Custodia Compartida

Todo lo que tienes que saber en caso de divorcio o separación: Guía completa

¿Sabes lo qué es la custodia compartida? Aquí vamos a hablar de qué es, te contaremos todo lo que necesitas saber para estar bien informado y conocerás los tipos de custodia compartida y también como solicitarla.

custodia compartida

¿Qué es la custodia compartida?

La custodia compartida establece un régimen de custodia de los hijos para ambos progenitores en igualdad de condiciones, con los mismos derechos y obligaciones. Ambos padres comparten el cuidado de los hijos por igual, los periodos varían según cada familia, pudiendo establecerse por días, semanas o meses. Los gastos de manutención se comparten por ambos padres y los hijos pueden vivir en la casa familiar, alternándose los padres, o bien que los menores se trasladen al domicilio de cada progenitor. La custodia compartida puede solicitarse existiendo o no matrimonio, es decir que puede darse sin estar casados los progenitores.

Antes de seguir, una pregunta:

¿Sabes si la custodia compartida es para ti?

Tras la modificación Jurisprudencial de la ya famosa Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 29 de abril de 2013, se fijó doctrina en torno a la interpretación de los apartados 5, 6 y 7 del artículo 92 del Código Civil en lo relativo a los presupuestos que han de concurrir y valorarse para que pueda adoptarse, en interés del menor, el régimen de guarda y custodia compartida.

La Sentencia, de la que fue ponente el Magistrado D. José Antonio Seijas Quintana, recuerda que tras la Sentencia del Tribunal Constitucional 185/2012 de 17 de octubre de 2012, la adopción del régimen de guarda y custodia compartida depende, únicamente, de la valoración que merezca al Juez la adecuación de dicha medida al interés del menor, siendo punto de partida que la guarda y custodia compartida no es lo excepcional sino que debe ser la regla general siempre que no resulte perjudicial para el menor, pues “el mantenimiento de la potestad conjunta resulta sin duda la mejor solución para el menor en cuanto le permite seguir relacionándose establemente con ambos padres”.

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Requisitos para pedir la custodia compartida

  1. Que el régimen de custodia compartida sea más beneficioso para los hijos que el de custodia monoparental.
  2. Que ambos progenitores vivan en la misma localidad y que los domicilios de ambos estén cercano.
  3. Buena relación entre ambos progenitores. Que exista compatibilidad de criterios entre los padres y disponibilidad laboral para que ambos progenitores puedan dedicarse a desarrollar una efectiva custodia de calidad.
  4. Acreditar la implicación de ambos padres en la vida cotidiana de los hijos.
  5. Debe de existir una relación de tolerancia y respeto entre los progenitores, siendo importante la efectiva comunicación para el beneficio de los menores.

¿Qué implica la custodia compartida?

¿Qué implica la custodia compartida?

El reparto equitativo de la convivencia del menor o menores entre los progenitores. En la mayoría de los casos ausencia de pensión de alimentos, aplicándose un reparto equitativo (en función de los ingresos de los progenitores) de los gastos de los menores. Se trata del sistema ordinario de custodia. 

¿Quién decide la custodia compartida?

¿Quién decide la custodia compartida?

En un primer término los progenitores por vía de acuerdo, y en caso de desacuerdo un juez de primera instancia en un procedimiento de divorcio o separación contencioso, o en caso de que los progenitores no estén casados, en un procedimiento de medidas paternofiliales

¿Cómo se reparten los gastos de los hijos en un divorcio custodia compartida?

¿Cómo se reparten los gastos de los hijos en un divorcio custodia compartida?

En las custodias compartidas los gastos de los menores se distribuyen equitativamente en función de los ingresos de los progenitores. Cuanta más ingresos tiene un progenitor más debe aportar a los gastos de los menores. Comúnmente se calculan todos los gastos de los menores y se aplica una regla de tres con los ingresos de cada progenitor para hallar el porcentaje que cada uno debe abonar.

¿Cuándo se deniega la custodia compartida?

¿Cuándo se deniega la custodia compartida?

La custodia compartida se deniega en excepcionales circunstancias, muchas de ellas guardan relación con la edad de los menores, la equidistancia de domicilios, los horarios laborales o la mala relación entre progenitores. En caso de denegarse se realiza en sede de procedimiento judicial por un Juez de primera instancia en virtud de sentencia que puede ser recurrida en apelación.
la pension de alimentos en la custodia compartida. ¿ es compatible?

Tipos de custodia compartida

  1. Custodia compartida conjunta:

Ambos progenitores conservan todos sus derechos y deberes que implican el desarrollo de la paternidad. Consiste en un tipo de solución que intenta que los niños se desarrollen como si estuviesen viviendo en una familia completamente normal, donde todos los miembros comparten hogar. Aunque eso no quiere decir que los miembros de la ex-pareja tengan que  vivir juntos.

En este caso y, dependiendo de la decisión judicial, los menores pueden tener dos domicilios, uno por cada uno de sus padres y que coincidirá con el lugar de residencia de cada uno de los progenitores. En este caso, los hijos vivirían bajo el techo del progenitor a quien le toque la custodia en cada momento.

El juez también puede decidir que la vivienda familiar sea el que fue domicilio conyugal hasta el momento de la separación o divorcio. En ese caso los niños siempre vivirán en esa casa y serán sus padres quienes se alternen en ella, en función del derecho a ejercer su periodo de custodia compartida.

