Caso de éxito 28: DECLARACIÓN DE PLENO DOMINIO.

  • Fecha de la Sentencia: 17/05/2023
  • Letrada: Nuria Vargas

  • Área del Despacho: Civil
  • Tema Principal: Acción Declaración de Pleno Dominio sobre vivienda.

  • REFERENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA No 2 DE MÓSTOLES – PROCEDIMIENTO ORDINARIO 737/2021 – SENTENCIA 426/2023.

NURIA VARGAS VILCHES ABOGADOS

El padre de nuestra cliente, parte demandante en este caso, adquiere de los demandados la vivienda objeto del litigio. Tras el fallecimiento del mencionado y también de su esposa, se formaliza escritura de aceptación de aceptación y adjudicación de herencia a favor de nuestra cliente en la que se encuentra, entre otros, el inmueble referido.

La demandante, junto con su padre, han ocupado la vivienda en concepto de dueños de forma pacífica e ininterrumpida, abonando los recibos del IBI y de la Comunidad de propietarios durante más de 30 años y terminan formalizando escritura de elevación a público de contrato de compromiso de compraventa por parte del administrador concursal de la herencia yacente de la madre de nuestra cliente.

 

✅ Nuestra Estrategia

Qué vas a poder leer aquí:

Se interpuso demanda ejercitando la acción de declaración de pleno dominio sobre la vivienda por período mayor de 30 años, en concepto de dueños, con justo título y de buena fe y de forma ininterrumpida. Nuestra letrada presenta la documental de la que se deducen los elementos para declarar la titularidad del inmueble objeto de autos a favor de la cliente, como es el contrato privado firmado entre el padre de la demandante (fallecido) y los demandados, la adjudicación de herencia a favor de la demandante, y los recibos de pago de IBI y Comunidad de Propietarios sobre la vivienda.

✅ Resultado Final

Se estima nuestra demanda en el sentido de declarar la titularidad y pleno dominio de la demandante (nuestra cliente) sobre la vivienda, imponiendo las costas a la parte demandada.

 

Descargar sentencia

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 737/2021 – SENTENCIA 426/2023.

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