Discusiones que acaban mal: cuándo hay delito de lesiones

Una discusión puede empezar con un intercambio de insultos, subir de tono y terminar con un empujón, un golpe o una lesión. En ese momento, lo que parecía tan solo una pelea sin más, termina con consecuencias legales.

Pero no cualquier golpe recibe automáticamente la misma consideración. Para determinar si existe un delito de lesiones, hay que valorar qué ocurrió, qué lesión se produjo, si fue necesario tratamiento médico, cómo se produjo la agresión y quién inició o respondió a la violencia.

¿Cuándo una pelea puede convertirse en un delito de lesiones?

El Código Penal establece que existe delito de lesiones cuando una persona causa a otra una lesión que afecta a su integridad corporal o a su salud física o mental y que, además de una primera asistencia médica, necesita tratamiento médico o quirúrgico para su curación.

Esto significa que no es necesario que la víctima tenga una lesión especialmente grave para que pueda existir un delito. Por ejemplo, una agresión que provoca una herida que necesita puntos de sutura, una fractura que requiere tratamiento o una lesión que necesita una intervención médica posterior puede entrar en este supuesto.

La diferencia entre una primera asistencia y un tratamiento médico es crucial: el simple seguimiento o vigilancia de la evolución de la lesión no se considera tratamiento. Por tanto, no basta con acudir a urgencias después de recibir un golpe, sino que se debe valorar qué atención médica fue realmente necesaria para curar la lesión.

Por otro lado, cuando la lesión no necesita ese tratamiento posterior, pero existe una lesión de menor entidad, la ley contempla una modalidad castigada con multa. Incluso golpear o maltratar a otra persona sin causarle lesión puede constituir una infracción penal. Aunque en estos dos últimos casos, es necesaria la denuncia de la persona afectada o de su representante legal.

No todas las lesiones tienen la misma gravedad

Una de las cuestiones que hay que tener en cuenta es que hay diferentes situaciones dependiendo del resultado de la agresión.

En los casos más habituales, las que requieren tratamiento médico o quirúrgico después de la primera asistencia pueden castigarse con prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses..

Pero las consecuencias son mayores cuando concurren determinadas circunstancias, como si se han utilizado armas, instrumentos u objetos especialmente peligrosos, cuando existe ensañamiento o alevosía, cuando la víctima es menor de catorce años o persona con discapacidad necesitada de especial protección.

También son de mayor gravedad cuando existe cierta relación entre agresor y víctima. En estos supuestos pueden castigarse con prisión de dos a cinco años.

Cuando las consecuencias de la agresión son especialmente graves ,(pérdida o inutilidad de un órgano o miembro principal, de un sentido, la esterilidad, una grave deformidad o una grave enfermedad somática o psíquica), entonces la pena prevista puede llegar a seis a doce años de prisión.

Por eso, decir simplemente que alguien «ha pegado a otra persona» no permite saber cuál será la consecuencia penal. El resultado de la agresión y las circunstancias concretas son fundamentales.

¿Qué ocurre si las dos personas se pegan?

Este es uno de los casos que más dudas genera después de una pelea.

Que las dos personas hayan participado en una pelea no significa que la responsabilidad desaparezca para ambas. Si una persona causa lesiones a otra, puede responder por esas lesiones aunque también haya recibido golpes.

En una pelea se analiza qué hizo cada persona, qué lesiones sufrió y en qué circunstancias se produjeron los golpes.

Tampoco es lo mismo una agresión unilateral que una pelea en la que ambas personas deciden enfrentarse físicamente. Además, el Código Penal contempla de forma específica la llamada riña tumultuaria, que se refiere a quienes se enfrentan entre sí en un barullo de gente utilizando medios o instrumentos que pongan en peligro la vida o integridad de las personas.

¿Y si golpeé a alguien para defenderme?

Otra cuestión fundamental: la legítima defensa.

El hecho de que una persona haya causado una lesión no significa que vaya a responder penalmente por ella. Existe como causa de exención de responsabilidad criminal actuar en defensa propia o de otra persona cuando concurren determinados requisitos.

Esto es fundamental porque defenderse no significa tener carta blanca para golpear al otro. Si estás siendo atacado y utilizas una respuesta proporcionada para detener la agresión, es legítima defensa. Pero si la agresión ya ha terminado y, posteriormente, persigues al agresor para golpearlo, la situación cambia.

¿Influye quién empezó la pelea?

Sí, pero no basta con determinar quién dio el primer golpe.

