Si, tienes Derecho a compensación por tu dedicación a la familia durante el matrimonio

Si, tienes Derecho a compensación por tu dedicación a la familia durante el matrimonio

En caso de ruptura del matrimonio se tiene derecho a una compensación indemnizatoria por dedicación a la familia.

Lo tiene la parte que, en su momento, abandona su trabajo para atender las tareas del hogar y los hijos (si los hubiera).

Es un derecho, y está regulado en el Artículo 1438 del Código Civil, que establece que ambos cónyuges deben contribuir al mantenimiento del matrimonio de una manera proporcional a sus ingresos.

Pero no solo ante el matrimonio, sino también en el de parejas de hecho, aunque vamos a centrarnos aquí en el primer caso.

Autor:  Manuel Hernandez Colegiado nº 72539 del Colegio Oficial de Abogados de Madrid

¿En qué consiste esta compensación por dedicación a la familia?

Nota: Publicación que hace referencia a la sentencia que comentamos en el video:

👉 Una mujer de León recibirá 150.000 euros por dejar su trabajo durante 22 años para cuidar a sus hijas

Se trata de una cuantía económica a la que tiene derecho el cónyuge que se ha dedicado de manera exclusiva al cuidado de la casa y de los hijos.

Como determina el Artículo 1438 del Código Civil, ambas partes deben contribuir a las cargas del matrimonio, siempre según los ingresos de cada uno, salvo un pacto previo.

En ocasiones, una de las partes abandona la vida profesional que llevaba antes de la unión, para dedicar su tiempo al hogar y los hijos que tuvieran.

Esa forma de contribuir al matrimonio impide que genere los ingresos que le proporcionaba el trabajo que dejó.

En caso de separación, va a ver perjudicado su patrimonio y su posible reincorporación al mundo laboral.

Por eso, es necesario que pueda contar con una indemnización por el tiempo que ha aportado a la relación.

Se trata de compensar no haber podido desempeñar actividades externas en beneficio a la familia.

Las tareas del hogar computan como contribución a la familia, así, el tiempo que se ha dedicado a ellas da derecho a una compensación económica, al ser otra manera de colaborar durante la relación.

Además, ten en cuenta que no influye que el otro cónyuge haya participado, si lo ha hecho de manera ocasional, no afecta a la cantidad que te pueda corresponder por tu tiempo.

Requisitos para obtener la compensación indemnizatoria

Hay 2 obligaciones que se deben cumplir, en todo caso, para tener derecho a ella.

 1.- El régimen económico del matrimonio

Es necesario que, en su momento, optarais por un régimen de separación de bienes.

En este tipo, cada una de las partes es dueña de su patrimonio, ya sea previo o posterior al matrimonio.

Es decir, los bienes van a estar diferenciados según de quien sean.

Cada uno puede gestionar y disfrutar de los suyos, tanto de los que tuviera antes de la unión como de los que haya conseguido durante ella.

2.-Dedicación exclusiva a las tareas domésticas

Es obligatorio, además, que quien solicita esta compensación indemnizatoria se haya dedicado por entero y en exclusiva a las tareas del hogar y al cuidado de los hijos.

Lo que no quita que, para ello, contara con ayuda de terceros (servicio doméstico).

Esto es interesante porque demuestra que no influye el estatus de la pareja ni su patrimonio individual.

No importa si ha realizado las tareas él mismo o si ha contado con terceros, al tener en cuenta el valor del trabajo de llevar la carga y la dirección de las labores domésticas.

Otro detalle muy importante es que la parte solicitante, aunque haya colaborado en negocios familiares en, no muy buenas condiciones laborales, puede solicitar esta indemnización en las mismas condiciones que si no lo hubiera hecho.

Motivo de denegación de la compensación familiar

Hay algo que tienes que tener en cuenta.

En el caso de que hayas realizado cualquier trabajo, ya sea de manera completa o parcial, como complemento a tus tareas domésticas, la indemnización te va a ser denegada.

La ley considera que has perdido toda exclusividad.

No te has dedicado por entero a ese servicio familiar e incumples una de las dos condiciones para solicitarla.

Diferencia entre esta indemnización y la pensión compensatoria

Son distintas, aunque pueden ser compatibles y darse a la vez, si se cumplen las condiciones de ambas.

Pensión compensatoria

Está regulada en el artículo 97 del Código Civil y compensa al cónyuge en peor situación económica en caso de divorcio.

Una diferencia importante es que puede solicitarse sea cual sea el régimen matrimonial.

De todos modos, tienes la información que necesitas sobre ella en este otro artículo de nuestro blog.

¿Cómo se cuantifica la compensación por dedicación a la familia?

 

No es del todo sencillo, no hay nada establecido en el Código Civil que ayude a determinarla.

Está claro que obtener una compensación por todo lo aportado al matrimonio es un derecho, no lo está tanto cómo cuantificarla, y es entonces cuando el juez, con base a las circunstancias de cada caso, determina la cantidad.

En todo caso, tiene en cuenta los años de convivencia en los que se hayan cumplido las condiciones para solicitarla (régimen de separación de bienes y exclusividad en la dedicación)

Hay 3 formas de cuantificar la cantidad que te corresponde:

1.- Un pacto existente entre las partes.

Es posible que, ya sea antes del matrimonio, o una vez decidida la ruptura, las partes hayan realizado, por mutuo acuerdo, un pacto que determine esta cantidad.

Es un caso sencillo, prevalece lo acordado.

2.- En ausencia de cualquier pacto

Cuando esta situación no se contempla en su momento y llega la separación, no es, en ocasiones, sencillo alcanzar un acuerdo de manera cordial.

En este caso, es el juez quien determina la cuantía de esta compensación y lo hace teniendo en cuenta:

  • Los años de convivencia.
  • El salario mínimo profesional.
  • La cantidad que hubiera recibido un tercero en el caso de haber realizado las tareas.

Es una manera de calcular cuánto se ahorra una de las partes durante el tiempo que la otra dedicó por entero al hogar y los hijos.

Es la cantidad que no tuvo necesidad de desembolsar en esa época.

La decisión que toma el juez, con base en esos tres puntos, tiene en cuenta que la parte solicitante, durante esos años, dejó de generar ingresos propios en beneficio de la pareja, sacrificando una situación laboral con la que contaba en aquel momento y que ahora, es posible, que le sea difícil recuperar.

Un porcentaje sobre los beneficios obtenidos por el cónyuge que mantuvo su trabajo.

El juez valora el beneficio obtenido por una de las partes en perjuicio de la otra, que se retiró del mundo laboral.

Esas ganancias, junto con los años de convivencia, son los baremos con los que se toma la decisión.

En definitiva, en la ley está muy claro que otorgar una compensación es necesario, pero no tanto la cantidad ni la forma en la que se impone.

Cuando llega el momento de una ruptura, es muy posible que ambas partes no estén abiertas a una separación amistosa, lo que lleva a situaciones difíciles.

Una solución que lo evita es tener en cuenta la firma de acuerdos prematrimoniales, en los que cada punto queda claro desde el inicio de la vida en común.

Entendemos que es un momento en el que piensas que no va a salir mal, pero en caso de que pase, nuestro equipo de abogados de Derecho de Familia pueden ayudarte a conseguir lo que te pertenece.

Cuenta con nosotros, para eso y para cualquier otra cuestión que no te hayamos aclarado en este artículo, no dudes en consultarnos.

 

Si necesitas ayuda personalizada para tu caso, quieres comentarnos tu situación o necesitas asesoramiento te recordamos que puedes solicitar una cita o video cita online en cualquiera de nuestros despachos:

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