede desheredar a su hija?

La prácticamente nula relación del periodista con su hija nace durante el proceso de divorcio, cuando ella apenas tiene 12 años.

Los conflictos por la lucha por la custodia hicieron que la niña no tuviera contacto con él y, cuando fue mayor de edad, la relación ya no fue posible de encauzar.

La cuestión que en estos momentos se planteaba era si esa relación inexistente es motivo para que Giménez Arnau desherede a su hija

Desheredación por nula relación entre padre e hija

Es conocido que el periodista siempre ha declarado que le apenaba haber perdido el contacto con la pequeña, y que ahora ya no lo veía posible, aun así, nunca estuvo a favor de llegar a ese extremo.

Todo lo contrario, su idea era la de que, independientemente de que la joven quisiera una relación cercana o no, tendría su parte de la herencia, como así ha sido.

#01.-¿Cuáles son los motivos para desheredar a un hijo?

Recordemos que desheredar el privar a un heredero legítimo de lo que le corresponde por ley, y por eso mismo, porque le corresponde por ley, no es sencillo.

 

Los motivos deben ser los que establezca el Código Civil, y además probados y admitidos por un juez, que será quien tome la decisión de continuar, o no, con el proceso.

Una desheredación, antes de nada, para que sea posible, ha de expresarse en el testamento, donde se deben exponer tanto las causas que han derivado en esa decisión, como a quién se desea desheredar.

Una vez que se cumplen esos requisitos, se empieza estudiar si los motivos que se expresan son o no suficientes.

Motivos por los que se puede desheredar a un hijo

Los descendientes pueden ser desheredados por testamento en casos admitidos por el Código Civil:

Negar alimentos al padre o madre, sin motivo.

Obrar de manera injuriosa o ejercer maltrato grave hacia ellos.

Otra cosa es el maltrato psicológico que sí está admitido como motivo para desheredar, aunque es mucho más difícil de aprobar, más cuando una de las partes ha fallecido.

Sea del tipo que sea, todo maltrato necesita acompañarse con pruebas fehacientes que den veracidad al testador.

Gravedad de los hechos, deben ser actos importantes en contra de su dignidad y salud mental.

Continuidad en el tiempo, aunque no hay criterios que fijen un periodo concreto, la ley da valor a un año.

Actualidad, un hecho que se pueda probar hoy, no algo que ocurrió hace años y nadie tiene prueba de ello.

Conscientes, no es posible en el caso de menores o cualquier otro heredero que no sea consciente de sus actos y sus consecuencias.

Unilateralidad, no puede ser algo mutuo, es una sola de las partes la que debe obrar contar la otra

Sin reconciliación, si tras la realización del testamento se logra un acercamiento, el motivo deja de tener tanta fuerza.

Es decir, que si, sea lo que sea que ese hijo hace, pide perdón y muestra arrepentimiento, puede verse anulada la desheredación.

Es muy complicado desheredar a alguien, se trata de negarle eso que le corresponde por ley, y es un proceso farragoso que necesita de pruebas sólidas, porque en la mayoría de los casos, el desheredado va a internar, impugnar ese testamento que le arrebata su parte.

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539

Linkedin
Premios y Medios de comunicación

Si necesitas ayuda personalizada para tu caso, quieres comentarnos tu situación o necesitas asesoramiento te recordamos que puedes solicitar una cita o video cita online en cualquiera de nuestros despachos:

  1. Madrid
  2. Las Rozas
  3. Móstoles
  4. Majadahonda
  5. Torrejón de Ardoz
  6. Tres Cantos
  7. San Sebastián de los Reyes
  8. Alcobendas
  9. Getafe

 

 

© Vilches Abogados 2020 - Política de Cookies y Términos legales - Vilches Abogados Madrid