Procedimiento de liquidación de regímenes económicos matrimoniales

Caso de éxito 6: Procedimiento de liquidación de regímenes económicos matrimoniales.

  • Fecha de la Sentencia: 03/11/2022
  • Letrada: Marta Lop

  • Área del Despacho: Familia
  • Tema Principal: Liquidación del Régimen de gananciales.

  • REFERENCIA: SENTENCIA Nº 228/2022 – JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INTRUCCIÓN Nº 8 DE ARGANDA DEL REY.

MARTA LOP VILCHES ABOGADOS

La parte contraria a nuestro cliente presentó en abril de 2022 demanda de solicitud de liquidación del régimen de gananciales, previa formación de inventario a efectos de determinar con claridad la relación de bienes que forman tanto los activos como los pasivos que componen la sociedad conyugal y así asegurar una liquidación justa y equitativa de los bienes conyugales durante el proceso de divorcio.

Nuestra representación acudió a la formación de inventario, mostrando disconformidad ya que no habían sido incluidas algunas partidas.

Nuestra letrada pretendía incluir en ese inventario, un derecho de reembolso o derecho de crédito contra la sociedad de gananciales que se había percibido durante el matrimonio e incorporado así al flujo económico de la sociedad de gananciales. Además nuestro cliente también solicitaba la inclusión de dos créditos de préstamos personales.

Estas partidas fueron rechazadas en su totalidad por la parte contraria, lo cual supuso tener que ser convocados a una vista (según lo que establece la Ley de Enjuiciamiento Civil en el art. 809.2) para presentar las pruebas necesarias que resolviera la controversia generada.

 

✅ Nuestra Estrategia

Qué vas a poder leer aquí:

En dicha vista, la letrada aportó la prueba documental que sostenía que existía ese derecho de reembolso o de reintegro sobre la herencia de la madre de nuestro cliente, por haber servido al sostenimiento de las cargas familiares. Nuestro cliente había recibido un inmueble perteneciente a la herencia de su madre que posteriormente vendió e ingreso el importe de ese venta en una cuenta completamente privativa. De esa cuenta privativa fue realizando transferencias paulatinamente a la cuenta en gananciales para cubrir el sostenimiento de las cargas familiares.

La letrada también quería incluir un dos préstamos personales que se contrataron durante la sociedad de gananciales y que nuestro cliente había ido abonando desde el divorcio.

✅ Resultado Final

Su señoría declara en sentencia, con estimación parcial, que ha de ser incluido en el pasivo un crédito a favor de nuestro cliente y contra la sociedad de gananciales, consistente en la cantidad recibida en concepto de herencia proveniente de la madre de nuestro cliente.

Descargar sentencia

SENTENCIA Nº 228/2022

 

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