En un procedimiento por lesiones se analizan cuestiones como quién inició la agresión, si existió una provocación, cómo respondió la otra persona, si la agresión continuó, qué medios se utilizaron y cuándo terminó la situación. También si se actuó para defenderse o si, una vez finalizado el peligro, continuó atacando.

Por eso, cuando se produce una pelea, la explicación de los hechos debe ser lo más precisa posible. No conviene reducir todo a «nos peleamos» o «me pegó primero», porque el contexto es determinante para valorar jurídicamente lo ocurrido.

¿Qué pruebas son importantes después de una agresión?

El parte o informe médico permite acreditar las lesiones sufridas y su evolución. También fotografías de las lesiones tomadas en los momentos posteriores a la agresión, informes médicos posteriores, mensajes intercambiados antes o después de los hechos y grabaciones de cámaras de seguridad cuando existan y puedan obtenerse legalmente.

Los testigos también tienen mucha importancia, especialmente cuando existen versiones contradictorias sobre lo sucedido.

En este tipo de situaciones, además, es conveniente conservar la documentación médica y no quedarse únicamente con el recuerdo de lo ocurrido. Una lesión que inicialmente parece poco importante puede necesitar tratamiento posterior y esa evolución puede ser esencial para determinar su alcance.

¿Cuánto tiempo hay para denunciar una agresión?

El plazo depende de cómo se califiquen jurídicamente los hechos.

Esto es de especial interés en las lesiones de menor gravedad y en los golpes sin lesión, porque el propio Código Penal establece que solo pueden perseguirse mediante denuncia de la persona afectada o de su representante legal.

Además, determina diferentes plazos de prescripción dependiendo de la gravedad del delito. Los delitos leves prescriben al año, mientras que para otros delitos los plazos son superiores y dependen de la pena prevista.

Con esto ten en cuenta que nunca conviene esperar a que pase el tiempo pensando que siempre existe el mismo plazo para denunciar. La calificación concreta de los hechos cambia tanto el procedimiento como los plazos aplicables.

Una pelea que dura unos minutos puede dar lugar a un procedimiento penal que se prolongue mucho más. Además, una lesión aparentemente sin mucha importancia puede tener una consideración legal diferente de otra que necesita tratamiento médico, deja una secuela o se produce utilizando un objeto peligroso.

Por eso, ante una pelea con lesiones, lo más importante es no quedarse únicamente con la idea de «fue una discusión que se nos fue de las manos». Hay que analizar qué ocurrió realmente, qué lesiones se produjeron, qué pruebas existen y cuál es la situación de cada una de las personas implicadas.

Para todo eso, contar con asesoramiento legal desde el principio consigue valorar correctamente los hechos y conocer las opciones disponibles en cada caso.

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539

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He recibido una citación judicial, …, ¿y ahora?

Recibir una citación judicial nos pilla por sorpresa y hace que aparezcan muchas preguntas, pero lo primero es no sacar conclusiones precipitadas. 

Una citación puede deberse a motivos muy diversos y no significa necesariamente que hayas cometido un delito o que exista una demanda contra ti.

Eso sí, no conviene ignorarla. La fecha, el motivo de la comparecencia y las indicaciones del documento son esenciales. A partir de ahí…

¿Qué es una citación judicial?

Una comunicación oficial mediante la que un juzgado informa a una persona de que debe realizar una determinada actuación ante la Justicia, normalmente en una fecha, hora y lugar concretos.

La Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que debe indicar, entre otros datos, qué juzgado la realiza, a qué procedimiento se refiere, para qué se cita a la persona y cuándo y dónde debe comparecer. También debe incluir, cuando corresponda, las consecuencias de no acudir.

En los procedimientos civiles, la propia ley regula cómo deben realizarse estas comunicaciones y qué información debe recibir la persona citada. En determinados casos, incluye información sobre la posibilidad de solicitar asistencia jurídica gratuita.

¿Por qué puedes recibir una citación judicial?

No todas las citaciones significan lo mismo. Una de las primeras cosas que hay que comprobar es en qué condición apareces citado.

Pueden ser, por ejemplo, como testigo. En ese caso, el juzgado quiere que aportes información sobre unos hechos que conoces. Ser testigo no significa que seas responsable de lo ocurrido.

También puedes recibir una citación porque eres parte de un procedimiento civil. Puede tratarse de una reclamación de cantidad, un conflicto relacionado con un contrato, un problema de alquiler, una reclamación de daños o cualquier otro asunto que deba resolverse judicialmente.

