informe psicosocial

Informe psicosocial, qué es, cómo y cuando en procesos de familia

Autor:  Manuel HernandezMar Pérez (perito foreste social) 

En los procedimientos contenciosos de familia, en los que los progenitores defienden posiciones antagónicas, una clave fundamental para que los letrados podamos defender los intereses de nuestros clientes son los informes de los equipos psicosociales. 

Existen muchas preguntas alrededor de lo que es y como se realiza un informe psicosocial

En este artículo, nuestros abogados matrinonialistas te cuentan en qué consiste una pericial psicosocial y cuál es el papel de estos profesionales en los procesos de familia en los que hay hijos menores de por medio.  

Lo primero de todo cuando hablamos de la custodia de los menores, debemos tener en cuenta que es el interés del menor lo que debe primar. Especialistas en la materia, abogados con experiencia quitan muchos quebraderos de cabeza y llevan los procesos adelante con el menor contratiempo posible para la familia.

Caso de Exito:

En la actualidad tanto la jurisprudencia como el sentir general nos indican que la custodia compartida es el «ideal», lo cierto es que no siempre es lo mejor para el menor. Como es el interés de este el que debe primar en la decisión del tipo de custodia, no siempre será la compartida la elegida. En ocasiones asuntos como la edad del menor o el resultado del informe psicosocial pueden decantar el sentido de la decisión final.

Sin duda el informe psicosocial es una cuestión controvertida en todos los procesos con hijos en común. Hay que entender que a pesar de no ser vinculante para el Juez, es un informe que indica el sentido de la custodia. Ya el fin del mismo puede herir susceptibilidades, las más de las veces a uno de los progenitores, pero no en pocas a ambos. También encontraréis detractores por lo que tiene de intromisión en la vida privada de las familias.

¿Quién realiza el informe psicosocial?

Los equipos psicosociales están configurados por un asistente social y por un psicólogo especializado en psicología infantil.

En el contexto de un procedimiento contencioso de familia, estos profesionales analizan, con base en sus conocimientos técnicos, cuál pudiera ser el mejor sistema de custodia y el sistema dentro de esa custodia al objeto de determinar las visitas o repartir la custodia compartida. 

informe psicosocial

¿Quiénes pueden solicitar la prueba psicosocial?

Pueden hacerlo cualquiera de las partes (progenitores) a través de una petición formalizada por sus respectivos letrados, e incluso puede hacerlo el mismo juez.

Es decir, en los procedimientos de familia los letrados necesitamos apoyarnos en estos profesionales para todas aquellas cuestiones en las que nos vamos fuera de las solicitudes de la custodia compartida, que es sistema de guarda y custodia ordinario.

Cuándo tiene lugar este informe psicosocial

Hay casos en los que se puede entender que el informe no es absolutamente necesario. Esto es cuando los menores están en edades más cercanas a la mayoría de edad, entre los catorce y diecisiete años. En estos casos se puede entender que dado el estado de madurez de los menores, su opinión puede ser tomada en consideración para decidir con quien debe vivir. La decisión se toma con esa opinión y el resto de pruebas que aporten las partes en el proceso. Aunque debemos recordar que se trata de una prueba que las partes pueden proponer.

Estamos ante una prueba pericial, llevada a cabo por profesionales adscritos al Juzgado. Las partes pueden pedir la realización de la misma para sostener sus pretensiones. Al tiempo si las partes no la solicitan, en favor del interés del menor puede ser practicada a petición del Juez o del Ministerio Fiscal. En ocasiones alguna de las partes acompaña como parte de sus pruebas un informe pericial privado. Es bastante fácil de entender que en ese caso el Juez puede estimar que la prueba es interesada. En cualquier caso cabe recordar que el resultado del informe psicosocial no es vinculante para el Juez.

Desafortunadamente en muchas ocasiones los letrados nos encontramos con que los tiempos de la Justicia en procesos de familia son muy lentos porque muchos juzgados no tienen adscritos equipos psicosociales.

Cuando un profesional solicita un informe psicosocial en un Juzgado que cuenta con un equipo de este tipo es relativamente rápido que se lleve a cabo todo el proceso de valoración por parte del equipo psicosocial, emisión del informe y celebración de la vista judicial.

Qué recoge este informe psicosocial

El informe debería recabar cómo es y se desarrolla la relación de los menores con sus padres. Cómo es la relación entre los padres. Cómo se llevan las cuestiones fundamentales, la educación, la manutención, y cómo se está llevando en la práctica la custodia y régimen de visitas. Porque en ese momento la situación es eventual pero el cómo se esté produciendo puede dar pistas de cómo será en el futuro. Sobre los padres se debe evaluar cuestiones como su capacidad y grado de motivación. La disponibilidad laboral en relación con los cuidados necesarios de los menores. Las ayudas de familiares en estas cuestiones is existen. Todas estas cuestiones sirven para valorar las posibilidades de cada uno a la hora de enfrentarse a las funciones de ser padres.

Por supuesto una de las partes fundamentales del informe, es desentrañar si el menor o menores tienen alguna preferencia. Si prefieren convivir con uno de los progenitores, si que sea con uno u otro no va a ser relevante. Si la mejor formula es en la que se comparte esa función. Porque salvo en casos en los que acontecen asuntos más complicados, lo cierto es que los menores lo que quisieran es seguir como siempre.

