Más de 88.000 € por 26 años casados

Un marido debe pagar esa elevada cantidad, en concreto 88.235,31 € a su esposa, en el convenio de separación tras pasar juntos 26 años.

Una sentencia que, aunque todavía cuenta con la posibilidad de interponer un recurso de casación en el Tribunal Supremo, se ha fallado en la Audiencia Provincial de Pontevedra, no hace muchos días.

En ella, junto a esta cantidad, se debe añadir un abono mensual de 350 €/mes durante tres años, siendo el uso y disfrute de la vivienda familiar, eso sí, para el esposo.

#01.-El precio de los años de matrimonio

Tras una ruptura matrimonial, a menudo, una de las partes queda en una situación de desequilibrio y vulnerabilidad económica que la ley intenta compensar.

Cuando uno de ellos deja de lado su vida laboral, o cualquier pretensión de llevarla a cabo, para aportar todo su tiempo al hogar, y a los hijos, si los hubiera, como en este caso, reanudar esa vida que abandona tiempo atrás por el bien de la familia, es muy complicado.

Más, cuantos más años pasen, como esta mujer que se ve en la obligación de retomar su trabajo, o encontrar uno nuevo, a la complicada edad de 58 años, después de haber aportado todo su tiempo a la familia.

¿Qué debe aportar cada uno al matrimonio?

El art. 1438 del Código Civil, expone que, ambos, tienen la obligación de cumplir con las cargas del matrimonio, el hogar y los hijos, según los ingresos de cada uno, salvo que haya algún pacto entre ellos que diga lo contrario. 

Si uno de los cónyuges deja todo, y se dedica por completo a la familia durante esos años, se considera que esa decisión es su manera de aportar al matrimonio y contribuir a él.

Eso está muy bien, si lo han acordado así, durante la relación, pero ¿qué pasa tras la ruptura?, ¿qué ocurre con esa persona que ha abandonado su trabajo, cuando, como en esta sentencia, pasan tantos años?

En ese caso, la ley valora que, si la situación en la que se encuentra ahora, es delicada en comparación a cómo sería, si no hubiera actuado así, tiene derecho a una indemnización.

#02.-Indemnización que compensa la dedicación a la familia

Es evidente que su situación no es sencilla, recuperar ese tiempo es imposible, por lo que debe adaptarse a su nueva vida y, a menudo, no es sencillo.

El objetivo es compensar esa pérdida de patrimonio personal que hubiera conseguido en caso de haber continuado con su trabajo.

La ley asegura esta compensación económica, ya que las tareas en el hogar computan como contribución a la familia, es su manera de ayudar al matrimonio, permitiendo que la otra parte disponga de tiempo suficiente para avanzar en su profesión.

En definitiva, es una forma diferente de colaborar en el bienestar de la familia. 

Con todo, y si se cumplen unos requisitos, la legislación concede una pensión a la parte más desfavorecida de la relación.

Requisitos para obtener la pensión compensatoria

Para que se pueda conceder una pensión de este tipo, quien la solicita debe haberse dedicado por entero a las tareas del hogar.

También se tiene mucho en cuenta la situación de desigualdad en la que se encuentra, y la edad a la que se debe enfrentar al mundo laboral.

En este caso, la mujer beneficiaria ha realizado trabajos esporádicos, de poco más de 200 días de cómputo y en unos pocos años, lo que no se puede considerar un trabajo compaginado con el del hogar, además, sus 58 años, no juegan a su favor.

Es importante que, como en este caso, contar con la ayuda de una persona en las tareas domésticas no es relevante, tal y como acuerda la sentencia.

Se considera el valor del trabajo de hacerse cargo del control y la dirección de esas tareas, aunque las haga otra persona.

Es difícil retomar la vida que se abandona años atrás, durante los cuales no se ha hecho más que velar por la familia, pero, llegado ese momento, la ley está del lado de quien resulta más desprotegido.

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