Fraudes tecnológicos: la responsabilidad del banco ante el phishing

Gran parte de nuestra vida transcurre en internet: transferencias bancarias desde el móvil, compras online, redes sociales, correos electrónicos de todo tipo… todo ese intercambio de información abre la puerta a un riesgo creciente: los fraudes tecnológicos.

Cuando te ves envuelto en uno de ellos, sentir confusión y miedo a perder tu dinero es muy normal: sin darte cuenta y en un solo clic (hecho sin querer y debido a un engaño), puedes perder todo tu dinero.

Es importante que conozcas estos peligros y sepas qué hacer en cada caso.

 

¿Qué es un fraude tecnológico?

Un engaño que se comete utilizando medios informáticos o electrónicos. 

El objetivo del estafador suele ser obtener dinero, datos personales o información sensible. A menudo suplantando la identidad de empresas conocidas, otras veces con llamadas o mensajes falsos, y en muchos casos aprovechándose del desconocimiento o la confianza de las víctimas.

Se trata de delitos cada vez más frecuentes, y tanto Policía Nacional como Guardia Civil alertan constantemente sobre nuevas modalidades. 

Es fundamental entender que no afecta solo a personas mayores o con poca experiencia digital: son delitos hechos de tal manera que cualquiera puede caer si no está prevenido. De eso ya se encargan los piratas informáticos.

¿Quiénes son los piratas informáticos?

Los responsables de estas estafas suelen ser lo que popularmente llamamos piratas informáticos o hackers.

No hay que confundir: un hacker en sentido técnico puede ser simplemente una persona con grandes conocimientos en informática. Sin embargo, cuando esos conocimientos se utilizan para robar, manipular o estafar, hablamos de ciberdelincuentes.

Operan a menudo desde el extranjero, lo que dificulta su persecución. Usan redes organizadas, programas que generan miles de correos fraudulentos y técnicas muy sofisticadas para que la víctima crea que de verdad está en la página real de su banco, por ejemplo.

Tipos más habituales de fraudes tecnológicos

Aunque existen muchas variantes, los que actualmente están más “de moda” y son realmente peligrosos son:

Phishing

Hablaremos de él un poco más adelante, pero adelantamos que consiste en recibir un correo electrónico o un mensaje que parece de una entidad bancaria, una empresa de mensajería o incluso de la Agencia Tributaria. En él se pide al usuario que haga clic en un enlace y facilite sus claves de acceso o datos personales.

Smishing

Es similar al phishing, pero llega a través de un SMS, con un enlace fraudulento que dirige a páginas falsas que imitan a las reales.

Vishing

Aquí, la estafa se realiza mediante llamadas telefónicas. Alguien se hace pasar por un empleado del banco o por un técnico de una empresa de servicios para convencerte de que le facilites datos o hagas una transferencia.

Estafas en compras online

Muy habituales en webs poco seguras o falsas tiendas en internet. Pagas por un producto que nunca recibes o recibes uno de menor valor. Es un delito que también nos encontramos en plataformas de segunda mano.

Fraudes en inversiones

Muy común: falsas promesas de beneficios inmediatos y seguros en criptomonedas, acciones u otros productos financieros. Suelen captar a las víctimas mediante anuncios en redes sociales.

Ransomware

Un software malicioso que bloquea el acceso al ordenador o móvil y exige un pago para “liberar” los archivos.

Suplantación de identidad

Usar tus datos personales para abrir cuentas bancarias, solicitar préstamos o cometer otros delitos, de los que en ese momento te conviertes en responsable.

¿Qué es el phishing?

Como hemos comentado, vamos a detenernos en este tipo de fraude en particular, porque cada vez llegan más clientes a nuestro bufete que han sufrido este tipo de estafa, una de las más frecuentes y peligrosas.

Consiste en recibir un correo electrónico, un SMS o incluso una llamada que aparenta ser de tu banco o de una empresa conocida, y cuyo único fin es engañarte para que entregues tus claves de acceso o tus datos bancarios.