En un procedimiento penal, además, puedes ser citado como investigado. En este supuesto, la situación es especialmente importante porque existe una investigación relacionada con unos hechos que podrían ser constitutivos de delito. 

En estos casos, la persona investigada tiene derecho a conocer los hechos que se le atribuyen y a ejercer su defensa desde que se le comunica la existencia del procedimiento. 

Por eso no conviene quedarse únicamente con la frase “me han citado en el juzgado”. Hay que saber exactamente para qué se ha producido la citación.

Lo primero que debes hacer al recibir una citación

Antes de nada, leer el documento completo, no solamente la fecha de comparecencia.

Comprueba qué juzgado ha enviado la citación, el número de procedimiento, tu condición dentro del procedimiento, el motivo de la comparecencia, la fecha, la hora y el lugar al que debes acudir.

También debes prestar especial atención a las advertencias que aparecen al final del documento. Pueden indicar qué consecuencias tendría no acudir o qué actuación tienes que realizar antes de una determinada fecha.

¿Tengo que acudir obligatoriamente a una citación?

En muchos casos, sí.

La obligación concreta depende del tipo de citación y de la actuación para la que hayas sido llamado (testigo, investigado, …). La propia comunicación debe indicar si existe obligación de comparecer y qué consecuencias puede tener no hacerlo.

En el ámbito penal, por ejemplo, la ley contempla expresamente determinadas consecuencias para quien no acude a una citación cuando tenía obligación de hacerlo. Establece que la citación puede incluir el apercibimiento correspondiente y, en determinados supuestos, multas.

¿Qué ocurre si no puedo acudir ese día?

Si existe un motivo que realmente te impide acudir, debes comunicarlo al juzgado cuanto antes y justificarlo adecuadamente.

Una enfermedad, una hospitalización, una situación de fuerza mayor o determinadas circunstancias excepcionales pueden requerir que se solicite un cambio de fecha o que se adopte otra solución. Pero no basta con no presentarse.

En algunos casos incluso se te puede pedir aportar documentación que permita acreditar la causa.

Si la fecha está próxima, es especialmente importante buscar asesoramiento legal inmediatamente. Esperar hasta el último momento complica la posibilidad de solucionar el problema.

¿Qué documentos debo llevar?

Como mínimo, la propia citación y un documento oficial que permita acreditar tu identidad. Si el procedimiento está relacionado con contratos, comunicaciones, facturas, fotografías, informes, justificantes de pago u otros documentos, debes conservarlos y entregárselos a tu abogado para que pueda determinar cuáles son relevantes.

No conviene entregar documentación de forma desordenada ni eliminar conversaciones, correos electrónicos o archivos relacionados con el asunto. Aunque algo parezca irrelevante, puede tener importancia para reconstruir lo ocurrido.

¿Qué pasa si ignoro la citación?

Ignorarla es una de las peores decisiones que puedes tomar.

El hecho de no recoger una comunicación, no leerla o no acudir a la cita no hace que el procedimiento desaparezca. Las leyes procesales establecen mecanismos específicos para realizar las comunicaciones y continuar determinados procedimientos incluso cuando una persona no comparece.

En el ámbito civil, por ejemplo, la Ley de Enjuiciamiento Civil regula diferentes formas de comunicación y establece determinadas consecuencias cuando el destinatario no atiende a una comunicación judicial.

Además, la falta de comparecencia desemboca en consecuencias procesales o incluso, en determinados procedimientos penales, consecuencias más graves.

Por eso, si has recibido una, no la ignores. Lo más adecuado es actuar desde el primer momento y no esperar a que llegue la fecha señalada.

¿Qué hacer después de recibir una citación judicial?

La idea fundamental es sencilla: primero hay que identificar exactamente qué procedimiento es y en qué condición has sido citado. Después hay que revisar la fecha, la hora, el lugar y los posibles plazos que aparezcan en el documento.

Si la citación está relacionada con una demanda, una investigación penal o cualquier situación que pueda tener graves consecuencias para ti, lo mejor es consultar cuanto antes con un abogado. Cuanto antes conozca el contenido de la citación y los antecedentes del asunto, más margen tendrá para estudiar la situación y preparar la defensa.

¿Qué ocurre después de comparecer?

Tampoco existe un único escenario.

La comparecencia puede ser solamente una de las actuaciones dentro de un procedimiento que continúe posteriormente.

En un procedimiento penal, por ejemplo, una declaración como investigado puede formar parte de una investigación más amplia. El juzgado puede practicar otras diligencias antes de decidir si el procedimiento continúa, se archiva o avanza hacia otra fase.

