Maltratan a su abuela y (todavía) se quedan con la herencia

El maltrato psicológico es un motivo para la desheredación con igual solidez que el físico, aunque más complicado de demostrar, pero en caso de hacerse, el resultado es el mismo:

El testador puede privar de la herencia que le corresponde a los herederos que han actuado de esa manera con él.

Ahora bien, ¿qué ocurre en el caso de los menores de edad?, ¿pueden ser desheredados por maltrato al testador?

Una sentencia en Málaga saca a la actualidad este tema que lleva a confusión, no por los hechos, sino por la edad de quienes los cometen.

Maltratadores con 8 y 13 años, ¿pueden ser desheredados?

Vamos a ver el caso que ha dado lugar a la sentencia de la que te hablamos.

Una mujer viuda con tres hijos, sus herederos legales, uno de ellos, a su vez, tiene dos, de 8 y 13 años, solicita la desheredación de ese tercer hijo, y de sus dos nietos menores de edad.

El motivo: maltrato psicológico.

Tanto ese hijo como esos dos nietos menores, la ignoraban, apenas se interesaban por ella, ni la visitaban, solo en caso de que necesitarán algo de ella.

Tras el estudio de la demanda, la Dirección de Seguridad Jurídica y Fe Pública desestima el recurso para la desheredación, por la corta edad de esos herederos.

¿Es posible la desheredación de menores?

Sí, y no, es decir, hay que tener en cuenta la edad para dar una respuesta cierta.

Los menores tienen responsabilidad civil de sus actos según su madurez y circunstancias, para poder determinar ambos, la ley establece una edad a la que pueden considerarse responsables de sus actos, 14 años.

Con menos de esa edad no son imputados por sus actos, además de que tampoco tienen capacidad legal para recibir una herencia, no se les puede privar de ella.

A los jóvenes de menos de 14 años no se les considera maduros, ni que sus actos lleguen a ser relevantes, aunque hablemos, como en este caso, maltrato.

Es esa la edad que la ley determina para conceder a los menores la madurez, física y mental, que los hace responsable y obliga a asumir las consecuencias de lo que hagan.

En definitiva, estos dos jóvenes, que se han desentendido e ignorado a su abuela, por ley, deben continuar en el reparto hereditario, aunque ella esté en contra.

Motivos de desheredación de un hijo

Los motivos son varios y muy diferentes, pero con algo en común: deben especificarse en el testamento, se han de justificar y probar, a la vez que el heredero autor ha de haber sido condenado por ellos.

Entre los motivos que nos hemos encontrado, de manera habitual, en nuestro bufete, destacamos:

Maltratar, o coaccionar, para conseguir la herencia, entendido como indignidad para suceder.

Maltrato físico o, como es este caso, psicológico, probado y continuado.

Atentar contra la vida del testador, su cónyuge, descendientes o ascendientes.

Acusar de un delito al testador de manera calumniosa.

Amenazar, engañar, forzar u obligar a realizar el testamento o a cambiarlo.

De la misma manera, impedir que se haga testamento, u obligar a revocar.

Negar, sin motivo legítimo, alimentos a ese padre o esa madre.

A cualquiera de estos motivos, probados y con el autor acusado de ellos, hay que tener en cuenta la edad, en el caso de tratarse de menores, sin capacidad de hacer frente a las consecuencias.

Por último, el Tribunal Supremo establece como maltrato psicológico a los padres, el menosprecio y abandono, y lo considera suficiente para desheredar a los hijos, al darles categoría de maltrato de obra.

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