Vilches Abogados: Medalla de Oro a la Excelencia Profesional

A todo el mundo le gusta recibir reconocimientos por su labor y trabajo. La semana pasada acudimos en nombre de Vilches Abogados a recoger una distinción por nuestra trayectoria. A poco menos de un mes vista para que finalice este año 2017, este reconocimiento nos llena de orgullo y satisfacción. El secreto de nuestro despacho es sin duda el equipo humano. Un equipo humano que nos ha permitido afrontar en este año, que empieza su recta final, nuevos y complicados retos. La capacidad de trabajo de todos los mimbres que componen este cesto no ha encontrado aún su techo. Por eso nos embarcamos en nuevas campañas, y sabemos que en el próximo año seguiremos la misma tónica. Hoy os hablamos de esos retos en los que nos hemos sumergido en dos mil diecisiete, y por supuesto del reconocimiento del que ya os hemos empezado a hablar.

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Medalla Europea al Mérito en el Trabajo

Los reconocimientos forman parte de la labor profesional, y son producto del trabajo bien hecho de nuestro equipo. Así es siempre y así es en el caso que hoy nos ocupa, la Medalla Europea al Mérito en el Trabajo, a la que Vilches Abogados se ha hecho acreedor. Un reconocimiento a nuestra trayectoria que nos llena de satisfacción y al tiempo nos carga de más responsabilidad. Más responsabilidad para seguir mejorando día a día en el despacho. Porque entendemos que no nos podemos quedar en los hitos conseguidos. Hay que seguir buscando nuevos retos y superando los mismos.

Asociación Europea de Economía y Competitividad

Esta Asociación nace con un claro objetivo. El de promover, desarrollar y reconocer los mecanismos de las empresas, cuyo fin es un buen desarrollo empresarial en el competitivo contexto de la Unión Europea. Así las cosas, la Asociación Europea de Economía y Competitividad, reconoce las medidas implementadas por las empresas en esa línea de acción. Al tiempo, conciencia en la relevancia de las empresas en el estímulo a la creación de futuros empresarios. Como fuente de inspiración, y un espejo en el que verse reflejados.

La misión de la Asociación se puede articular en las siguientes líneas de acción:

  • la promoción del espíritu empresarial,
  • apuesta por la formación,
  • la excelencia empresarial,
  • apoyo a la internacionalización de las empresas,
  • y el fomento de la Responsabilidad Social Corporativa.

Medalla Europea al Mérito en el Trabajo

Vilches Abogados recibió el pasado viernes 9 de junio la Medalla Europea al Mérito en el Trabajo, otorgada por la Asociación Europa de Economía y Competitividad, un galardón que reconoce el espíritu empresarial dentro del marco europeo, la trayectoria profesional y la ética en el mundo de la abogacía.

Manuel Hernández, director y socio fundador del bufete Vilches Abogados, recogió el premio durante una cena de gala que tuvo  lugar en el hotel Eurobuilding de Madrid y durante la cual agradeció este reconocimiento a una carrera basada en la abogacía de calidad y la satisfacción de sus clientes.

El premio concedido tras pasar la nominación propuesta al Consejo,  reconoce el servicio  relevante a la Unión Europea,  el espíritu empresarial  y el extraordinario trabajo dentro del mundo del derecho, otorgando a Vilches Abogados un certificado  de calidad por su trayectoria profesional.

La gala presentada por la periodista Ana García Lozano, fue presidida por Doña Myriam de la Sierra y Urquijo, Presidenta de la asociación, junto al Sr. D. José Luis Barceló Mezquita, Vicepresidente y Editor-Director del diario El Mundo Financiero y contó con la presencia de conocidos empresarios como Kike Sarasola que fue nombrado Consejero de Honor de la asociación.

Medalla Europea al Mérito en el Trabajo

 

Agradecidos y responsabilizados

Así es como nos sentimos después de recoger este premio. Esta Medalla Europea al Mérito en el Trabajo, nos satisface especialmente. Los fines y misión de la Asociación Europea de Economía y Competitividad, no solo nos parecen imprescindibles, también nos inspiran. Por lo que podemos decir, sin miedo a equivocarnos, que van muy bien encaminados en la consecución de su objetivo. A continuación os dejamos algunas imágenes del evento.

Salón antes de la celebración – Vilches Abogados

 

Momento en el D. Manuel Hernández recibe la Medalla Europea al Mérito en el Trabajo

Procurador: para qué sirve

La figura del procurador en nuestro sistema judicial es complementaria a la del abogado, en ningún caso las funciones de ambas figuras se han de solapar, en principio las funciones y misiones de abogado y procurador están claramente diferenciadas. Existe una corriente de pensamiento que opina que la figura del procurador es susceptible de ser eliminada, incluso hay «disputas» entre abogados y procuradores sobre la línea divisoria de las funciones de ambos, nosotros no vamos a entrar en esas diatribas que finalmente no suman, solo restan, nuestro objetivo es más didáctico para que las personas que no están muy familiarizadas con el sistema judicial y sus distintos actores puedan saber qué y quién es cada uno de ellos.

