Caso de éxito 34: DESAHUCIO POR PRECARIO Y RECLAMACIÓN DE CANTIDADES.

  • Fecha de la Sentencia: 21/02/2024
  • Letrada: MARÍA PASTOR

  • Área del Despacho: Civil
  • Tema Principal: DESAHUCIO Y RECLAMACIÓN DE RENTAS.

  • REFERENCIA: Juzgado de 1º Instancia Nº2 de Alcobendas.  Juicio Verbal (Desahucio falta pago- 250.1.1) 2089/2023.

MARIA PASTOR VILCHES ABOGADOS

Los clientes acuden a nuestro despacho tras ser citados como demandados a un Juicio Verbal de Desahucio por precario y reclamación de rentas.

Nuestros clientes fueron demandados por su arrendador, el cual alegaba que había impagos de las rentas y por ende procedía el desahucio, con el correspondiente lanzamiento, pues alegaban que habían requerido previamente a nuestros clientes en varias ocasiones vía burofax y se había pasado el plazo para enervar el desahucio.

 

✅ Nuestra Estrategia

Qué vas a poder leer aquí:

Lo que hicimos en el acto del Juicio, fue acreditar y demostrar que los supuestos impagos a los que hacía referencia la parte demandada ya estaban abonados previo a conocer nuestros representados de la interposición del presente procedimiento. 

Para ello, tuvimos que presentar los justificantes de pago de las cantidades que reclamaban y así poder acreditar que, pese a que no se hubiera pagado en plazo, las cantidades estaban satisfechas y por ende, la deuda con los propietarios estaba a cero. 

Además, en el acto del Juicio pusimos de manifiesto que la parte arrendadora no había cumplido con los plazos estipulados en la Ley toda vez que desde que la parte arrendadora envía el último burofax y presenta la demanda de Desahucio precario, no habían pasado los 30 días naturales que exige la Ley para dar la oportunidad al arrendatario de satisfacer las deudas pendientes, si las hubiera. 

✅ Resultado Final

La demanda interpuesta por la parte demandada fue desestimada, pudiendo esta parte enervar la acción de desahucio, al haberse estimado nuestra oposición y haber podido justificar que el pago de varias cantidades  reclamadas, supuestamente pendientes de pago estaban incluidos en pagos anteriores realizados por los demandados y siempre antes de haber tenido conocimiento del procedimiento, pese a que hubieran sido requeridos previamente. 

Descargar sentencia

Sentencia 000205/2022

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