Guía del Divorcio: Cómo divorciarse sin perder la calma

El matrimonio es la principal causa de divorcio  

Groucho Marx

El divorcio es algo que ocurre hasta en las mejores familias. Algunas personas lo viven como un fracaso pero, qué diantres, si se han divorciado Brad Pitt y Angelina Jolie cómo no nos vamos a divorciar el común de los mortales. Como abogados para divorcio vemos muchos cada día, de los «comunes de los mortales» más, eso si. 

DIVORCIO DE ANGELINA

Si usted no desea seguir con su matrimonio, consulte con un abogado/a desde el principio. Eso le ahorrará muchos dolores de cabeza. Ya conoce el dicho: lo que bien empieza, bien acaba.

✅ ANTES DEL DIVORCIO

Cosas a tener en cuenta:

Gracias a la Ley 15/2005, de 8 de julio el único requisito necesario para poder disolver un matrimonio es que hayan transcurrido tres meses desde que se celebró (salvo que existan determinados riesgos para alguno de los cónyuges). No se exige ya la concurrencia de ninguna causa que lo justifique salvo la mera voluntad de no seguir casados.

Además se puede solicitar el divorcio sin necesidad de que exista una separación previa. 

Por otra parte, en virtud de la Ley 15/2015, de la Jurisdicción Voluntaria, los Notarios y Letrados de la Administración de Justicia tienen competencia en los divorcios de mutuo acuerdo, siempre que no haya hijos menores no emancipados o con capacidad modificada judicialmente.

✔️ ¿Qué cosas se deciden en un proceso de divorcio?

A grandes rasgos, lo que se hace en un divorcio es regular los efectos de la separación, resolviendo por una parte cuestiones de carácter patrimonial: la pensión compensatoria o indemnizatoria, liquidación del régimen económico matrimonial, etc.

Y, por otra, si existen hijos menores de edad, las cuestiones que les afectan como la patria potestad, la guarda y custodia, el régimen de visitas o estancias, la pensión de alimentos o la atribución del uso del domicilio familiar.

✔️ Divorciarse es malo, pero divorciarse contenciosamente es mucho peor

Sabemos que no es fácil tomar buenas decisiones con el corazón roto. Mucho menos en temas tan complejos como los que se abordan en un proceso de divorcio. Los divorcios no son procedimientos jurídicos asépticos. Al contrario, tienen importantes implicaciones económicas y emocionales. 

Si su cónyuge le ha hecho daño, al desamor se suman el enfado, la ira o el rencor. Quizás usted fantasea con la idea de que su casi ex-marido sufra una inoportuna disfunción eréctil o que se vaya a pique la empresa en la que ella, por fin, acaba de conseguir un puestazo.

A veces las cosas se tuercen, a veces resulta que esa persona que creías conocer tan bien, con la que has pasado media vida y has tenido a tus hij@s, sale del armario o tiene otra familia o se «enrolla» con una madre del colegio de tus hijos/as.

O nada de eso: a veces, simplemente, las cosas cambian, el amor se acaba y uno se da cuenta de que los caminos de ambos se separan.

✔️ Divorciarse es un trámite necesario para disolver el vínculo matrimonial

Sea como fuere el proceso de divorcio no debe convertirse en una venganza. La vida o el karma pondrán a cada quien en su lugar. Mientras tanto, divorciarse es un trámite necesario para disolver el vínculo matrimonial, desplegar las alas y volver a volar. A ser posible con el menor gasto de tiempo y dinero.

Dicho de una manera más prosaica: el tiempo medio que tarda un divorcio de mutuo acuerdo oscila entre uno y tres meses, mientras que un divorcio contencioso suele durar entre seis meses y un año, o incluso mucho más si la cosa se complica.

✔️ ¿De verdad le merece la pena andar a la gresca todo ese tiempo?

Los procedimientos contenciosos tienen algunas particularidades que los ralentizan enormemente:

Por ejemplo, en un procedimiento de este tipo el Juez/a no puede liquidar el régimen económico matrimonial, y hay que poner en marcha otro procedimiento distinto.

Excepción: Si su matrimonio tiene un régimen de separación de bienes y además el domicilio familiar es co-propiedad de ambos cónyuges, pues entonces sí, usted puede solicitar al Juez/a que resuelva todo en la misma sentencia.

Pero si no se dan esos dos requisitos (separación de bienes + co-propiedad del domicilio familiar), repito, la liquidación del régimen económico matrimonial tendrá que hacerse mediante otro proceso. 