Procurador: Qué es

El procurador es una figura que aparece en muchos ordenamientos jurídicos, en cada uno de éstos se le asignan distintas atribuciones o funciones, el procurador de los tribunales es un licenciado en derecho, que debe estar inscrito en el Colegio de Procuradores, él se encarga de la representación procesal de las partes en juzgados y tribunales. Representa el canal de comunicación entre el tribunal y su cliente, facilitando el desarrollo del proceso.

Procurador: su misión

La misión principal de un procurador es la representación técnica de los ciudadanos que sen parte en los procedimientos judiciales, ante el tribunal o juzgado que conoce su caso, y realiza esta misión colaborando con los distintos órganos jurisdiccionales, al tiempo que defiende los intereses de su representado, agiliza los distintos procesos judiciales, realizando los trámites como notificaciones, emplazamientos, abonando los gastos del proceso administrando la provisión de fondos realizada por su representado, en definitiva asiste a los actos procesales en representación de su cliente.

Procurador: sus funciones

Vamos a realizar una lista de algunas de las funciones que ostenta el procurador, como actor dentro de los procedimientos judiciales:

  • Representa en los procesos judiciales a los litigantes, esto es ante tribunales y juzgados, donde se conozcan las causas, hasta el cese de su labor.
  • Tramita los distintos oficios que libera el órgano judicial competente, independientemente de la naturaleza de los destinatarios.
  • Al tiempo se encarga de tramitar aquellos mandamiento del Juzgado, que se pueden dirigir por ejemplo a registros de la propiedad, mercantiles, notarios…
  • En cumplimiento del Artículo 172.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, tramitará los exhortos que el juzgado dirija a otro órgano judicial.
  • Se encarga de publicar anuncios oficiales y edictos, en el B.O.E. o boletín oficial de la Comunidad Autónoma que corresponda, así como en los periódicos de tirada nacional o local, según proceda.
  • Realizará la gestión y pago de las distintas tasas judiciales, así como la gestión y los pagos de los depósitos que legalmente se exijan para interponer recursos.
  • Se encarga de la presentación física de los escritos redactados por el letrado, en la línea de complementar sus funciones y atribuciones.
  • Ha de transmitir al Abogado, la documentación, antecedentes e instrucciones, que le sean tanto remitidas, como las que él mismo pueda adquirir.
  • Realizar todas las acciones necesarias para defender los intereses de su cliente, para ello le tendrá al corriente del estado del proceso, al mismo tiempo que a su abogado.
  • En cumplimiento de los Artículos 276 a 280 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, trasladará a las demás partes los escritos de su cliente, para agilizar el proceso.
  • En el supuesto de que el Abogado de su parte cese en la defensa, deberá entregar el expediente al que asuma el mismo.
  • Si se diese el caso de no poder cumplir con alguna de las actuaciones, lo comunicará al tribunal o juzgado.
  • Recepciona y firma los emplazamientos, citaciones, requerimientos y notificaciones de toda índole, incluyendo entre estos las sentencias.
  • Es el encargado de realizar el cómputo de plazos y vencimientos, y procederá a recordarlo al letrado, y avisará a este de las fechas de las vistas, juicios y resto de comparecencias.

Estas son algunas de las funciones que tiene el procurador como actor de los distintos procedimientos judiciales en los que es preceptiva su presencia.

Un saludo.

Sistema judicial español

Para hablar y entender el sistema judicial español, lo primero a lo que tenemos que referirnos es al Artículo 1 de la Constitución Española: «España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.» Este principio de nuestro ordenamiento jurídico se desarrolla y explica en el Título VI de la Constitución. Vamos a desengranar el sistema judicial español, para explicar su funcionamiento y particularidades.

Nuestro estado tiene algo que es común a la mayoría de los estados democráticos, es eso que se denomina separación de poderes, esto es que se ha previsto una división horizontal de los distintos poderes para que mantengan su independencia entre unos y otros, no nos vamos a meter en hasta que punto esa independencia es real o si algunos de los poderes se inmiscuye en las áreas de otro, ese sería un debate práctico y hoy solo estamos en un plano teórico. El Estado Central tiene separados el Poder legislativo, el ejecutivo y el judicial, esa división horizontal convive con otra división vertical dentro de cada uno de esos poderes. En nuestro caso el que nos ocupa obviamente es el Poder Judicial que no es otra cosa que la suma de tribunales y juzgados, que formados por sus jueces y magistrados administran justicia en nombre del Rey, somos una monarquía parlamentaría y nuestro Jefe de Estado es el Rey.

Principios del sistema judicial español

Los principios sobre los que se asienta nuestro sistema judicial son los de:

  • imparcialidad, la Ley Orgánica del Poder Judicial, prohíbe la participación de Jueces y Magistrados en asuntos de los que tengan conocimiento, garantizando así la tutela judicial efectiva que la Constitución otorga a todos los ciudadanos,
  • independencia, los tribunales y juzgados tienen independencia respecto de cualquier otra autoridad, e incluso respecto de otros tribunales y juzgados, y de los órganos de gobierno del propio Poder Judicial,
  • inamovilidad, los jueces y magistrados no pueden ser apartados de su cargo, es decir no se les puede trasladar, jubilar, cesar, suspender, etc si no es por las causas que indica la Ley y con todas las garantías que esta dispone para esos casos, se persigue de esta forma el no poder «quitar del medio a un juez o magistrado molesto».
  • responsabilidad, jueces y magistrados son responsables de sus actos en el ejercicio de sus funciones, y en el caso de cometer infracciones disciplinarias y/o penales será exigible esa responsabilidad por la vía disciplinaria legalmente establecida e incluso penalmente, y en ello no intervendrán de ninguna forma los otros dos poderes.
  • legalidad, en el ejercicio de sus funciones, jueces y magistrados están sometidos a la Constitución y al resto del Ordenamiento Jurídico, y
  • contradicción, este principio es el que posibilita a las partes de un proceso judicial a discutir sobre los aspectos jurídicos del asunto del que se trata.

