¿Cómo Reclamar los Gastos de la Hipoteca?

Tras la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo usted puede reclamar los gastos hipotecarios que haya abonado al formalizar su hipoteca, para ello debe tener la documentación que los acredite y reclamarlos al banco judicialmente.

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¿Qué gastos de la hipoteca puedo reclamar?

La polémica sentencia del Tribunal Supremo del pasado mes de noviembre de 2018, dejó claro que gastos de constitución de un préstamo hipotecario se podían reclamar o no por el cliente.

A día de hoy se pueden reclamar:

  • Gastos notariales.
  • Gastos de gestoría.
  • Gastos de Registro de la Propiedad.
  • Tasación, siempre que haya sido impuesta por la entidad bancaria.
  • Gastos de apertura.

El impuesto de Actos Jurídicos Documentados ha sido imputado al cliente en la sentencia del Tribunal Supremo de noviembre de 2018, sin embargo, mediante Decreto Ley el Gobierno decidió imputarlo a las entidades bancarias para las nuevas hipotecas, por tanto, a pesar de que a día de hoy no se puede reclamar desde Viches Abogados confiamos en que esta situación pueda cambiar en unos meses y por tanto seguimos reclamando el impuesto en nuestras demandas de reclamación.

¿Podríamos reclamar si la hipoteca ya esta cancelada?

Se pueden reclamar hipotecas canceladas siempre que no hayan pasado más de 15 años desde su cancelación.

¿Qué hipotecas se encuentran afectadas?

Todas aquellas hipotecas firmadas cuyos gastos de constitución hayan sido imputados al cliente (la inmensa mayoría) y siempre que en sus cláusulas no se haya pactado y acatado por las partes.

No se pueden reclamar aquellas hipotecas constituidas por entidades jurídicas.

¿Qué plazo tenemos para poder solicitar la nulidad de la cláusula y reclamar las cantidades pagadas?

En hipotecas vivas” es decir aquellas que aún estamos pagando no existe plazo, en cualquier momento se pueden reclamar. Como ya hemos comentado anteriormente, en aquellas hipotecas que han sido ya canceladas tenemos un plazo de 15 años desde su cancelación para poder reclamar.

gastos de la hipoteca

¿Qué documentación nos tienes que traer?

 La documentación necesaria para llevar a cabo la reclamación de gastos hipotecarios es:

  • Escritura de préstamo hipotecario.
  • Últimos recibos pagados de la hipoteca.
  • Certificado de empadronamiento en caso de ser vivienda habitual.
  • Factura de notario.
  • Factura de gestoría.
  • Factura de registro propiedad.
  • Justificante del pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
  • Factura de la tasación (siempre que haya sido impuesta por el banco).

¿A quién debemos reclamar la devolución del AJD, al banco o a Hacienda?

A día de hoy es el único gasto que no se está aceptado por la sentencia  del Tribunal Supremo por tanto desde Vilches Abogados seguimos reclamando a los bancos dicho impuesto a la espera de que instancias europeas puedan obligar a un cambio en una sentencia que consideramos injusta.

¿Los bancos se verán muy perjudicados por esta sentencia?

Los bancos se han visto claramente perjudicados por la sentencia del Tribunal Supremo, en base a la misma el resto de gastos, menos el AJD, son imputables a las entidades bancarias y aunque sea necesario interponer demanda para recuperar el dinero pagado de más las garantías de éxito son bastante elevadas.

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