¿Quién se queda con tu vida digital cuando mueras?

Cuando una persona fallece, haya hecho testamento o no, sus bienes pasan a cargo de sus herederos, eso es por ley, y puede costar más o menos tiempo, se trata de justificar que existe o no testamento, y probar quiénes con sus herederos.

Con los bienes a los que estamos acostumbrados no hay demasiado problema, pero, qué pasa con todas sus propiedades digitales, cuentas en redes, correo electrónico, web, apps, suscripciones, … , toda esa información digital que dejamos a nuestro paso que, además, cada vez es más abundante.

Es importante determinar quién se hace cargo de ellas, para mantener, o cancelar, tu legado digital cuando ya no estés

¿Qué es un legado digital?

En el año 2018, la Ley de Protección de Datos establece una normativa en la que incluye la conciencia de testamento digital.

Igual que un heredero, se encarga de gestionar las propiedades y el patrimonio de una persona fallecida en el mundo “real”, con un testamento digital se puede legar a quien deseemos, todas nuestras propiedades digitales, para que se haga cargo una vez que fallezcamos.

La Ley permite a los familiares del fallecido acceder a sus datos y contraseñas para entrar a los contenidos digitales, ya sea para hacerse cargo y gestionarlo o eliminarlo y cancelar estos perfiles.

Por la importancia de estas decisiones es esencial pensar quién quieres que se haga cargo de tu legado digital.

¿Quién puede decidir sobre tu legado digital? 

Empecemos por decir que tienes derecho a decidir quién, pero también quién no.

Puedes prohibir expresamente que alguien concreto meta mano en tus cuentas, eso se ha de cumplir, a no ser que sean herederos, esos contenidos formen parte de la herencia (caudal relicto), y la importancia de esa documentación involucre a más personas.

La ley va un poco más allá, tienes la posibilidad dejar claro, además de quiénes quieres que se hagan cargo, qué deben hacer, es decir, indicar si prefieres que continúen con esa actividad en internet o la cancelen.

Como en cualquier tipo de bien, en caso de que tengas una vida digital que quieras mantener, o que desaparezca, lo mejor es dejar un testamento que facilite que se cumpla sin ti.

¿Cómo se hace un testamento digital?

Igual que cualquier otro testamento, expones tus deseos e indicaciones en un documento que debe contar con la firma de un notario.

También, como en cualquier otro testamento, te aconsejamos que te asesores en la materia por un abogado especialista en Derecho Digital, quizás en este tema con más razón, por lo novedoso.

En caso de no tenerlo, la cosa se complica para quienes necesitan acceder a las cuentas del fallecido, pero a no ser que haya comunicado expresamente que no se haga, las empresas a cargo de esos servicios digitales tiene la obligación de permitir el acceso a los familiares.

Pasos para realizar un testamento digital

Recopila toda la información relacionada con tu actividad en internet (nombres de usuarios y contraseñas de los servicios online, redes sociales o páginas web a las que se está suscrito, …)

Detalla en un documento la voluntad sobre tu legado digital, nombrando a tu albacea digital para que cumpla con tus deseos.

Explica con detalle qué hacer con toda esa información que has generado en internet en cada uno de los casos, piensa que, por ejemplo, en las redes sociales, cada una tiene una política de actuación ante esta situación, infórmate para que luego todo siga cómo su deseas.

Acude a un notario, que lo revise y lo firme, es la manera de que ese documento, con tus “deseos digitales”, sea legal.

 

Pensar qué hacer con nuestro legado en internet es algo que, hasta hace bien poco, no se nos pasaba por la cabeza, ahora ya es importante, es lo que evita que en la red perdure información que no deseamos que esté, o lo que facilita que, si lo queremos, se mantenga.

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