Por otra parte, si en un divorcio contencioso hay que decidir cuestiones como la guarda y custodia de los hijos/as menores, tendrá que intervenir el equipo psicosocial. Este equipo estudia a la unidad familiar y emite un informe en el que luego se basa el juez para tomar las decisiones que afecten a los hijos/as. Todo eso lleva tiempo.

Y un último dato: según las estadísticas el grado de cumplimiento de un Convenio Regulador pactado entre las partes es muy superior al de una Sentencia dictada por el juez/a en un procedimiento contencioso.

Estoy decidido/a: ¡Me quiero divorciar!

Una vez que ha decidido divorciarse, si todavía no lo ha hecho, consulte a un abogado/a. Es posible que tenga que solicitar medidas previas a la demanda incluso antes de iniciar el proceso.

Estas medidas, ya lo dice su nombre, se adoptan antes de la interposición de la demanda y están encaminadas a que se pueda llevar a cabo la solicitud de divorcio.

pasos a seguir para divorciarse

✅ DURANTE EL DIVORCIO

 ✔️ Opción A: Nos divorciamos sin tirarnos los trastos a la cabeza. El divorcio de común acuerdo.

Si usted y su cónyuge han decidido divorciarse de mutuo acuerdo ¡Enhorabuena! acaban de ahorrarse mucho tiempo y dinero.

El proceso de divorcio de mutuo acuerdo, también conocido como divorcio express, como su propio nombre indica, se caracteriza porque los futuros ex-cónyuges llegan a diferentes pactos o acuerdos en relación con las medidas patrimoniales y las referentes a los hijos/as menores de edad (si los hay). También pueden incluir otro tipo de acuerdos siempre que sean conformes al art. 90 del Código Civil.

Ya lo hemos dicho antes, gracias a la Ley 15/2015, de la Jurisdicción Voluntaria, siempre que no haya menores de por medio, podemos elegir si queremos divorciarnos de mutuo acuerdo ante Notario, Letrado de la administración de Justicia o ante el Juez/a.

El divorcio de mutuo acuerdo ante Notario o Letrado de la Administración de Justicia

La competencia de Notario y Letrado de la Administración de Justicia es alternativa, es decir, usted puede elegir acudir a uno o a otro, según lo que crea conveniente. 

Tanto Notarios como Letrados de la Administración de Justicia tienen la obligación de controlar el convenio regulador y deben rechazar aquellos acuerdos formalizados por los cónyuges que pudieran ser dañosos o gravemente perjudiciales para una de las partes o para los hijos mayores o menores emancipados afectados.

También en ambos casos, se exige que los cónyuges intervengan en el otorgamiento de modo personal y que estén asistidos por Letrado en ejercicio.

En el caso del Letrado de la Administración de Justicia el divorcio se formaliza mediante decreto, exigiéndose que las partes ratifiquen los acuerdos por separado, y si es ante Notario se formaliza mediante escritura pública.

El divorcio de mutuo acuerdo o por consenso ante el Juez/a

En el caso de que el divorcio se lleve a cabo de mutuo acuerdo ante el Juez, bien porque haya hijos/as menores de edad o porque así lo decidan los cónyuges, los pactos o acuerdos a los que hayan llegado las partes quedan recogidos en el Convenio Regulador.

El Convenio Regulador es el documento que recoge las consecuencias del divorcio acordadas entre ambos.

Debe ser firmado por los futuros ex-cónyuges y sometido a la aprobación judicial. En caso de que existan hijos/as menores de edad es obligatoria la intervención del Ministerio Fiscal. Asimismo, las partes deberán ratificarse ante el Juzgado correspondiente. Por último, el Juez/a dictará una Sentencia en la que se aprueban los acuerdos alcanzados.

Puede suceder que esos acuerdos sufran algún tipo de modificación por parte del Tribunal para garantizar tanto los derechos de ambos cónyuges como, sobre todo, los derechos de los hijos menores de edad.

DIVORCIO POR CONSENSO O DE MUTUO ACUERDO

solicitud -> ratificación de la solicitud -> actuaciones respecto de los hijos menores si los hay -> sentencia

✔️ Opción B: No podemos vernos ni en pintura: el divorcio contencioso

Cuando la pareja que se quiere divorciar no quiere o no puede llegar a un acuerdo, no queda otra que recurrir al divorcio contencioso.

En este tipo de divorcios, como las partes no consiguen llegar a un entendimiento es el juez quien toma las decisiones, adoptando las medidas que sean necesarias: tanto las patrimoniales como aquellas relacionadas con los hijos/as menores de edad si los hay.