Así las cosas el informe debe proponer en sus conclusiones un tipo de guarda y custodia para el caso concreto. Una propuesta de régimen de visitas para el caso de que un progenitor no tenga la custodia. Lo ideal sería que también plantease una régimen similar para los abuelos por parte del progenitor no custodio. Los abuelos esos grandes olvidados en ocasiones, sin comerlo ni beberlo. El informe o más bien el trabajo para redactarlo, debería ser lo suficientemente exhaustivo como para descubrir casos de síndrome de alienación parental. Por supuesto en caso de ser localizado se debe hacer constar así en el informe. Todas estas conclusiones se deben pronunciar con un solo fin la defensa de los intereses de los menores, por encima del resto de consideraciones.

Cómo se desarrolla la pericial psicosocial en los procedimientos contenciosos

Como decimos, los equipos psicosociales intervienen en procedimientos judiciales de Derecho de familia, como por ejemplo divorcios, separaciones o medidas paterno-filiales efectuando una investigación en profundidad para determinar qué medidas son más convenientes en el caso concreto y plasmando sus conclusiones en lo que se conoce como el informe o el dictámen psicosocial.

Ese informe será ratificado posteriormente en sede judicial, momento en el cual tanto las partes, como el Ministerio fiscal y el Juez pueden efectuar las preguntas que consideren necesarias.

Para analizar a la familia se tienen en cuenta varios factores tanto psicológicos como conductuales. El psicólogo y el trabajador social analizan en profundidad a cada uno de ellos y cómo interactúan entre ellos. Entre otros elementos se analiza

  • la capacidad parental
  • los perfiles psicológicos que tienen en la educación
  • sus habilidades
  • los proyectos a corto y a largo plazo
  • la salud, etc.

Para ello, tanto el trabajador social como el psicólogo efectúan un análisis en profundidad empleando técnicas no invasivas y creando un ambiente cercano para preservar a todas las partes en general y a los hijos menores de edad en particular. Todo ello sin perder de vista que la finalidad de la valoración es facilitar al juez la toma de las medidas oportunas en relación con la guarda y custodia de esos menores.

El objetivo es acompañar a la familia en el procedimiento judicial en cuestión tratando de minimizar la aparición de conflictos y facilitar al juez la tarea de determinar cuál es el mejor sistema de custodia en cada caso.

Habitualmente los informes suelen constar de tres partes diferenciadas, a saber, los antecedentes, la valoración y una última parte de conclusiones.

¿Quién solicita o puede solicitar el informe pericial psicosocial?

Por lo general los abogados solicitan esta prueba pericial en la demanda o en la contestación a la misma. Pero el momento de proponerla es en el juicio oral. El Juez decidirá sobre la conveniencia o no de esta prueba. En caso afirmativo marca la fecha para la misma. El juicio seguiría adelante con la presentación del resto de pruebas por las partes. Después quedaría en suspenso el plazo para que se dicte sentencia, hasta que se realice el Informe Psicosocial.

Este formato es sin duda lo que más controversia concita del informe

El Equipo encargado de hacer el informe citará a los menores y sus padres en su sede. Primeramente se entrevista al progenitor que en ese momento tiene la custodia del menor.  Otra entrevista con el menor y a otra hora se entrevista al segundo progenitor. Este formato es sin duda lo que más controversia concita del informe. Que éste se quede solo en estas tres entrevistas. Porque en realidad son fotos fijas de una realidad que está en movimiento.

En ellas los adultos tendemos a intentar demostrar que somos merecedores del premio «padres del año». Y no es poco usual que el menor o menores, vengan «adoctrinados» de casa por el progenitor con el que conviven en ese momento. No olvidemos que si estamos llegando hasta aquí no ha habido voluntad de entendimiento entre los progenitores. Esto es en romano paladino que o no me hemos ante-puesto el interés del menor al nuestro o que la situación es poco menos que un infierno. Ambas opciones igual de malas y perniciosas para los menores.

Lo ideal es que se realizarán otras acciones colaterales al margen de las entrevistas personales. Se nos ocurren las visitas en el entorno donde vive el menor, el domicilio, la escuela… Mantener un contacto telefónico fluido con el menor o menores, pero lo cierto es que el nivel de trabajo de los Juzgados y su falta de medios impide un trabajo en profundidad en la mayor parte de los casos.

El problema de la falta de equipos psicosociales

Pero, ¿qué sucede cuando el Juzgado no cuenta con uno de estos equipos y necesitamos una valoración psicosocial de la familia? Que el procedimiento se retrasa muchísimo, perjudicando directamente a las familias y a la vida de estas personas.

Que soluciones tenemos para preservar los intereses de nuestros clientes

Afortunadamente en estos casos la jurisprudencia nos habilita a los abogados de familia a solicitar al juez a instancia de parte que se recurra a un equipo psicosocial externo para paliar esta carencia de equipos psicosociales que existe en muchos juzgados.

La autoridad judicial está obligada a autorizar que el informe psicosocial necesario para el procedimiento se haga con el equipo externo que propongamos en lugar del equipo psicosocial judicial y las partes del proceso, los progenitores y los menores, tienen que acceder a la investigación de dicho equipo psicosocial externo.

Esta posibilidad nos permite acelerar el procedimiento y aportar una solución a favor de los menores involucrados en el proceso lo más rápido posible.

Qué hace el Juez con el informe

Y hasta este punto era al que queríamos llegar. EL informe psicosocial no es vinculante para la decisión del Juez. Es decir que la propuesta de custodia que incluye el mismo puede o no ser la misma que decida el Juez. Después de aportar al juzgado el informe, el equipo psicosocial deberá comparecer para ratificar el contenido del mismo. Así como para contestar a las preguntas de los abogados de las partes. Al final las partes deben hacer su propia evaluación de la prueba pericial aportada. El proceso quedará ya pendiente de que el Juez dicte sentencia, bien otorgando la custodia a un progenitor o optando por la custodia compartida.

 

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