En un procedimiento civil, la comparecencia puede formar parte de una vista en la que las partes presentan sus argumentos y pruebas. Dependiendo del procedimiento, después podrán producirse nuevas actuaciones hasta que se dicte una resolución.

Por tanto, acudir al juzgado que ese mismo día vaya a terminar el asunto.

Una citación judicial no es necesariamente una señal de que hayas hecho algo mal, pero sí es una comunicación que debes tomarte en serio. Si has recibido una y no sabes exactamente qué significa o qué debes hacer, llevar el documento a un abogado para que lo revise es el primer paso para afrontar el procedimiento con seguridad y evitar errores que después puedan resultar difíciles de corregir.

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

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Incendios y daños materiales: cuándo puedes reclamar una indemnización

Cada verano, las noticias recuerdan el enorme impacto que causan los incendios sobre viviendas, vehículos, negocios y terrenos. Son episodios que alcanzan una gran repercusión mediática, aunque este tipo de daños puede producirse en cualquier momento del año, ya sea por un incendio forestal, un accidente doméstico, un fallo eléctrico o incluso por la actuación negligente de un tercero.

Cuando te encuentras ante una situación así, las dudas son inmediatas. Qué hacer y si se tiene derecho a alguna indemnización son las más recurrentes. No existe una respuesta común, pero es fundamental conocer los derechos que reconoce la ley.

¿Cuándo puede reclamarse una indemnización por los daños de un incendio?

No todos los incendios generan de manera automática el derecho a recibir una indemnización, pero en muchos casos sí existe la posibilidad de reclamar.

La primera cuestión que debe analizarse es cuál ha sido el origen del incendio y quién es el responsable de los daños. Si existe una persona, una empresa o incluso una administración pública que haya actuado con negligencia o incumpliendo sus obligaciones, es posible exigir la reparación de los perjuicios ocasionados.

Por ejemplo, puede ocurrir que un incendio se origine por una instalación eléctrica defectuosa, por unos trabajos realizados sin las medidas de seguridad necesarias o por una quema no autorizada. También pueden producirse daños cuando las llamas se propagan desde una finca vecina o desde un establecimiento cercano.

En otras ocasiones, el incendio puede tener un origen completamente accidental y no existir un responsable directo. En esos supuestos, será prioritario revisar las coberturas del seguro contratado.

La importancia del seguro en este tipo de situaciones

Cuando un incendio provoca daños materiales, el seguro es la primera vía de protección para el propietario de la vivienda, del vehículo o del negocio.

Las pólizas de hogar incluyen habitualmente la cobertura frente a incendios, aunque el alcance de la protección dependerá de las condiciones contratadas. Lo mismo ocurre con los seguros de comercio o de industria, que pueden cubrir tanto los daños en el inmueble como la pérdida de maquinaria, mercancías o mobiliario.

En el caso de los vehículos, la cobertura dependerá del tipo de seguro. Mientras que un seguro a todo riesgo suele incluir los daños por incendio, en otras modalidades conviene comprobar expresamente las garantías contratadas.

Es importante recordar que las aseguradoras no solo valoran los daños materiales visibles. También pueden indemnizar otros perjuicios relacionados con el incendio, como los gastos de alojamiento provisional cuando la vivienda queda inhabitable o ciertas pérdidas económicas previstas en la póliza.

Por esto debes revisar detenidamente las condiciones del seguro antes de aceptar cualquier propuesta de indemnización.

¿Qué ocurre si el incendio lo provocó un tercero?

La situación cambia bastante.

El art. 1902 del Código Civil establece que: “quien cause un daño a otro por acción u omisión, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el perjuicio causado”.

Esto significa que, si puede demostrarse que el incendio se produjo como consecuencia de una conducta negligente, el responsable deberá indemnizar los daños ocasionados.

Pensemos, por ejemplo, en una empresa que realiza trabajos con maquinaria capaz de generar chispas sin adoptar las medidas de prevención necesarias, en un vecino que manipula fuego incumpliendo la normativa o en el propietario de una instalación que no realiza el mantenimiento adecuado y acaba provocando un incendio.

En estos casos, además de tu seguro, existe la posibilidad de reclamar directamente frente al responsable o frente a su compañía aseguradora.

Responsabilidades de los incendios forestales

Cuando un incendio forestal alcanza viviendas, explotaciones agrícolas, vehículos o negocios, no hay que dar por hecho que se trata de una desgracia inevitable frente a la que no existe posibilidad de reclamar. No siempre es así.

