Qué ocurre con la vivienda tras el divorcio

Divorcio y vivienda. ¿Quién se queda en ella?

En caso de divorcio, quién se queda con la vivienda es una duda muy común de las partes implicadas.

No es sencillo porque depende de distintos factores, y hay que tenerlos todos en cuenta para llegar a una decisión.

¿Hay hijos?,¿son menores?,¿uno de los cónyuges queda desprotegido? ¿durante cuánto tiempo?

Como ves son muchas preguntas que, en cada caso, tienen una contestación diferente, y con las que muchos de nuestros clientes se presentan en el bufete, nuestros abogados de Familia se encargan de estudiar caso a caso, y dar una respuesta acorde en cada uno.

No es para menos, es importante quién se queda en el hogar familiar, y durante cuánto tiempo puede hacerlo.

Vamos a resolverlo todo aquí.

Autor:  Manuel Hernandez Colegiado nº 72539 del Colegio Oficial de Abogados de Madrid

¿Qué ocurre con la vivienda tras el divorcio?

La vivienda familiar, el hogar durante la relación es uno de los puntos más importantes en caso de divorcio, sobre todo si hay menores implicados.

El uso y disfrute de la vivienda es una cuestión a resolver una vez que se empieza con los trámites de separación o divorcio.

No importa que sea una vivienda en estado de gananciales o privativa de una de las partes, siempre la prioridad va a ser el bienestar de los hijos y, en su caso, si una de las partes queda más desprotegida tras la ruptura.

Otro punto esencial es el régimen que se acuerda en el momento de la unión, el que establece a quién pertenece la vivienda y quien la debe mantener tras la ruptura.

01.-Régimen de bienes gananciales

En este caso, todos los bienes que se hayan adquirido, o conseguido, así como las cantidades económicas que se ganen desde el momento de la boda, pasan a ser bienes gananciales, y, con ello pasan a ser de la pareja de una manera compartida.

Hablamos tanto de ganancias como de pérdidas.

En esta situación, lo más habitual, y sencillo, es que en caso de divorcio se llegue a un acuerdo para la venta de la casa común y se repartan los beneficios, o que uno de los cónyuges pague su parte al otro, quien pasaría a ser único propietario.

Hasta que se consigue la venta, que puede tardar, el juez determina un uso y disfrute por temporadas.

02.-Régimen de separación de bienes

Ambos, de manera independiente, poseen propiedades, bienes privativos, que aportan a la relación, pero que han conseguido antes de ella.

Así, si la vivienda era de una de las partes, sigue siéndolo tras la ruptura.

Otra cosa es que si hay hijos o por motivo de una situación desfavorecida, en caso de divorcio, la use la otra parte, pero la titularidad no la pierde quien la poseía en un principio.

Divorcio con hijos ¿quién se queda en la vivienda?

Estas situaciones son siempre resueltas en favor de quien tiene la custodia de los hijos, del cónyuge con el que van a convivir hasta su mayoría de edad, como mínimo.

En temas de custodia, te aclaramos las situaciones en las que te puedes encontrar y que determina si te quedas en la vivienda o no.

Tipo de custodia tras el divorcio

El tipo de custodia, salvo acuerdo entre las partes, la determina el juez, y es obligatorio su cumplimiento, para velar por el bienestar de los hijos hasta su mayoría de edad, cuando tienen capacidad de tomar sus propias decisiones.

👉 01.-Custodia compartida

Se considera la opción más beneficiosa para los menores.

Las partes comparten el cuidado y la educación del menor, así como la convivencia, que por turnos o en temporadas, convive con ambos padres, que se hacen cargo, por igual de todo lo que afecta a sus hijos.

En caso de acuerdo es más fácil y los cónyuges se hacen cargo, según la situación de cada uno, del bienestar de los niños, se complica cuando la relación tras la ruptura no es buena, y un juez determina qué hace quién, y cuándo.

👉 02.-Custodia monoparental

Uno de los cónyuges, normalmente es la madre, se hace cargo del menor hasta su mayoría de edad y es con quien va a convivir de manera continuada hasta que llegue ese momento.

Cuando los hijos son menores de edad

Cabe distinguir el tipo de custodia al que se llega tras el divorcio.