Ya lo hemos dicho antes: en un divorcio contencioso el Juez/a no puede liquidar la sociedad de gananciales. Así que además del propio procedimiento contencioso habrá que instar otro que se llama así precisamente: proceso para la liquidación del régimen económico matrimonial.

Por otra parte, desde que se presenta la demanda de divorcio contencioso hasta que tenemos una sentencia judicial firme pasa un tiempo, bastante largo a veces, por lo que puede ser conveniente o necesario solicitar medidas provisionales.

Estas medidas podemos definirlas como, las reglas del juego que ambas partes tendrán que cumplir mientras dure el procedimiento de divorcio contencioso (o finalice el procedimiento de otra manera).

Mediante las medidas provisionales deciden cosas como:

  • La atribución de la patria potestad sobre los hijos.
  • La determinación del régimen de comunicación, visitas y compañía del cónyuge con el que no convivan los hijos.
  • Si existe riesgo de sustracción de menores por alguno de los cónyuges o por terceras personas puede solicitarse medidas como la prohibición de salida del territorio nacional, prohibición de expedición del pasaporte del menor o retirada del mismo si ya se hubiera expedido.
  • Atribución del uso de la vivienda familiar y el reparto de los bienes y objetos del ajuar.
  • Determinación de la contribución de cada cónyuge a las cargas del matrimonio.

DIVORCIO CONTENCIOSO (NO LLEGAMOS A UN ACUERDO Y TENEMOS QUE IR A JUICIO)

Demanda -> Admisión a trámite -> Contestación a la demanda -> Vista -> Sentencia

DESPUÉS DEL DIVORCIO

Ya tiene su sentencia, decreto o escritura pública en la mano: ¡Felicidades, está usted oficialmente divorciado/a!

La principal consecuencia del divorcio es, evidentemente, la disolución del matrimonio, que para eso se hace. Los cónyuges dejan de estar casados y cesan los efectos propios de la relación jurídica matrimonial (efectos jurídicos personales, sucesorios, alimentos, régimen económico).

A partir de ahora, se activan un conjunto de medidas llamadas medidas definitivas.

Las medidas definitivas regulan, después de la sentencia de divorcio, las relaciones personales y patrimoniales de los ahora éx-cónyuges entre sí y con los hijos si los hay (régimen de visitas, atribución de la guarda y custodia de los hijos/as, uso y disfrute de la vivienda conyugal, contribución para el levantamiento de las cargas familiares, etc.)

Es posible que las medidas definitivas sean las mismas que ya se habían impuesto anteriormente como medidas provisionales o puede ser que las modifiquen. 

 

 

Aspectos legales del matrimonio: qué tiene que saber antes de dar el “Sí, quiero”.

Antiguamente casi todos los cuentos terminaban igual: ​“Fueron felices y comieron perdices”. Fin.

En la cultura popular, las bodas son el culmen del romanticismo, el triunfo del amor, el día más importante de nuestra vida.

Mucha gente sueña con casarse, pero pocas personas conocen realmente el alcance de esa decisión, las obligaciones y derechos que adquieren al contraer matrimonio.

Como dice el abogado James Sexton con cierta ironía, es curioso que cuando pedimos una hipoteca nos hagan firmar un montón de papeles para asegurarse de que entendemos lo que hacemos y cuando te casas no te den ni un triste folleto que diga:

“Enhorabuena, acaba usted de realizar el acto jurídico más trascendental de su vida, junto con su fallecimiento”.

Y es que desde el momento en que dos personas se dan el ​“Sí, quiero”​, van a nacer consecuencias tanto personales como patrimoniales para los dos miembros de la pareja.

En lo bueno y en lo malo: Efectos personales del matrimonio

Todos hemos visto en alguna película esa escena en la que el cura o juez/a que oficia la boda pregunta a los contrayentes:

– Pedro, ¿Quieres recibir a Margarita como esposa y prometes serle fiel en la prosperidad y en la adversidad, en la salud y en la enfermedad y así amarla y respetarla todos los días de tu vida?

Y Pedro, visiblemente emocionado responde:

​¡Sí, quiero!

Bueno, pues esos son algunos de los efectos personales del matrimonio: deber de respeto mutuo y deber de guardarse fidelidad y lealtad.

Pero además de estos deberes que reflejan las películas, en la esfera personal existen otros como la obligación de actuar en interés de la familia, el deber de ayuda y socorro recíprocos, el deber de convivencia o el deber de compartir las responsabilidades domésticas.

En la riqueza y en la pobreza: Efectos patrimoniales del matrimonio

Como hemos dicho el matrimonio no sólo tiene efectos personales sino también patrimoniales: Cuando dos personas se casan están sellando su amor, sí, pero a ojos de la ley también están creando una sociedad.