Si las investigaciones determinan que el incendio tuvo un origen negligente o intencionado y puede identificarse al responsable, los perjudicados pueden reclamar la indemnización correspondiente por los daños sufridos.

Incluso es posible exigir responsabilidad a una administración pública cuando un funcionamiento anormal de los servicios públicos haya contribuido a la producción o agravamiento de los daños. No obstante, este tipo de reclamaciones requiere analizar cuidadosamente las circunstancias concretas de cada caso y acreditar la relación entre la actuación administrativa y el perjuicio sufrido.

¿Qué hacer inmediatamente después de un incendio?

Superada la emergencia y una vez que las autoridades hayan declarado segura la zona, lo primero es actuar con prudencia para proteger tanto la seguridad de las personas como los derechos de quienes han sufrido los daños.

Uno de los errores más frecuentes consiste en comenzar inmediatamente las labores de limpieza o reparación sin haber documentado previamente el estado de los bienes afectados.

Siempre que sea posible, hay que realizar fotografías y vídeos de todos los daños, conservar las facturas de los bienes afectados y recopilar cualquier documento que permita acreditar su valor.

También es fundamental comunicar el siniestro a la compañía aseguradora dentro del plazo previsto en la póliza. Con carácter general, la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro establece que el asegurado debe comunicar el siniestro en un plazo de siete días desde que tenga conocimiento del mismo, salvo que el contrato establezca un plazo más amplio.

Además, si intervienen bomberos, fuerzas y cuerpos de seguridad o servicios de emergencia, es interesante solicitar copia de los informes, ya que más adelante pueden resultar muy útiles para acreditar el origen del incendio y la magnitud de los daños.

¿Qué daños pueden reclamarse?

Como hemos comentado, la indemnización no se limita únicamente al coste de reparar una vivienda o sustituir un vehículo, sino que, dependiendo del caso, pueden reclamarse distintos tipos de perjuicios.

Los daños materiales suelen comprender la reparación o reposición de los bienes destruidos, pero también pueden incluir mobiliario, electrodomésticos, maquinaria, mercancías, documentos o equipos informáticos.

Cuando el incendio afecta a un negocio, también pueden producirse enormes pérdidas económicas derivadas de la imposibilidad de continuar la actividad. Son pérdidas que pueden formar parte de la reclamación si existe cobertura aseguradora o si la responsabilidad corresponde a un tercero.

Incluso pueden reclamarse otros gastos directamente relacionados con el incendio, como el alojamiento temporal, el alquiler de otra vivienda mientras se realizan las reparaciones o costes derivados de las labores de limpieza y recuperación.

En definitiva, cada situación debe valorarse por sí sola para determinar qué perjuicios pueden incluirse en la reclamación. Lo que es fundamental, y en esto queremos insistir, es la aportación del mayor número posible de pruebas que confirmen lo ocurrido.

¿Existe un plazo para reclamar?

Sí. 

Los plazos dependen del tipo de reclamación que vaya a presentarse. Cuando la reclamación se dirige frente a una compañía aseguradora, habrá que tener en cuenta lo previsto en la Ley de Contrato de Seguro y las condiciones particulares de la póliza.

Si se pretende reclamar frente a un particular o una empresa responsable de los daños, también existen plazos legales que conviene no dejar transcurrir, ya que una vez prescriba la acción, será mucho más complicado obtener una indemnización.

Por este motivo, es imprescindible buscar asesoramiento legal lo antes posible. Cada incendio presenta circunstancias diferentes y las responsabilidades hemos visto que pueden variar en función de su origen, de los seguros existentes y de las pruebas disponibles, y estar bien aconsejado desde el primer momento ayuda a proteger los derechos del afectado y aumentar las posibilidades de obtener una reparación completa de los daños.

Autor

Manuel Hernández García

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¿Quién responde si se utiliza IA para cometer un delito?

La inteligencia artificial ha dejado de ser una tecnología del futuro para convertirse en una herramienta de uso cotidiano. Cada vez más personas la utilizan para trabajar, estudiar, crear contenidos o automatizar tareas. Sin embargo, como ocurre con cualquier tecnología, también puede emplearse con fines ilícitos.

Esto plantea una pregunta cada vez más frecuente: si una inteligencia artificial se utiliza para cometer un delito, ¿quién es el responsable?, ¿quien la utiliza o quien la desarrolló?

La ley ofrece criterios para determinar quién debe asumir la responsabilidad en cada caso. 

