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interdicto obra nueva

Interdicto de obra nueva, ¿qué es?

enero 16, 2017/0 Comentarios/en Derecho Civil /por Vilches Abogados

Hoy vamos a hablar del interdicto de obra nueva, qué es y la finalidad última del mismo. Para empezar a hablar de la figura del interdicto de obra nueva, es conveniente recordar la protección de la posesión en nuestro Código Civil. Éste dice que los poseedores tienen el derecho a ser respetados en su posesión. Así las cosas si algo les «inquietará» en ella, tienen derecho de amparo. Para ello nuestra Ley establece distintos procedimientos tanto de amparo como de restitución. Así existen procedimientos para recobrar posesiones de las que hemos sido despojados. O procedimientos para retener las posesiones cuando se prevé que se nos puedan despojar de las mismas.

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Qué vas a poder leer aquí:

  • Abogado Civil en Madrid
  • Qué es el Interdicto de obra nueva
    • Cuál es la finalidad del proceso
  • Los efectos del Interdicto de Obra Nueva
    • ¿Necesitas un abogado especializado en derecho civil?

En Vilches Abogados disponemos de un amplio y preparado equipo de Abogados expertos en Derecho Civil. Si precisáis los servicios de un abogado en Madrid, podéis acudir a cualquiera de nuestras oficinas. Estamos muy familiarizados con todos los procesos de amparo y restitución en temas y cuestiones posesorias. Te guiaremos en ellas para conseguir una solución satisfactoria para tus intereses.

Podéis contactar con el Bufete por distintos medios. O bien desde el formulario de la sección de la Web de Abogados Civil en Madrid. Podéis usar también el Chat Online de la esquina inferior derecha. O si lo preferís por teléfono 91 575 90 82 .

Qué es el Interdicto de obra nueva

EL interdicto de obra nueva es una acción de denuncia, usada por un poseedor que ve que la ejecución de una obra nueva puede o causa perjuicios en su posesión. O bien no le permite de algún modo el uso y ejercicio de su posesión. En definitivas cuentas se trata de un procedimiento que puede suspender la ejecución de obras para evitar daños mayores a una posesión.

Cuál es la finalidad del proceso

Sabiendo ya lo qué es el interdicto de obra nueva, está clara su finalidad, paralizar una obra que pueda recortar, modificar, invadir o imposibilitarnos el uso y disfrute de nuestra posesión. Esa paralización tiene al tiempo como objetivo que o bien se consume el perjuicio o se eviten mayores daños que los ya causados. Pero para que esta acción sea posible hay una serie de requerimientos que vamos a ver a continuación.

Que exista una construcción que esté ocasionando un cambio en el estado de las cosas. Esta construcción debe ser un perjuicio real para la posesión o propiedad del actor de la denuncia. Deben existir daños constatados o la certeza de que existen daños potenciales de continuar el desarrollo de la misma. Como decíamos antes protege del daño realizado, pero intenta evitar el que aún no se ha producido. Por supuesto es necesario que la citada construcción no esté finalizada, en ese caso este procedimiento no tendría razón de ser. Esta acción pretende la suspensión de obras en curso, y obras nuevas antes de su ejecución. Nuestro objetivo con la presentación de este interdicto es la suspensión por parte del Tribunal de la obra. Para ello deberemos acreditar que somos perjudicados y el o los perjuicios que la obra nos pueden haber causado o se prevé causen.

Los efectos del Interdicto de Obra Nueva

Es conveniente confirmar que la resolución de estos procesos, la paralización o no de la obra, no tiene efecto de cosa juzgada. Se reserva a las partes el derecho que tienen sobre la propiedad o posesión. Y ese derecho podrán hacerlo valer en un juicio con posterioridad. Esta acción es una defensa de la posesión ante un ataque sufrido por ésta por una obra nueva. Con ello y de forma colateral se protege la propiedad y otros derechos reales que puedan estar relacionados, sin ser ello su objetivo.

El efecto del Interdicto de Obra nueva es la paralización cautelar de una construcción. Para dilucidar en ese tiempo el derecho de ambas partes en juicio declarativo ordinario. Los juicios interdictales no pueden entrar en cuestiones complejas, deben quedarse en ámbito que no es otro que impedir la continuación de las construcciones u obras que afectan o puedan afectar a una situación preexistente. La naturaleza de este proceso es cautelar y provisional. Por ello para dilucidar el resto de cuestiones carecen de relevancia sus resoluciones, pues es en el proceso posterior donde se decidirán los derechos de las partes. Entrando sí entonces en cuestiones más complejas.

 

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Etiquetas: Derecho Civil
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