Sistema judicial español

El Órgano de gobierno del Poder Judicial es el Consejo General del Poder Judicial, los miembros de ese Consejo son nombrados por el Congreso y el Senado, el presidente de este Consejo es a su vez el Presidente del Tribunal Supremo. Desde el punto de vista judicial, España se vertebra territorialmente en Partidos, Provincias y Comunidades Autónomas. La gran variedad de asuntos tratados impone una especialización a los jueces y magistrados, por ello existe un división de funciones o de los casos que se «entienden», eso se consigue con la división de distintos ordenes jurisdiccionales con tribunales y juzgados específicos para cada uno de ellos, que son:

  • Orden Civil,
  • Orden Penal,
  • Orden Contencioso-Administrativo,
  • Orden Social.

Bien ya sabemos que hay una división territorial y una segunda por materias, a estas y debido a la gran variedad de temas a tratar y la especialización requerida se une una tercera división, existe la jurisdicción ordinaria (civil, penal y contencioso administrativa y de lo social) y la jurisdicción especial (la militar, Tribunal de Cuentas, Tribunales Consuetudinarios y Tribunal de conflictos Jurisdiccionales). En una entrada hablamos del ritual de los juicios y del escenario en el que se dirimían, bien esto nos lleva a la organización del sistema judicial español, existen los juzgados que están integrados por una sola persona el Juez, y los tribunales formados por varias personas los Magistrados. Es decir los órganos que imparten justicia pueden ser unipersonales (juzgados) o colegiados (tribunales).

Con la división de materias que hemos visto antes, entendemos que existan Salas de lo Civil, Salas de lo Penal, Salas de lo Contencioso-Administrativo, Salas de lo Social, y aparecen otras dos, Salas de lo Mercantil y Salas de Vigilancia Penitenciaria, con ellas se consigue tener especialistas en cada una de las materias de las que tratan, con un gran grado de tecnificación en las mismas. Esta división en salas las asimilan cada uno de los Tribunales existentes adaptándolas a sus particularidades especificas, vamos a verlos ahora.

Tribunal Supremo, su jurisdicción territorial es todo el Estado, es el órgano judicial superior en todos los Ordenes que vimos más arriba, pero tiene una salvedad no entra en materia de garantías constitucionales, para esa materia esta el Tribunal Constitucional.

Audiencia Nacional, su jurisdicción territorial es todo el Estado, conoce asuntos de excepcional relevancia, sobre todo en el ámbito penal. Y en su caso dispone de tres Salas, de lo Penal, de lo Contencioso-Administrativo y de lo Social.

Tribunales Superiores de Justicia, su jurisdicción es Autonómica, son la última instancia judicial en el derecho autonómico, tienen tres salas, Sala de lo Civil y Penal, Sala de lo Contencioso-Administrativo y Sala de lo Social.

Audiencias Provinciales, su jurisdicción territorial es su provincia, son competentes en materia civil y penal.

En las provincias, al tiempo y debido a la organización o división territorial de la que hablábamos al principio, en cada provincia pueden existir uno o varios Juzgados de lo Penal, de lo Contencioso-Administrativo, de lo Social, de Vigilancia Penitenciaria y de Menores, las sedes de estos están en las capitales de provincia, la jurisdicción territorial de estos juzgados se puede extender a varios partidos de la misma provincia y en ocasiones incluso a varias provincias de la misma Comunidad Autónoma, se suele hacer por motivos de eficacia y operatividad.

En los partidos judiciales, hay Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, son competentes en su ámbito territorial, son el principio de la división vertical del Poder Judicial, hemos llegado a la base del sistema judicial español.

Tipos de Jueces

Jueces de instrucción

En nuestro ordenamiento la «instrucción» equivale a la investigación de los hechos, por ejemplo en USA esta investigación la dirige el Fiscal y la lleva a cabo la policía. En temas de menores, los que cometen delitos o faltas con menos de dieciocho años, son los Fiscales los que asumen esa función. En el resto de casos son los Jueces de instrucción los que realizan esta función, algunos Jueces de instrucción de «rabiosa actualidad» son la Juez Alaya con el caso de los ERES, el Juez Castro en Baleares con el caso NOOS o el Juez Pablo Ruz con el caso Bárcenas entre otros.

Jueces sentenciadores

Una vez terminada la fase de instrucción, aparecen en escena estos Jueces que responden a la típica imagen que teníamos de los Jueces, antes de que el mayor protagonismo por ser el centro de los focos se lo llevasen los Jueces instructores. Pueden pertenecer a órganos unipersonales, con un solo Juez o tribunales colegiados, formados por tres magistrados. Están en todas las jurisdicciones penal, civil, social, contenciosa, son los que dictan sentencia sobre las cuestiones juzgadas.  Un ejemplo de un tribunal colegiado es el que formado por Fernando García Nicolás, Alfonso Guevara y Javier Gómez Bermúdez, magistrados de la Audiencia Nacional, juzgó el caso sobre los atentados del 11M.