Sin embargo, a la mayoría de la gente le parece poco romántico o de mal gusto sentarse a hablar de dinero antes de dar el gran paso.

Desafortunadamente según las estadísticas las cuestiones económicas son un motivo habitual de conflicto en las parejas y una de las razones más frecuentes de divorcio. Esto es algo que nosotros también observamos en nuestra práctica profesional como abogados matrimonialistas.

Por eso, desde Vilches Abogados, pensamos que es altamente recomendable que usted y su pareja dediquen un rato a reflexionar sobre estos aspectos de la vida en común para evitar futuras desavenencias.

Si está pensando en casarse con otra persona hay aspectos económicos de la vida de esa persona que le interesa conocer. Cabe preguntarse:

  • ¿Esta persona tiene deudas?
  • o, por el contrario, ¿Piensa que ahorrar es importante?
  • ¿Tenemos la misma visión del dinero y de la gestión de la economía familiar?

Régimen de gananciales o de separación de bienes: ¿Qué me interesa más?

Una de las decisiones que usted y su pareja tendrán que tomar es cómo quieren administrar y distribuir sus bienes. Dicho técnicamente: qué conjunto de normas jurídicas quieren que determine los efectos patrimoniales de la comunidad conyugal.

Existen muchas posibilidades distintas a la hora de gestionar y distribuir la parte económica de un matrimonio, y cada pareja tendrá que elegir la que mejor le vaya.

Los modelos más habituales son el régimen de separación de bienes y el régimen de gananciales pero no son los únicos: también existen sistemas intermedios como por ejemplo el régimen de participación.

Separación de bienes

En el sistema de separación absoluta de bienes, conocido coloquialmente como sistema de separación de bienes, los cónyuges mantienen separados sus patrimonios sin que se genere un patrimonio común. Dicho coloquialmente: cada uno sigue teniendo lo suyo después de casarse y mantiene su independencia económica.

Gananciales

Por el contrario, la característica fundamental de los sistemas de comunidad de bienes es que se crea un patrimonio común, una masa de bienes que son de los dos, un fondo común de propiedad conjunta e indistinta.

Dentro de este modelo existen diferentes posibilidades: como por ejemplo la comunidad universal de bienes, la comunidad de ganancias o la Comunidad de bienes muebles y gananciales.

En líneas generales el régimen de gananciales es el sistema legal “por defecto”, salvo en Cataluña y Baleares. Si usted no dice nada, se entiende que se acoge a esta modalidad.

Lo que caracteriza al régimen de gananciales es que se hacen comunes las ganancias, las adquisiciones realizadas a título oneroso durante el matrimonio y los frutos de los bienes comunes y de los bienes privativos. Es decir, que todos los bienes que adquieran los miembros de la pareja una vez que se casen irán a parar al fondo común.

¿Existe alguna excepción?

Sí. Los bienes anteriores al matrimonio y los adquiridos después a título gratuito (como regalos y herencias), pertenecen a cada quien y no irán a parar a la sociedad de gananciales.

Las posibilidades son muchas y en función de su situación personal y profesional y la de su pareja, le interesará más un sistema que otro.

Cuando elegir separación de bienes o ganancialesonial o ruptura

Cuando elegir separación de bienes o gananciales

Por ejemplo, en parejas en las que hay grandes diferencias de ingresos entre los cónyuges puede resultar más conveniente el régimen de gananciales si buscan mantener la equidad entre ambos.

Sin embargo, cuando los dos miembros de la pareja tienen unos sueldos más o menos parecidos puede ser más interesante el régimen de separación de bienes.

También puede ser interesante optar por la separación de bienes, si uno de los dos es un profesional autónomo, ya que de este modo los bienes del otro cónyuge quedarían a salvo de las responsabilidades en que pueda incurrir el cónyuge autónomo en el ejercicio de su actividad profesional.

Más vale prevenir que curar: Los pactos en previsión de crisis matrimonial

En 1989 se estrenó una película titulada La Guerra de los Rose (​The war of the Roses​), en la que Michael Douglas y Kathleen Turner daban vida a una pareja que pasa del amor absoluto y el matrimonio perfecto al proceso de divorcio más conflictivo y sádico de la historia del cine.

Afortunadamente en la vida real las personas no solemos llegar a tales extremos, aunque la película es un entretenido y sarcástico recordatorio de que incluso las relaciones más sólidas a veces pueden torcerse y acabar en divorcio.

Para tratar de evitar que el divorcio pueda convertirse en una batalla campal una posibilidad interesante y cada vez más utilizada son los llamados pactos en previsión de crisis matrimonial o ruptura​.

