Herencia Judicial
Como abogados de herencias en Madrid podemos asegurar que es común que los herederos no lleguen a un acuerdo extrajudicial de los bienes que componen la herencia y como se efectúa la valoración de esos bienes o deudas, y como se adjudican o si han de imputarse o no ciertas deudas o derechos frente a herederos, si se deben llevarse a colación donaciones efectuadas en vida del causante.
En fin, un refrán popular dice “con las herencias, las desavenencias” y como abogados expertos en herencias no podemos dejar de compartir diariamente la sabiduría del refranero español y sabemos que la única solución pasa por estar asesorado y defendido en un procedimiento judicial de división de herencia o testamentaría judicial.
Cuando de manera infructuosa no se consigue, bien entre los propios herederos, o bien con la intervención y mediación de abogados, llegar a un acuerdo que ponga fin a la comunidad hereditaria de manera extrajudicial, nos vemos en la obligación de interponer una demanda de división de herencia judicial.
Pero ¿en qué consiste el procedimiento de división de herencia judicial o testamentaría?
Es un procedimiento que se inicia con una demanda denominada de “jurisdicción voluntaria” que debe formularse a través de abogado y procurador, en la que se define una propuesta de inventario de los bienes que constituyen el haber hereditario (tanto derechos como obligaciones) y una propuesta de valoración de los mismos. A la interposición de la demanda se debe elegir efectuarlo con intervención del caudal hereditario o bien sin él.