Jueces de vigilancia penitenciaria

Tan «jóvenes» como nuestra Democracia son estos Jueces, que nacieron bajo su manto. Su función es proteger los derechos de los ciudadanos que cumplen condenas.

Juicios puesta en escena

En una entrada del mes de septiembre ya tocamos lo que venimos a llamar «el ritual de los juicios», os hablábamos entonces del orden y estructura de un juicio penal. Hoy vamos a contar algunas cosas respecto del «escenario» donde se realizan los juicios, la disposición de los actores y su colocación, de este asunto trata la entrada de hoy.

En el sistema judicial español, a diferencia de otros, las partes juez, secretario judicial, fiscal, acusación particular, abogados defensores y procuradores se sientan a la misma altura, ya sea en un estrado, tarima o escenario. Es una forma de expresar la «igualdad» de todos en el proceso. Al juez o magistrado le corresponde la función de «dirigir» el juicio, es él el que permite el uso de la palabra a unos y otros de acuerdo a una serie de reglas establecidas. El tratamiento que el resto de actores le dispensan es el de «señoría», a su vez el nombra al resto por su nombre oficial, «señor/a fiscal», «señor/a abogado/a de la acusación», «señor/a abogado/a defensor/a», «señor/a secretario/a» y «señor/a procurador/a».

Sala de vistas juicio de faltas

Si estuviéramos suspendidos en el techo de una sala de vistas veríamos una mesa central en la que se sienta el juez y a su izquierda se sienta el secretario judicial que hace el papel de «notario», pues da fe de lo que sucede en el juicio. A la derecha de esta mesa principal y en perpendicular se sitúa otra mesa donde se sienta el fiscal en el asiento más cercano al juez, y seguido de este el abogado de la acusación particular o de la acción popular, que actúa como fiscal de uno o varios damnificados. En paralelo a la mesa del fiscal y a la izquierda de la mesa central se sitúan el abogado defensor y el procurador de la defensa. frente a la mesa central y desde una posición que permite la visión de las otras dos mesas es desde donde declaran, de espaldas al público, el denunciado, acusado, testigos o peritos necesarios para la comprensión del caso que se juzga. El Tribunal se encuentra montado sobre una tarima que se eleva unos centímetros por encima del resto de la sala, el estrado. Enfrente de la mesa central a la derecha del juez el banquillo donde se sienta el denunciante en el caso de un juicio de faltas, y en el banquillo de la izquierda, respecto del juez, se sienta el denunciado en caso de faltas o el acusado si lo que se dirime es algún delito castigado hasta con cinco años de cárcel.

Sala de vistas de Audiencia Provincial

En este tipo de salas se enjuician delitos de cinco años de pena en adelante, que no estén incluidos en procesos en los que interviene el Jurado Popular. La mayor diferencia del escenario estriba en que el tribunal es colegiado, esto es formado por tres magistrados, que se sentarán en la mesa central acompañados del secretario judicial y un estenotipista. La mesa situada a la derecha de la central, estará ocupada por el fiscal, la acusación particular y la popular. La mesa de la izquierda respecto de la central, seguirá siendo la de la defensa. Se mantiene la ubicación de los banquillos y del público en el resto de la sala.

Ritual en los Juicios

Turno del fiscal

En un Juicio y en su escenario natural, la Sala de Vistas, no se deja nada a la improvisación todo esta sujeto a un guión que se repite de manera sistemática, es evidente que los actores pueden dar su seña personal a los distintos pasos. En un juicio penal, el Juez dirige el juicio y va dando paso a las distintas intervenciones, como un director de orquesta, se procede a la lectura de los hechos y cargos, por parte del Secretario Judicial, se realiza el interrogatorio al acusado si éste no se ha acogido a su derecho a no declarar. Comienza el interrogatorio de los testigos, si lo son a propuesta del Fiscal será éste el que comience, le siguen las acusaciones, la particular y la popular, finalizando con el turno del Abogado Defensor. Si los testigos son a propuesta de la defensa, empezará el Abogado Defensor y se seguirá el orden inverso al anterior, hasta el turno del Fiscal que cierra el interrogatorio.

Turno del interrogatorio

Toca el turno del interrogatorio de los peritos, si los hubiese, se sigue el mismo criterio de orden de interrogatorio que en los testigos, ya que pueden ser peritos oficiales o peritos propuesto por la defensa. A continuación se repasa la prueba documental, que son todos aquellos documentos, estén en el formato que estén, que sean relevantes para el caso. Se fijan las conclusiones, en este paso el Fiscal, las acusaciones y la defensa, pueden mantener, aumentar o disminuir las penas que exigían al principio del juicio. Se procede a la lectura y presentación de los informes de las partes, comenzando el Fiscal, después las acusaciones, cerrando el turno el Abogado Defensor. Por último el acusado puede ejercer su derecho a la última palabra. El caso está visto para sentencia y se levanta la sesión. Todo este proceso se realiza en Audiencia Pública, los ciudadanos tenemos derecho a asistir a todos los juicios, al ser públicos, lógicamente existen límites aunque solo sea por el aforo de las salas de vistas. Pero esta naturaleza pública de los Juicios representa la garantía de que se desarrollan de forma trasparente y en consonancia a lo que estipulan las leyes que conforman nuestro Estado de derecho.