Estos pactos, que pueden incluirse en las capitulaciones matrimoniales, han sido admitidos por el Tribunal Supremo en tanto que manifestación del principio de libre voluntad de los miembros de la pareja. Eso sí, se exige que respeten los principios de libertad personal, dignidad e igualdad entre los cónyuges y que prevalezca el interés de los menores.

Dichos acuerdos pueden regular tanto los aspectos personales como los patrimoniales y vienen a ser un compromiso de que si las cosas se tuercen no vamos a tirarnos los trastos a la cabeza como los Rose.

¿Qué ocurre en un divorcio con nuestras mascotas?

Que las mascotas han conseguido un papel protagonista en las familias españolas es un hecho. Existen censados en estos momentos más perros que niños menores de quince años. Este dato abrumador nos indica lo necesario de pensar en las mascotas en caso de divorcio. También el hecho de que los animales dejarán de ser cosas por Ley en España. Así las cosas que  exista la posibilidad de la custodia compartida de las mascotas es una realidad asumible. Si al tiempo reconocemos que nuestro país es el cuarto con mayor tasa de divorcios de la Unión Europea. Y que en casi la mitad de los hogares de España hay al menos una mascota, nos encontramos ante una realidad, las disputas por las mascotas en los divorcios.

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Puedo adoptar al hijo de mi pareja

En el ámbito del Derecho de Familia la sociedad actual nos enfrenta a nuevas realidades. La posibilidad de divorciarse en la actualidad es más real que en el siglo pasado. Cada vez menos parejas tienen dependencias económicas y la figura del progenitor criando en exclusiva es cada vez menos usual. Esto implica que en la sociedad ya no exista un modelo de familia. Las familias pueden ser re-construidas tras separaciones y nuevas uniones. De esta forma en ocasiones se plantea la posibilidad de adoptar al hijo de mi pareja. ¿Es posible hacerlo? ¿Qué trámites son necesarios para adoptar al hijo de mi pareja?

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Pensión compensatoria para el que cuidó la casa y los hijos

La pensión compensatoria al cónyuge que empeora su situación económica en un divorcio es un tema ya tratado en el Blog. También hemos hablado de la posibilidad de extinción de la pensión compensatoria. La posibilidad de que exista una compensación económica al que dentro de una pareja se dedicó al cuidado de casa e hijos está reconocida en nuestro marco jurídico. Es importante conocer qué pensiones se pueden reclamar entre cónyuges en el caso de divorcio o ruptura. Ya estemos ante un matrimonio o una pareja de hecho. Conocer las diferentes posibilidades nos podrá ayudar a la hora de reclamar. También a la hora de adelantarnos a esas peticiones. Depende del lugar que ocupemos en la pareja que se rompe.

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Preguntas frecuentes sobre el divorcio

En nuestra práctica habitual como abogados de familia nos encontramos con preguntas recurrentes. Da lo mismo que el divorcio sea de mutuo acuerdo o un divorcio contencioso. Lo cierto es que la mayoría de las personas tiene dudas similares acerca de este proceso. Hoy os planteamos algunas preguntas frecuentes sobre el divorcio. No son las únicas, ni siquiera las más representativas. Pero son de las primeras que se nos plantean en nuestro día a día.

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Hijos de corta edad y régimen de visitas

Cómo se organiza el régimen de visitas de hijos de corta edad. En nuestro Blog hemos hablado del régimen de visitas para los abuelos. Del régimen de visitas cuando se vive lejos, y también del incumplimiento del régimen de visitas. Siempre teniendo en cuenta que nuestro marco jurídico aboga hoy por hoy por la custodia compartida como mejor opción. Pero, ¿qué ocurre cuándo se trata de hijos de corta edad? Las particulares características de los hijos de corta edad requieren un régimen de visitas especial.

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Liquidar una vivienda en un divorcio

En el ámbito patrimonial sin duda la cuestión más peliaguda en un divorcio es la vivienda familiar. Aquella en la que hasta la aparición de la crisis matrimonial ha sido el hogar del núcleo familiar. Incluso cuando existen otras propiedades, como casas de verano, la forma de liquidar una vivienda que ha sido la familiar es lo más controvertido. En Vilches Abogados Madrid encontrarás expertos abogados de familia, de nuestra experiencia sabemos que cada caso es diferente. Cuando escribimos de estos temas en nuestro Blog somos conscientes de que no llegamos a todas las posibles circunstancias. En nuestro despacho revisaremos vuestro caso y os daremos la mejor solución posible.

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