Vilches Abogados Madrid
91 575 90 82
Solicitar Consulta 🎥
    Llámanos 91 575 90 82     PIDE TU CITA PRESENCIAL O VIDEOCITA
Facilidades de pago, consúltanos. No renuncies a la mejor defensa.
Vilches Abogados Madrid
  • Especialidades
    • Abogados de Familia
    • Abogados Herencias
    • Abogados Civilistas
    • Abogados Penalistas
    • Abogados inmobiliario
    • Abogados Sociedades
    • Abogados Bancario
  • Despachos
    • Abogados Madrid
    • Abogados Las Rozas
    • Abogados Móstoles
    • Abogados Majadahonda
    • Abogados Torrejón de Ardoz
    • Abogados Alcobendas
    • Abogados Getafe
    • Abogados en Tres Cantos
    • Abogados Pozuelo
    • Consulta Abogados Online
    • Despachos Colaboradores
  • Equipo
  • Conócenos
    • Sentencias Ganadas
    • El Bufete
    • Video Presentación
    • Opiniones clientes
    • Premios y Reconocimientos
    • Medios de Comunicación
    • Videos Legales
    • Método Vilches
    • La IA de Vilches Abogados
    • Trabaja con nosotros
  • Blog
    • Artículos del Blog
    • Actualidad Legal
  • Contacto
  • Menú
herencias particiones

Herencias: partición de la herencia

noviembre 16, 2015/0 Comentarios/en Derecho Sucesorio /por Vilches Abogados

Uno de los momentos más delicados del reparto de las herencias es sin duda la partición de las mismas, el proceso perfectamente regulado puede traer consigo tensiones y discrepancias entre los legítimos herederos, por ello es un tema del que debemos seguir hablando y dar más datos sobre las distintas opciones y variantes que podemos encontrarnos, hoy vamos a abordar algunas de esas cuestiones.

En el Bufete, por la experiencia de nuestro abogado herencias, tratamos con muchos casos, y cada uno de ellos con distintas peculiaridades, tanto en la gestión del testamento como llegado el caso en la partición y reparto del mismo, si necesitáis de asesoramiento legal en alguna de estas cuestiones, podéis poneros en contacto con nuestro Bufete, sin compromiso, en los medios que tenemos disponibles, el chat online de la esquina derecha, en nuestra página de contacto de la web, o si lo preferís en el teléfono 91 575 90 82 

Herencias: quién hace la partición

Qué vas a poder leer aquí:

  • Herencias: quién hace la partición
  • Partición de herencias: cómo se hace
    • Disolución de la sociedad conyugal y la colación
  • Otras cuestiones
  • Vender los derechos hereditarios
    • ¿Necesitas un abogado especializado en herencias?

Como ya hemos hablado en otros artículos, existen dos escenarios diferentes a la hora de la partición y reparto de las herencias, si se ha otorgado testamento o si no se ha otorgado testamento. Ante ambos escenarios se actúa como sigue:

  • Si se ha otorgado testamento, hay dos opciones, ene el propio testamento ya se ha incluido la partición de la herencia, o que este designado aquel que debe realizar la partición. En el primer caso la partición o distribución de los bienes se respeta, salvo que afecte a los herederos forzosos. Y en el segundo caso si los herederos no están de acuerdo con la valoración y/o el reparto de los bienes de la herencia podrán impugnar la partición.
  • Si no se ha otorgado testamento: lo más sencillo en este caso es que los herederos puedan llegar a un acuerdo de cómo distribuir la herencia, si existen herederos menores de edad, deben estar representados por quien pueda defender sus derechos. En el caso de que los herederos no sean capaces de llegar a un acuerdo de distribución se acudirá a la división judicial de la herencia.

Partición de herencias: cómo se hace

Al fallecimiento de una persona que no ha otorgado testamento, lo primero que se debe hacer antes de la partición y adjudicación de la herencia es determinar quién es heredero de la misma, este acto se denomina declaración de herederos o declaratoria de herederos. Existen dos formulas para llevarla a cabo, ante Notario en el lugar de residencia del fallecido si los herederos son el cónyuge, los descendientes o los ascendientes del fallecido. O ante un Juez del lugar de residencia del fallecido, si los herederos son personas distintas a las anteriores.

Una declaración judicial de herederos se debe solicitar por escrito ante los Juzgados de Primera Instancia, a la misma se le debe adjuntar el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades, el de matrimonio si existiese, y todos los documentos que sean susceptibles de demostrar o acreditar parentesco con el fallecido. La formulación de esta solicitud, puede ser por uno de los herederos en nombre de todos ellos.