Un saludo.

10 Novelas jurídicas que no te puedes perder

Hoy os traemos nuestra selección de títulos de novelas con temática jurídica, que tengáis una gran lectura.

Matar a un ruiseñor – 1960

Sí, es cierto, los que nos seguís sabéis que este título ya lo mencionamos en nuestros abogados de película, no podemos resistirnos y tenemos que volver a hablar de Atticus Finch el protagonista de esta novela de Harper Lee. La narración de los hechos acaecidos en un pueblo imaginario de Alabama, durante el periodo de tres años por parte de Scout Finch la hija de seis años de Atticus es de todo punto excepcional. Sin lugar a dudas hablamos de uno de los clásicos de la literatura moderna estadounidense, violación, prejuicios raciales y un abogado ejemplar con una moral a prueba de bombas, un retrato de una época y una sociedad, la americana que aún hoy sigue debatiéndose con los demonios de su pasado. ¿Qué más se le puede pedir a una historia?

La tapadera – 1991

John Grisham uno de los escritores que más ha indagado en el mundo del derecho en sus novelas, es sin duda el autor que más veces aparecerá en este recopilatorio. En ésta ocasión el protagonista es  Mitchell Y. McDeere, que como en muchos de los personajes de Grisham es un joven y prometedor abogado, licenciado por Harvard algo que sin duda deja huella, por su expediente puede elegir el sitio donde va a trabajar, y sorprendiendo a propios y extraños se decanta por una empresa de Memphis, la Bendini, Lambert & Locke. El trabajo en si mismo no parece nada del otro mundo, manejar grandes fortunas y temas de impuestos parecen ser el día a día de la firma. Todo parece que va a ser tranquilo y normal, pero al poco los acontecimientos le van demostrando que no, muertes, medidas de seguridad que parecen exageradas y la irrupción de un tipo que asegura ser del FBI cambiarán radicalmente la vida que el bueno de Mitch y su esposa Abby pensaban tener…

El peso de la prueba – 1991

Scott Turow es otro autor al que le van las novelas de abogados, ésta no será la última suya en este recopilatorio…. Stern es un prestigioso abogado, vive con su esposa Clara en una ciudad del Medio Oeste de EEUU, a la vuelta de un viaje de negocios a Chicago, se encuentra con el suicidio de su mujer, sin motivos aparentes. Al tiempo la empresa del cuñado de Stern está siendo investigada por el fiscal. ¿Tienen relación ambos sucesos? Desde luego Stern no se queda de brazos cruzados, necesita saber porqué… Empieza a indagar en los días anteriores al suicidio de su mujer, una gran cantidad sacada por Clara de su cuenta personal, un chequeo médico que ha sido ocultado, además tiene que ayudar a su cuñado en la investigación del fiscal, todo lo que va encontrando le conduce a un laberinto y a peligros que ni siquiera imagina…

El legado – 2002

Una novela de D.W. Buffa todo empieza con un caso muy sencillo, Jeremy Fullerton ha muerto en la calle por un disparo, un arma junto al cadáver en la acera y un joven negro que intentaba huir del escenario del crimen. Todo muy sencillo de no ser por quién era Jeremy, senador de los Estados Unidos y aspirante a gobernar el Estado de California. Nadie quiere defender al acusado, Jamaal Washington, nadie salvo Joseph Antonelli que abandona su bufete para defender al joven. El acusado no tiene el perfil de delincuente callejero, estudiante brillante de medicina en Berkeley, a esto se suma el pelotón de «enemigos políticos» del candidato a gobernador, pero Jamaal es incapaz de explicar qué hacía en el lugar del crimen. Corrupción política, tráfico de influencias, espionaje, dinero e intereses cruzados, una compleja trama que debe ser puesta a la luz para salvar a su cliente…

Una cierta justicia – 1997

Nos encontramos con la primera novela de este recopilatorio que no está escrita por un hombre, ¿habrá más? La autora es P. D. James. Venetia Aldridge es una abogada británica, de carácter difícil, con gran facilidad para complicar la vida de sus camaradas de profesión, divorciada con una hija a la que no tiene mucho afecto, amante de un parlamentario casado, brillante en su profesión pero de poco éxito en su vida privada. Defiende a un homicida de 21 años, pese a que ella está segura al 100% de su culpabilidad logra rebatir todas las pruebas del fiscal y lo deja en libertad. A las pocas semanas de ese juicio aparece muerta en extrañas circunstancias. Adam Dalgliesh es el encargado por Scotland Yard de investigar el caso, descubrirá que poco antes de la muerte de la abogada, su hija recién llegada a la mayoría de edad se ha casado desoyendo a su madre, y que el feliz marido es el homicida al que defendió la madre…

El proceso – 1925

Esta obra de Franz Kafka tiene una curiosidad, fue publicada en 1925 de manera póstuma, siendo una obra inacabada que terminó Max Brod basándose en el manuscrito de Kafka, entre otras cosas no podíamos dejar de traer a uno de los novelistas más influyentes de la literatura universal, y que además de escritor era abogado. Josef K. es arrestado y procesado por motivos que él desconoce, comienza una desesperada carrera por «saber» de qué se le acusa, narra con crudeza los laberintos y los horrores que esconde la burocracia, reglamentos, leyes que escapan de la comprensión de nuestro protagonista, la jerarquía de la justicia y su estructura abrumadora… En fin una suerte de «parábola» que alertaba en aquella época de lo que podía llegar a ser la justicia, la pregunta casi 90 años después es ¿estamos hoy más cerca de ese escenario?

