«In dubio pro reo» y presunción de inocencia: la diferencia entre la duda y la inocencia

Cuando una persona es acusada de cometer un delito, nuestra legislación cuenta con principios legales que están pensados para protegerla y asegurar que el proceso judicial sea justo. 

Dos de los más importantes son la presunción de inocencia y el principio in dubio pro reo.

Aunque a veces se confunden o se usan como si fueran iguales, no significan exactamente lo mismo, y es importante entender qué implica cada uno, en qué se diferencian y cómo se aplican en un juicio, para tener claras sentencias que, en un principio, pueden no parecer justas.

Veámoslo para que no tengas dudas si te encuentras en una situación legal en la que estos conceptos puedan afectarte.

¿Qué es la presunción de inocencia?

El derecho fundamental que tiene toda persona acusada de un delito, significa que nadie puede ser considerado culpable hasta que se demuestre lo contrario con pruebas claras.

Esto lo tenemos en la Constitución Española, en su art. 24.2 y también lo recoge el Convenio Europeo de Derechos Humanos, que establece que cualquier persona acusada de una infracción penal se considera inocente hasta que su culpabilidad haya sido legalmente probada.

Todo esto viene a decir que si a ti te acusan de haber cometido un delito, no tienes que demostrar que eres inocente, es la acusación la que ha de probar que eres culpable, es el fiscal o la acusación particular quienes están en la obligación de aportar pruebas de que el acusado (tú en ese caso) ha cometido el delito.

El acusado no tiene que demostrar que no hizo nada, sino que es la otra parte la que debe probar que sí lo hizo.

Mientras no haya una condena firme, sigues siendo inocente a efectos legales.

Pongamos un ejemplo en que se ve con mucha claridad: acusan a alguien de haber robado en una tienda.

Si no hay cámaras de seguridad, ni testigos claros, ni huellas, ni ningún otro tipo de prueba sólida, no se puede condenar solo por sospechas, con lo que se tiene (poco) derecho a que se le considere inocente mientras no se demuestre lo contrario.

¿Qué es el principio de in dubio pro reo?

Esta figura también está pensada para proteger al acusado, pero entra en juego en un momento diferente del proceso judicial.

La expresión viene del latín y significa literalmente “en caso de duda, a favor del reo (acusado)”, esto es, que si después del juicio el juez o tribunal tiene dudas razonables sobre su culpabilidad, debe absolverlo.

Hablamos de que es importante el momento del proceso judicial y es así, porque se aplica al final del juicio, cuando el juez o tribunal ha revisado todas las pruebas y aun así no se tiene claro al 100 % que el acusado sea culpable. 

Ante la duda, la ley obliga a fallar a favor del acusado.

Sigamos con el ejemplo del robo anterior para aclarar este término legal.

Supón que hay una cámara de seguridad que muestra imágenes borrosas. 

Imagina que parece que la persona de la grabación es el acusado sin que se pueda afirmar con total seguridad, entonces se recurre al resto de pruebas, pero si tampoco son concluyentes, el juez puede tener dudas razonables.

Aunque haya sospechas, las dudas juegan a favor del acusado, y se le debe absolver aplicando el principio de in dubio pro reo.

¿Por qué es tan importante diferenciarlos?

Porque ambos principios son claves para garantizar un juicio justo.

A veces, una persona puede sentir que está siendo tratada como culpable desde el principio, sin pruebas, y ahí entra en juego la presunción de inocencia, otras veces, puede parecer que son confusas, y entonces es cuando el principio de in dubio pro reo marca la línea entre una condena y una absolución.

Comprenderlos también ayuda a saber qué esperar si te ves implicado en un proceso penal o si estás asesorando a alguien que lo está, además, refuerzan la idea de que no se puede condenar a nadie solo por intuiciones o sospechas, sino que hace falta demostrar los hechos de forma clara y sin lugar a dudas.

¿Qué ocurre si no se respetan estos principios?

Tanto presunción de inocencia como in dubio pro reo están protegidos por la ley, y si no se respetan, puede anularse el proceso o la sentencia.

Por ejemplo, si un tribunal condena a una persona sin que existan pruebas claras, se vulnera la presunción de inocencia.

Por otro lado, si tiene dudas razonables y aun así condena, está violando el principio de in dubio pro reo.

En ambos casos, la defensa puede recurrir la sentencia y solicitar su anulación o revisión por parte de un tribunal superior.

3 diferencias clave entre presunción de inocencia e in dubio pro reo

A simple vista pueden parecer lo mismo, y no es raro que se confundan, pero en un juicio penal, distinguirlos determina si alguien es absuelto o condenado. 

Es fundamental entender bien qué protege cada uno y cómo actúan en distintas fases del proceso.

01. Momento en el que se aplican

La presunción de inocencia se aplica desde el primer momento en que alguien es acusado, significa que, a lo largo de todo el proceso judicial, se le considera inocente hasta que haya una sentencia firme.

Por el contrario, in dubio pro reo solo se aplica al final del juicio, cuando ya se han analizado todas las pruebas y aún existen dudas razonables sobre la culpabilidad.

02. Función que cumplen

La figura de presunción de inocencia protege al acusado durante todo el procedimiento, para así evitar que se le trate como culpable antes de tiempo.

In dubio pro reo, lo que hace es actuar como criterio para dictar sentencia: si el juez tiene dudas, no puede condenar.

03. Carga de la prueba

Ante la presunción de inocencia, la parte acusadora (fiscal o acusación particular) está en la obligación de probar la culpabilidad.

Luego, la figura in dubio pro reo establece que, si la prueba no es concluyente y quedan dudas razonables, el juez debe absolver.

Vemos que, tanto una como otra, son figuras pensadas para protegerte frente a posibles errores judiciales, siempre teniendo presente que nadie debe ser condenado sin pruebas suficientes, y mucho menos si hay dudas sobre su culpabilidad.

Ambos principios son esenciales para garantizar que la justicia actúe con responsabilidad, respeto a los derechos y sin dejarse llevar por suposiciones.

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539

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