Según en art 96 del Código Civil

“el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía quedan”

Esto es que tiene prioridad quien tiene la custodia de los niños, lo esencial es que la vida diaria de los menores se vea afectada lo menos posible tras la separación, y que mantengan los hábitos de antes de ella.

Una cuestión que confunde y que nos hemos dado cuenta por nuestros clientes es la diferencia entre la pensión que se determina en la demanda de separación o divorcio y la atribución de la vivienda familiar.

👉 Pensión de alimentos

La pensión a la que llega por acuerdo entre las partes o por decisión de un juez, se mantiene hasta la independencia económica de los hijos.

Normalmente, entre los 22-25 años, aunque el Tribunal Supremo empieza a subir esa edad, por la dificultad de la incorporación de los jóvenes al mundo laboral.

Con esto te queremos decir que no se paraliza cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad.

👉 Atribución de la vivienda

Este tema es diferente, el cónyuge que tiene la custodia es quien tiene su uso y disfrute, sí, pero a no ser que haya un acuerdo entre las partes, solo hasta la mayoría de edad, del último de los hijos.

No depende, como el caso anterior, de que el hijo alcance o no su independencia, aquí, a no ser que los padres decidan, de común acuerdo, otra cosa, la vivienda pasa a su propietario una vez que alcanzan los 18 años.

Cuando los hijos son mayores de edad

Ya no depende tanto de ellos, y de la edad que tengan, sino de dar un tiempo para que se reubiquen.

En la demanda se puede solicitar la atribución de la vivienda durante un tiempo que se determine para que encuentren otra.

No porque no sean menores se les puede dejar en la calle sin más, y es un plazo que depende de cada caso.

En caso de tener la vivienda en régimen de gananciales, lo habitual es hasta que se venda, en caso de ser privativa de la otra parte, suele ser a través de un acuerdo, o por vía judicial, si no se llega a él.

Divorcio sin hijos ¿quién se queda en la vivienda?

Cuando no hay hijos a quienes proteger se trata de estudiar la situación económica de las partes tras la separación.

En muchos casos, uno de los cónyuges acaba más desprotegido, ya sea porque abandona su vida laboral para dedicarse a la relación o porque durante ella ha perdido la oportunidad de iniciar una.

En estos casos, esa parte no tiene ingresos, lo que hace muy difícil continuar tras el divorcio.

Aquí, se determina una atribución de la vivienda de manera temporal, durante un plazo de tiempo suficiente para que consiga mejorar su situación, y encuentre un trabajo que le permita mantenerse económicamente.

Es una situación que se llega mediante un acuerdo entre ambos y si no es posible, se dictamina en la propia demanda de divorcio.

Los casos en los que te puedes ver ante un divorcio para determinar quién se queda en la vivienda son muy diferentes y necesitan un estudio independiente, no hay un patrón ni una ley que se deba cumplir en todos ellos.

Sin conocer cada dato y circunstancia que afecta a tu situación, no podemos darte ni consejos ni pautas, pero sí poner a tu disposición a todo un departamento de especialistas en Derecho de Familia

Ellos lo estudian y dan con la mejor solución para ti y, en su caso, para tus hijos.

Ponte en contacto con nosotros cuanto antes, son procesos demasiado complejos y dolorosos para que se alarguen demasiado.

Si necesitas ayuda personalizada para tu caso, quieres comentarnos tu situación o necesitas asesoramiento te recordamos que puedes solicitar una cita o video cita online en cualquiera de nuestros despachos:

  1. Madrid
  2. Las Rozas
  3. Móstoles
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  5. Torrejón de Ardoz
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  7. San Sebastián de los Reyes
  8. Alcobendas

2 comentarios
  1. Anónimo
    Anónimo Dice:

    En caso de estar casados por separación de bienes y querer el divorcio habiendo hijos menores. Si la vivienda la pagó sólo uno de los cónyuges, pero se puso a nombre de ambos como titulares. ¿Qué procede? ¿Se queda como propiedad sólo de quien la pagó?

    Responder
    • Vilches Abogados
      Vilches Abogados Dice:

      El TS considera que en el régimen de separación de bienes el cónyuge tiene derecho al reembolso de la mitad de las cantidades empleadas a la amortización de las cuotas del préstamo destinado a la adquisición de los materiales para levantar la vivienda privativa del otro cónyuge y que fue hasta el divorcio la vivienda familiar

      Responder

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