El informe pelicano – 1992

Aquí tenemos de nuevo a John Grisham, los asesinatos de dos jueces del Tribunal Supremo en un pequeño intervalo de horas y quizás por el mismo asesino conmociona al país, el FBI no tiene ninguna pista, todo le conduce a un callejón sin salida. Una estudiante de Derecho en Tulane, Darby Shaw encuentra un vínculo entre ambos jueces y cree tener la clave de la muerte de ambos. Una explosión de una bomba en un coche de la que escapa por los pelos, la confirma que no debe andar muy desencaminada… Con la ayuda de un periodista Gray Grantham se enfrentan a lo que creen es una tapadera montada desde el poder, un nuevo Watergate.

Demanda infalible – 2000

Scott Turow, es otro de los novelistas que repite en esta lista, Robbie Feaver es un abogado muy famoso, se ha especializado en demandas por daños y perjuicios, su vida profesional es de un indudable éxito. Pero el «fisco» se mete en su camino, le acusan de ocultar ingresos en una «cuenta no declarada«, esto de no declarar cuentas bancarias nos suena ¿verdad? Llega a un acuerdo con el «gobierno» su no entrada en la cárcel depende de unas contra-prestaciones, debe obtener pruebas en casos de corrupción ayudando así a su gobierno y salvando su pellejo…

Altas esferas – 2006

Y repite un tercer novelista, en esta ocasión D.W. Buffa, repite y con el mismo protagonista el abogado Joseph Antonelli. En la lucha entablada en la carrera por la Casa Blanca un caso del pasado se convierte en la clave, pero ¿fue un accidente o un homicidio? Una joven muerta en el hotel donde se encontraban reunidos unos jóvenes estudiantes de derecho, que con los años se convertirían en la élite del país, es el arma que los adversarios políticos de un amigo están usando, todo vale para ocupar la Casa Blanca…

Tweed – 2013

Y terminamos esta entrega con un libro que aún no hemos leído, lo tenemos en «cola», se trata de la primera novela de Ismael Jorcano Pérez, abogado de profesión en esta novela nos cuenta el desembarco de un joven de una pequeña ciudad en el bufete más importante del país. Pedro el protagonista comprueba lo distinto que es todo fuera del entorno del que viene, y tiene que decidir entre el triunfo profesional y su propio código moral… Promete ser muy interesante, cuando lo hayamos leído os contaremos, y si alguno de vosotros ya lo ha hecho que no dude en contarnos su opinión.

Justicia y Religión

La confusión entre justicia y religión viene desde el origen de los tiempos, en esos orígenes las «sociedades» se regían ateniéndose a dos clases de normas, las costumbres de sus antepasados (tradición) y unos preceptos religiosos cuyo origen todos se avenían a considerar «divino». El contenido legal de esos preceptos es indudable, en esos tiempos se aceptaba que eran los Dioses los que imponían las leyes a los hombres.

Libros sagrados versus códigos legales

Es obvio que la confusión entre justicia y religión era bastante interesada, si lo decían los Dioses ¿qué podían decir en su contra los simples mortales? En la actualidad sigue confundiéndose, interesadamente, quizás no es tan exagerado en las sociedades occidentales, como en nuestro país que se refleja más en un tira y afloja de las altas esferas religiosas en su intento de influenciar moralmente en nuestras leyes, como la usada en los nuevos estados islámicos, que de forma tendenciosa mezclan tradiciones medievales, con textos religiosos y su propia «legalidad».

En la historia de la humanidad hay muchos ejemplos de libros religiosos que son un compendio de leyes y viceversa, el primero de todos el Código de Hammurabi, Entregado por el Dios Shamash al rey de Babilonia, Hammurabi, esta es una característica muy interesante el paso de estas leyes religiosas a los hombres es siempre por mediación de sus Reyes y jefes espirituales, que como todos sabemos siempre tienen abierta un línea directa con los Dioses. Este Código sirvió de base para las posteriores legislaciones de hebreos, griegos y romanos. Recogía en él la jurisprudencia anterior, articula en 52 columnas de texto cuneiforme acadio todo su contenido legal. Una de las mayores diferencias con las siguientes legislaciones, es que las sanciones buscan un castigo idéntico al daño causado, usa la llamada Ley del Talión, «ojo por ojo y diente por diente». Las legislaciones precedentes tratan de reparar el perjuicio ocasionado económicamente.

Los Diez Mandamientos, que Moisés recibió en sus cuarenta días y cuarenta noches en el monte. Esas dos tablas primeras las destruyó al volver al lado de su pueblo y observar consternado que adoraban al becerro de oro. Volvió al Monte Sinaí y pidió a Dios que perdonara a su pueblo, se otorgó el perdón y se selló la Alianza entre Dios y el pueblo de Israel. Con las dos tablas de nuevo esculpidas por Dios, regresó y les mostró los Diez Mandamientos. Estos son un compendio del Pentateuco o Torá para los judíos, una serie de normas que rigen las relaciones y la convivencia entre seres humanos.