  1. Custodia compartida alterna:

La custodia compartida que existe es alterna en aquellos supuestos en los que cada progenitor tiene su vivienda y son los menores los que durante un periodo establecido de semanas, quincenas o meses residen de manera alterna con cada progenitor. En este supuesto, que es el más ordinario, que en ese momento no esté conviviendo con sus hijos, tiene derecho a que se establezca un régimen de visitas para poder estar con los menores.

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Despacho asociado a la AEAFA (Asociación Española de Abogados de Familia www.aeafa.es) con más de 15 años de experiencia en derecho de familia.

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¿Cómo solicitar la custodia compartida?

La custodia compartida puede solicitarse cuando existe mutuo acuerdo de las partes o bien interponiendo un procedimiento de solicitud de custodia contenciosa, cuando no existe el acuerdo previo. Para ambos procedimientos lo mejor es contar con el asesoramiento de un equipo de profesionales.

Solicitar la custodia compartida de mutuo acuerdo:

  • Es importante tener un consenso entre las partes, si es así puede realizarse con el mismo abogado, aunque si hay ciertas discrepancias cada uno debería tener su propio abogado.
  • Los acuerdos alcanzados se plasman en el convenio regulador. Un buen convenio regulador detallando las obligaciones y las cuestiones de las que cada progenitor se ocupará es clave para el mejor funcionamiento de la custodia compartida. Evitará discrepancias y reducirá los conflictos que puedan desencadenarse en un futuro.

Solicitar la custodia compartida sin acuerdo

En casos en que una de las partes decida solicitar la custodia compartida no queriendo la otra partes, se deberá acreditar una buena propuesta, coherente y mientras se cumplan los requisitos anteriormente  citados necesarios para las custodias compartidas. En la mayoría de los casos estas custodias requieren de interposición de demanda y de la decisión de un juez.

¿Hay pensión de alimentos en una Custodia Compartida?

En el desarrollo de una custodia compartida no suele existir derecho de pensión de alimentos a favor de uno de los progenitores, salvo acuerdo de los progenitores en el convenio regulador.

Los gastos comunes de los menores se soportan por ambos progenitores en proporción a sus ingresos, de manera que con una simple regla de tres podemos en función de los ingresos medios netos anuales determinar que porcentaje debe ingresar cada progenitor en una cuenta conjunta (mancomunada o solidaria) que se abra al efecto de abonar los gastos comunes de los menores, como son las cuotas escolares, material escolar, uniformes, clases extraescolares, etc., ingresando en esa cuenta la misma cantidad cada progenitor. No son gastos comunes aquellos que se individualicen en una custodia compartida alterna en cada domicilio (véase, alimentación).

Así la Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de octubre de 2015 del Ilmo. Magistrado Ponente Francisco Javier Arroyo Fiestas señaló que: «A falta de acuerdo, el reparto del tiempo de custodia será semanal y satisfarán directamente los alimentos del menor en su propio domicilio, abonando los gastos ordinarios y extraordinarios al 50%.»

Sin embargo tras esta Sentencia, el Tribunal Supremo debió pronunciarse sobre aquellos supuestos en los progenitores tuviesen un desequilibrio importante de patrimonio e ingresos y por tanto determinar si era acorde antes esta situación que los gastos de los menores se abonasen al 50% por cada progenitor. Esta cuestión fue abordada por el Tribunal Supremo en su Sentencia del Ilmo. Magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas de 11 de febrero de 2016 declaró que la existencia de una custodia compartida no eximia per se el pago de una pensión de alimentos en los casos de importantes diferencias entre patrimonios: Esta Sala debe declarar que la custodia compartida no exime del pago de alimentos, cuando exista desproporción entre los ingresos de ambos cónyuges, o como en este caso, cuando la progenitora no percibe salario o rendimiento alguno ( art. 146 C. Civil), ya que la cuantía de los alimentos será proporcional a las necesidades del que los recibe, pero también al caudal o medios de quien los da”.

De esta manera y a partir de esta Sentencia se abrió la posibilidad judicial en aplicación a la referida Sentencia, de solicitar Pensión de Alimentos a favor de un progenitor en base a la extrema y manifiesta disparidad de ingresos entre los progenitores.

¿Qué ocurre si incumples la custodia compartida?

El incumplimiento reiterado de este régimen conlleva consecuencias jurídicas graves. Se puede optar entre dos opciones:

  • Interponer una demanda de ejecución de la sentencia, requiriendo de abogado y procurador.
  • Interponer una demanda solicitando una modificación de las medidas establecidas inicialmente, requiriendo de abogado y procurador.

Revocar la custodia compartida, ¿es posible?

Es posible revocar una sentencia de custodia compartida y cambiar el régimen establecido. Un claro ejemplo es una sentencia dictada por el Tribunal Supremo en mayo de 2016 donde se retiró la custodia compartida a un padre por la falta total de respeto, trato abusivo y dominante hacia la madre del hijo en común y por haber presenciado el menor este tipo de trato en reiteradas ocasiones.

Esto lo que viene a dejar claro es que para que exista una custodia compartida es absolutamente necesario que exista una relación de respeto entre los progenitores. Es imprescindible que existan unos mínimos de respeto y predisposición a la colaboración conjunta para que pueda darse este tipo de custodia y que el bienestar de los hijos prevalezca sobre los intereses de las partes.

En derecho de familia hay un principio máximo, lo que “funciona y es beneficioso para el menor no se cambia”, ahora bien, si la custodia establecida “no funciona” en términos de ser perjudicial para el desarrollo educativo y psicológico del menor, este debe ser modificado.

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