El mecanismo suele ser siempre el mismo:

  • La víctima recibe un correo electrónico, un SMS o una llamada telefónica que parece auténtica.
  • El mensaje incluye un enlace que dirige a una página web falsa, que imita la del banco o empresa.
  • Al introducir los datos de acceso, estos van directamente a manos de los delincuentes.
  • Con esa información, acceden a la cuenta bancaria y realizan transferencias o compras no autorizadas.

Se trata de un delito de estafa regulado en el art. 248 del Código Penal, ya que existe un engaño con ánimo de lucro que causa un perjuicio económico a la víctima.

¿Qué responsabilidad tiene el banco ante el phishing?

Aquí surge una de las grandes dudas: “¿tiene mi banco la obligación de devolverme el dinero?”

La respuesta no es siempre clara, pero con la ley por delante tenemos los criterios que se siguen en los tribunales:

  • El banco debe garantizar que las operaciones electrónicas cuenten con sistemas de autenticación reforzada como claves de un solo uso o verificación en dos pasos.
  • Si el cliente no ha actuado con negligencia grave, la entidad está obligada a devolver el dinero.
  • Solo si se demuestra que el usuario entregó sus claves voluntariamente y sin precaución, el banco puede eximirse.

Por lo tanto, los bancos tienen que poner medios de seguridad adecuados y, si fallan o no son suficientes, asumen responsabilidad de este fraude a sus clientes.

Caso de una sentencia en Badajoz contra Unicaja

En 2024, una sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Badajoz condenó a Unicaja a devolver el dinero a una vecina víctima de phishing.

En este caso, aunque el banco alegó que había sido culpa de la clienta por entregar sus datos, el juez entendió que la entidad no había implantado suficientes medidas de seguridad para evitar el fraude.

La sentencia destacó que el banco no puede limitarse a culpar al cliente, ya que es la entidad quien tiene la obligación de garantizar sistemas sólidos de autenticación y vigilancia de operaciones sospechosas. Por tanto, condenó a Unicaja a restituir el dinero a la víctima.

Qué hacer si eres víctima de phishing

En estos casos, lo más habitual es actuar de manera precipitada y debes evitarlo para no hacer algo que te perjudique.

Mantén la calma y no borres pruebas

Guarda correos, mensajes, capturas de pantalla, números de teléfono o direcciones web que te hayan contactado. Toda esta información será útil para denunciar.

Contacta de inmediato con tu banco o entidad afectada

 Si diste datos de tu tarjeta o cuenta, informa cuanto antes para bloquear operaciones y evitar nuevos cargos.

Cambia tus contraseñas

Sobre todo las de acceso al banco, correo electrónico y redes sociales. Utiliza claves seguras y distintas para cada servicio.

Denuncia ante la Policía o Guardia Civil

Puedes acudir a una comisaría o al Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil. La denuncia es importante no solo para tu caso, sino también para que las autoridades investiguen y puedan evitar más víctimas.

Informa a la empresa o servicio suplantado

Por ejemplo, si te llega un correo que aparenta ser de Correos o de tu banco, reenvíalo a su departamento de seguridad para que estén al tanto.

Busca ayuda legal

Un abogado especializado en delitos informáticos valora la gravedad del caso, reclama el dinero perdido, exige responsabilidades a empresas que no protegieron bien tus datos y te asesora durante el procedimiento.

¿Qué dice la ley en cuanto al phishing?

En nuestro país, los fraudes tecnológicos se encuadran dentro de los delitos de estafa, regulados en el art. 248 del Código Penal. Según este artículo, comete estafa quien, con ánimo de lucro, engaña a otro induciéndole a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.

La pena para estos delitos puede ir desde multas económicas hasta prisión, dependiendo de la gravedad, del importe defraudado y del número de personas afectadas.

Por otro lado, también entra en juego la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI) y la normativa de protección de datos (LOPD y RGPD), cuando se vulnera la privacidad de los usuarios.

Cada vez más vemos casos como estos en nuestro bufete y la mayor parte se produce por desconocimiento. Ten en cuenta que quienes los realizan son profesionales que hacen todo lo posible para suplantar a las entidades, así que es fundamental que no “caigas en sus redes” y, ante la menor sospecha, te comuniques con tu banco para que bloquee cualquier acceso a tu dinero.

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539

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