El libro sagrado del Islam, el Corán, fue desvelado por Alá a Mahoma en sueños. Este código religioso es la base para todo un entramado legal y sociocultural, que rige las sociedades islámicas. Tiene 114 capítulos que se denominan suras, Mahoma fue trasmitiendo esas revelaciones de sus sueños oralmente, o escritas en hojas de palmera, cuero, e inclusos huesos. Posteriormente a la muerte del profeta, sus seguidores las reunieron en el año 632 en lo que conocemos hoy como El Corán.

Un saludo.

Justicia sus símbolos en distintas culturas

Los símbolos han sido usados desde la antigüedad por parte de los seres humanos para representar una idea, algún principio con mayor o menor nivel de abstractismo, con una representación más o menos simple se consigue comunicar una realidad más compleja. La Justicia no ha sido ajena a la simbología, en el transcurso de nuestra historia, han sido múltiples los símbolos usados, vamos a hacer un repaso por algunos de ellos.

 

Pluma del avestruz

Símbolo de Maat la diosa de la Verdad y de la Justicia, para los egipcios. Las plumas del avestruz son rectas e iguales, por eso se las eligió como símbolo de la Justicia, representaban el principio de igualdad de todos aquellos que se dirigieran a los Tribunales buscando o pidiendo justicia. En el momento del fallo el Juez dirigía una pluma hacia la parte que tenía la razón; tanto los faraones y los altos magistrados lucían abanicos conformados por plumas de avestruz.

La balanza

Representando el equilibrio de la Justicia, su capacidad para sopesar los diferentes puntos de vista acerca de una misma cuestión. Al tiempo se la relaciona con la espada que representa el poder y la autoridad para hacer cumplir e impartir las decisiones de la Justicia. Los egipcios fueron los primeros en usarla como símbolo relacionado con la Justicia, después fue asimilado por la Grecia antigua  y ha perdurado hasta nuestros días.

La Palmera

En los primeros tiempos del Cristianismo su iconografía represento a la Justicia con una palmera. Desde los tiempos de San Agustín 350-430 después de Cristo, la Justicia conforma parte de las cuatro virtudes cardinales, junto a sus compañeras la Fortaleza, la Templanza y la Prudencia. La Justicia se entendía como algo que trascendía a los asuntos terrenales, irguiéndose hacía el cielo, con rectitud. El tronco de la palmera recto y sin ramificaciones adicionales representaba perfectamente ese sentido de Justicia.

XII, el número de la perfección

Este número aparece asociado a la balanza y la espada, junto con el laurel y dos tablas similares a las de la Ley en las que se haya grabado el número 12; los números tienen una gran importancia en la tradición simbólica de la humanidad, el 12 en concreto representa la perfección absoluta, asimilada a la Justicia representa de ésta la perfección de la Ley y su capacidad para dar a cada parte lo que le corresponda. El 12 está presente en muchas cuestiones que tienen que ver con la religión y el Cristianismo, las doce tribus de Israel, los doce apóstoles, las doce puertas del Jerusalén celestial o los doce elegidos, también se encuentra en otros aspectos de nuestra vida, los doce signos del Zodiaco, los meses del año, las horas que componen el día y la noche…

Mazo o campanilla

El mazo un objeto muy usado en el cine, que vemos en casi todas las películas con juicio de por medio, tiene un incierto origen obviamente anglosajón, la masonería adoptó el mazo como símbolo propio a principio del siglo XVIII. En España los jueces usan otro objeto equivalente, la campanilla, que evidentemente tiene un origen eclesiástico lo que indica la «no separación» en la antigüedad de los conceptos religiosos de la Justicia.

Otros muchos símbolos han representado a la justicia, en general animales como la salamandra, aves zancudas (garzas, grullas y cigüeñas), todos ellos tienen en común «acabar con la corrupción» que se simboliza con otros animales como los reptiles y los gusanos. Más símbolos como el globo terráqueo por lo que tiene la Justicia de «dominio universal», cartabón y compás, el león, la paloma o los caballos. Seguiremos contando curiosidades relacionadas con la Justicia en próximas entregas.

Los jueces y sus nombres

A lo largo de la historia los jueces han sido conocidos con diversos nombres, vamos a hacer un pequeño y somero recorrido por los nombres que han recibido en la historia de nuestro país.

 

Vamos a empezar este recorrido por nuestra historia como parte del Imperio Romano, en la antigua Roma teníamos dos tipos de jueces, el pretor urbano, que administraba justicia entre los ciudadanos romanos y el pretor peregrino, que actuaba cuando existían conflictos entre ciudadanos romanos y extranjeros. Esta última figura apareció en el siglo IV antes de Cristo, además de aplicar el derecho tenía la capacidad para formularlo.

En el año 476 d. de C., los visigodos tomaron Hispania, en esta época aparece la primera definición de juez, iudex en latín. El Rey Recesvinto, gobernó entre el año 649 y el 672 d. de C., promulgó la Lex Visigothorum, conocida como el “Código de Recesvinto”, en él decía que toda autoridad que administrase justicia recibiese el nombre de iudex.

