Caso de éxito 9: DIVORCIO CONTENCIOSO
- Fecha de la Sentencia: 14/02/2022
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Letrada: Marta Lop
- Área del Despacho: Familia
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Tema Principal: CONTESTACIÓN A DEMANDA DE DIVORCIO
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REFERENCIA: JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 76 DE MADRID – SENTENCIA Nº 40/2022
Se presenta demanda de divorcio contra nuestro cliente, por la cual se interesaba al Juzgado previa la tramitación correspondiente se dictase sentencia mediante la que se atribuyese la guardia y custodia en ejercicio exclusivo.
Admitida a trámite la demanda, nuestro cliente fue declarado en rebeldía procesal al no haberse contestado la demanda en plazo, al haberse indicado fecha de notificación anterior a la fecha en la que realmente fue recibida.
✅ Nuestra Estrategia
Ambas partes solicitaban la disolución del vinculo matrimonial, por su parte la parte contraria solicitaba la guardia y custodia exclusiva, y por parte de nuestro cliente la posición jurídica consistía en el reclamo de una guardia y custodia compartida.
A pesar de la situación de rebeldía procesal en la que se encontraba nuestro cliente, en materia de Familia prevalece siempre el interés superior de los menores, y por tanto, se procede por parte del Juzgado, a valorar la petición formulada por nuestro representado.
Además, la solicitud efectuada en el acto de la vista, no puede ser obviada y deber ser entendida como suficiente dado que afecta al prevalente interés del menor.
✅ Resultado Final
En el caso de nuestro cliente, se venía desarrollando con carácter previo a la interposición de la demanda un guarda y custodia compartida de hecho por semanas, al haber adquirido el padre una vivienda para poder estar en compañía de los menores. Así mismo, por parte de nuestro cliente pudimos alegar flexibilidad laboral. Se acreditó que nuestro cliente tenía buena vinculación con los menores lo que le permitiría adquirir habilidades y competencias necesarias para ello.
El Magistrado declara disuelto por divorcio el matrimonio contraído por los cónyuges litigantes y también disuelto el régimen económico matrimonial, además se establece, tal y como nuestra letrada solicitaba, un régimen de guardia y custodia compartida entre ambos progenitores.
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SENTENCIA 40/2022 – Caso de éxito 9: DIVORCIO CONTENCIOSO
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