Sentencia pionera en Pontevedra: abuelos que pasan a ser “padres”

Por primera vez, un tribunal reconoce a unos abuelos como auténticos padres de sus nietos, de 7 y 10 años, en Pontevedra.

Tras la separación, los niños pasan al cuidado de sus abuelos, con quienes continúan viviendo debido al escaso interés de los padres de recuperarlos.

Manuel Hernández, Socio Director del Bufete

Durante años, ellos han sido quienes los han cuidado y se han ocupado de su bienestar, pero no dejaban de ser solo los “custodios”, es decir, las personas con las que conviven, pero seguían dependiendo de sus progenitores para la toma de cualquier decisión concerniente a los pequeños.

Abuelos custodios por dejadez de los padres

 

La sentencia no trata de alejar a unos padres de sus hijos, sino en asegurarles la presencia a su lado de quien de verdad los cuidan y protegen.

Tras la separación de los padres, cuando los niños contaban con 5 meses y 3 años, respectivamente, pasan al cuidado de los abuelos.

Desde ese momento, en 2016, hasta ahora, han sido sus cuidadores quienes han puesto a su alcance lo necesario para su desarrollo.

 

Sentencia pionera de concesión de custodia

Es un fallo que sienta precedente en nuestra legislación.

La primera vez que unos abuelos consiguen la custodia estando los padres en vida, y capacitados para ello, pero que no lo hacen por decisión propia.

El Código Civil establece la posibilidad, sí, pero en caso de fallecimiento de los padres, o por estar incapacitados para realizarlo, ya sea por alguna enfermedad, discapacidad, o por cumplir alguna sentencia judicial que lo impida.

En esas situaciones, son los abuelos quienes, por norma general, pasan a ser los custodios de los menores hasta que alcanzan su mayoría de edad.

En los casos que se han sentenciado hasta ahora, en los que los abuelos, se hacen cargo de los nietos, no dejaban de ser temas de guardia y custodia, es decir, se hacen cargo de su cuidado, de convivir con ellos, pero no son quienes pueden tomar las decisiones importantes.

Cualquier tema referente a los niños, ya sea acerca de su salud, su formación, seguridad, o incluso de organizar su tiempo libre, pasa antes por quienes regentan la patria potestad, los padres.

Es ahora como, cualquiera de esas cuestiones, las pueden tomar, legalmente, quieren de verdad se ocupan de ellos, sus abuelos.

Régimen de visitas y pension de manutencion

La sentencia no impide que los padres puedan, si es que lo desean, mantener contacto con los pequeños, con un calendario de días y horas en las que hacerlo.

El juez establece un régimen de visitas semanal, así como la posibilidad de llamadas telefónicas diarias y contar con 15 días de vacaciones anuales en las que disfrutar de ellos

Además, añade algo excepcional a una sentencia que ya, de por sí, lo es, obliga a los padres a pagar una cantidad a los abuelos, en concepto de pensión alimenticia, para ayuda de la manutención de los niños, estableciendo un abono de 200€ mensuales a la madre, y de 300 al padre.

No solo es importante este paso adelante en la situación de estos dos pequeños, sino que abre la puerta a que, otros casos, cuenten con una sentencia similar que favorezca a quienes demuestran un mayor interés en el bienestar de los menores.

 

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