Disolución de la sociedad conyugal y la colación

El fallecimiento de uno de los cónyuges conlleva la disolución del régimen económico matrimonial, esto influye necesariamente en la división de la herencia, pues se debe determinar que bienes y cuales no, son patrimonio del que ha quedado viudo y qué otros lo son del fallecido. Realizada ante Notario, es susceptible de impugnación si los herederos forzosos sostienen que les perjudica en sus derechos. En el caso de que existan donaciones en vida de padres a hijos, si no se indica lo contrario, se entienden que son adelantos a la parte correspondiente de herencia que les toca, por lo tanto el valor de la donación se resta de la cuota que le corresponde de herencia. El término técnico de esta acción es la colación de la herencia.

Otras cuestiones

Entre otras cuestiones alrededor de las herencias, su partición y reparto, nos encontramos siempre ante algunas dudas como quién corre con los gastos de la partición de la herencia, bien pues si la partición se ha realizado para el beneficio de todos los herederos, los gastos corren a cuenta de la masa hereditaria, y si ha beneficiado a un único heredero correrán a cargo de éste.

En el supuesto de que la herencia se vea afectada por deudas sin saldar por parte del fallecido, se dan algunas variables que pueden incidir en el proceso de partición y reparto de la herencia, tanto es así que los acreedores pueden oponerse a la partición de la misma, hasta o que bien les sean abonadas las cantidades adeudadas o se asegure el pago de las mismas. En ningún caso podrán exigir la división judicial de la herencia. Para poder oponerse a la partición deben darse alguna de estas circunstancias, estar identificados en el testamento, que sean reconocidos por los h

Vender los derechos hereditarios

Es normal que los herederos piensen que al fallecimiento del poseedor de un determinado bien, del que ellos son legítimos herederos, pueden inmediatamente disponer del mismo y vendérselo a un tercero, y no es exactamente así, los bienes de una herencia no pueden ser vendidos hasta que no son adjudicados formalmente al heredero, o bien con el procedimiento judicial del que ya hemos hablado, o con la escritura de partición y adjudicación de herencia que se realiza ante un Notario. Es decir que ni siendo el heredero único de una herencia se podrá disponer de los bienes hasta su correcta adjudicación.

 

¿Necesitas un abogado especializado en herencias?

Etiquetas: Derecho Sucesorio
Quizás te interese
cuaderno particional Cuaderno particional: herencias
herencias millonarias Herencias millonarias e impuesto de sucesiones
derecho hereditario Cónyuge viudo y derecho hereditario
Testamento nulo - Vilches Abogados Madrid Testamento nulo
vivienda ocupada por un heredero ¿Qué hay que hacer si la vivienda que heredamos está ocupada por un heredero?
vivencia en herencia Transmitir una vivienda, formas de hacerlo
0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja un comentario Cancelar respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Lo último en el Blog:

  • Testamento solidario: un gesto que deja huellajulio 14, 2025 - 7:29 am
  • Derecho al olvido, la manera de protegerte de internetjulio 7, 2025 - 8:19 am
  • Menores y violencia de género: ¿qué peso tiene su testimonio?junio 30, 2025 - 7:24 am
  • 12 claves en la partición de una herencia (por si no sabes ni por dónde empezar)junio 23, 2025 - 8:16 am
¿Necesitas un Abogado?
Llámanos 915 759 082
PIDE TU CITA o VIDEOCITA
ó si lo prefieres te llamamos nosotros:


(Solo Disponible para España)

Despachos en:

Despacho en Madrid

Despacho en Las Rozas

Despacho en Móstoles

Despacho en Majadahonda

Despacho en Pozuelo

Despacho en Torrejón de Ardoz

Despacho en Tres Cantos

Despacho en Alcobendas

Despacho en Getafe

Nuestro Bufete

Bufete fundado en 2001 con más de 30 profesionales de la abogacía a su servicio

Somos especialistas en:
Familia, Herencias, Civil, Penal, Bancario, y Mercantil

Redes Sociales:

  • Facebook
  • Instagram
  • Twitter
  • YoutubeLinkedin

Linkedin

 

OFICINA CENTRAL

Vilches Abogados

C. de Jorge Juan, 78, 5B, 28009 Madrid
T: 915 75 90 82
despacho@vilchesabogados.com

  • Aparcamiento público disponibleParking cercano: Parking Corte Ingles “clik and car” Felipe II.
  • Llegar en MetroMetro Goya: líneas M2, M4 y M6.
  • Cercanías C1, C10, C8.
  • Llegar en BusAutobuses: 21, 26, 263, C1, C2.y E2

© Vilches Abogados 2020 - Política de Cookies y Términos legales - Vilches Abogados Madrid
Desplazarse hacia arriba

Este sitio utiliza cookies. Al continuar navegando por el sitio, usted acepta nuestro uso de cookies.

OK

WhatsApp