Hasta el siglo XIX el poder supremo para juzgar le correspondía al Rey y la administración de justicia se hacía en su nombre, el Rey hacía y deshacía a su voluntad y era la última instancia. Sus señores feudales eran los iudex y tenían como subalternos a los merinos, que también ejercían funciones judiciales y policiales. En Aragón el Justicia Mayor era el máximo responsable y tenía a su cargo jueces municipales que se llamaban zalmedinas. Por ejemplo en Cataluña se les llamaba bayles y por encima de ellos estaban los vegueres. Y en Valencia los bayles administraban justicia con el concurso de los ciudadanos.

La influencia que posteriormente ejerció la cultura árabe en la península, por razones obvias, hizo que una palabra empezara a cobrar fuerza extendiéndose a gran velocidad, “alcalde” que viene de la palabra árabe “al qadi” el juez, los alcaldes con funciones similares a las que tienen los actuales, tenían además las responsabilidades judiciales de investigar y juzgar. En Sevilla ejerció uno de los “al qadis” más famoso el filósofo Averroes. En esa época había alcaldes del crimen, destinados en Chancillerías como la Valladolid o Granada, en Asturias Gaspar Melchor de Jovellanos investigaba delitos, otros cuidaban de que no existieran desórdenes nocturnos.

Enrique II de Castilla instituyo la figura de los corregidores-funcionarios reales, representaban a la Corona en el ámbito municipal y ejercían de jueces de primera y segunda instancia, incluso a partir de 1766 se otorgaron funciones de policía.

Antes del reinado de los Reyes Católicos, a los jueces que conformaban tribunales colegiados se les denominaba “oidores”, oían a las partes y después tomaban una decisión sobre el particular, al oidor que dirigía el tribunal le llamaban “presidente”. Sus destinos eran las Canchillerías y las capitales de provincia. Del procedimiento de “escuchar” es de donde viene la definición de “Audiencia” con la que definimos a los tribunales españoles en la actualidad.

Y es ya con la Constitución de 1812, cuando se establece la definición que usamos actualmente, jueces y magistrados. Con funciones similares, la diferencia entre ambos es la “localización geográfica” de su trabajo, los jueces en ciudades de menos de 100.000 habitantes no capitales de provincia, y los magistrados en el resto.

Otro día seguiremos compartiendo curiosidades e historias, alrededor del mundo de la justicia, sus símbolos y sus orígenes.

Dioses y justicia

La búsqueda del sentido de las cosas por parte del ser humano viene del principio de los tiempos, desde esos orígenes se ha recurrido, a modo de explicación, a la existencia de todo tipo de Dioses que «cuidaban» de cada una de las distintas facetas de la vida. Así ejercían su control en los fenómenos naturales, tormentas, mareas, las tempestades… Una figura recurrente en todas las civilizaciones ha sido la deidad que se dedicaba a impartir Justicia, en ella se reflejaba la aspiración de todo ser humano de recibir lo que se merece. Vamos a mirar hacia atrás y ver de que formas se ha representado a lo largo de la historia.

 

 Maat

Orden, verdad y justicia, la personificación de todos estos valores en el antiguo Egipto era Maat, una diosa cuya representación más común es sentada sobre sus talones, también se puede encontrar de pie, en la cabeza una pluma de avestruz, en las manos puede llevar el anj que es un cetro de poder. Hija del dios Sol Ra y esposa de Dyehuty el dios de la sabiduría. Tomada como patrona por los jueces , a menudo la llevaban colgada del cuello a modo de protección.

Shamash

La cultura mesopotámica rendía culto a Shamash que aparte de ser el dios Sol era conocido como el dios del Orden y de la Ley. Entregó a Hammurabi el primer código legal del que tenemos conocimiento. La simbología de este dios era un disco solar de ocho puntas, en otras ocasiones la figura de un hombre con llamas saliendo de sus hombros y más adelante pasó a ser la balanza.

Themis

En la Grecia clásica, se optó por una deidad femenina, Themis la del «buen consejo», encarnaba el orden divino, leyes y costumbres, como curiosidad tenía potestad para dictar sentencias al resto de dioses. Su representación una es una mujer joven que en sus manos lleva una balanza de dos platos equilibrada.

Ilustitia

Los romanos adoptaron a Themis como divinidad que encarnaba el derecho divino de la Ley, se la representa como una mujer con los ojos vendados, imparcialidad, con una balanza en una mano y una espada en la otra. En algunos juzgados aparece representada a la entrada de los mismos.

Forseti

En la mitología nórdica o escandinava, el dios de la justicia, la paz y la verdad era Forseti, considerado el más sabio y elocuente de los dioses de Asgard. Él dirimía las disputas y las resolvía con la mediación, tenía un compañero Tyr que se dedicaba a los «asuntos de la ley carnal»… El palacio de justicia era al tiempo la residencia de Forseti, Glitnir.

Como podemos ver la simbología de las divinidades de la justicia han sido adaptadas o tomadas prestadas en los juzgados actuales, por supuesto la figura de Ilustitia que sigue representando a la justicia, el cetro de poder representado en el mallete o mazo, aquí en España la versión de una campanilla tomada de nuestra tradición eclesiástica, la balanza siempre presente… Seguiremos compartiendo curiosidades relacionadas con la justicia a lo largo de la historia.

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