¿Puede la IA responder ante la ley?

Lo primero que conviene aclarar es que, al menos con la legislación actual, una inteligencia artificial no puede cometer un delito desde un punto de vista jurídico.

Aunque muchas herramientas sean capaces de tomar decisiones complejas, generar textos, crear imágenes o realizar determinadas acciones de manera aparentemente autónoma, siguen siendo programas informáticos. Sin personalidad jurídica, voluntad propia ni capacidad para responder ante un tribunal.

El Código Penal establece que la responsabilidad penal recae sobre las personas físicas y, en determinados supuestos, también sobre las personas jurídicas y, evidentemente, una IA no encaja en ninguna de estas categorías.

Esto significa que, cuando participa en un delito, la investigación siempre buscará a la persona o entidad que se encuentra detrás de su utilización.

¿Quién responde cuando una IA se utiliza para delinquir?

Dependerá de las circunstancias concretas de cada caso. 

No todas las situaciones son iguales y la intervención de cada persona puede ser muy diferente. En la mayoría de los supuestos, será la persona que la ha utilizado como instrumento para cometer el delito.

Como decimos, la IA no deja de ser una herramienta, así que del mismo modo que alguien puede utilizar un ordenador, un móvil o un vehículo para cometer una infracción, también puede emplear una inteligencia artificial con esa finalidad.

Si existe intención de delinquir, el hecho de utilizar una IA no elimina ni reduce la responsabilidad penal.

La IA como medio para cometer el delito

En muchas ocasiones, simplemente facilita la comisión de conductas que ya eran delictivas antes de su aparición.

Por ejemplo, puede utilizarse para redactar correos electrónicos de fraude mucho más creíbles, crear documentos falsificados, generar imágenes manipuladas o producir mensajes masivos destinados a engañar a miles de personas.

En estos casos, el delito sigue siendo el mismo, lo único que cambia es la herramienta utilizada, por lo que la responsabilidad continúa correspondiendo a quien planificó y ejecutó la conducta.

Delitos que pueden cometerse utilizando IA

Las posibilidades son muy variadas y, conforme avanza la tecnología, también aumentan los riesgos.

  • Estafas mediante suplantación de identidad: gracias a ella resulta posible imitar voces, crear vídeos falsos (los conocidos como deepfakes) o generar conversaciones aparentemente reales para engañar a familiares, empresas o clientes.
  • Elaborar campañas de phishing mucho más sofisticadas, adaptadas a cada víctima y con un elevado nivel de credibilidad.
  • Crear documentos falsificados o contratos alterados que pueden emplearse para cometer delitos de falsedad documental o fraudes económicos.
  • Facilitar delitos contra el honor, como las injurias o las calumnias, especialmente cuando genera contenidos falsos que se difunden rápidamente por internet.
  • Vulnerar la intimidad, la protección de datos personales, la propiedad intelectual o incluso “participar” en delitos informáticos cuando se emplea para automatizar ataques o descubrir vulnerabilidades en sistemas informáticos.

En definitiva, no crea nuevos delitos por sí misma, pero aumenta de manera considerable la capacidad para cometer muchos de los ya previstos en el Código Penal.

¿Puede responder el desarrollador de la inteligencia artificial?

Esta es una de las cuestiones que más dudas genera.

En principio, el solo hecho de desarrollar una inteligencia artificial no convierte automáticamente a su creador en responsable de los delitos que otros cometan con ella.

Sería comparable a fabricar un ordenador o un teléfono móvil. El fabricante no responde penalmente porque otra persona utilice ese dispositivo para cometer una estafa. Sin embargo, existen situaciones excepcionales en las que podrían surgir responsabilidades.

Por ejemplo, si una empresa diseña deliberadamente una destinada a facilitar actividades ilícitas o sabe que se está utilizando de forma claramente delictiva y participa activamente en ello. Entonces pueden analizarse posibles responsabilidades penales o civiles.

¿Qué ocurre con las empresas que la utilizan?

Deben extremar las precauciones.

En nuestro país, las personas jurídicas pueden responder penalmente en determinados delitos conforme al art. 31 bis del Código Penal.

Esto significa que una empresa puede llegar a asumir responsabilidad penal si la utilización de inteligencia artificial forma parte de una actividad delictiva desarrollada en su entorno y concurren los requisitos establecidos por la ley.

Por este motivo, es prioritario implantar programas de cumplimiento normativo (compliance), establecer protocolos internos sobre el uso de herramientas de inteligencia artificial y formar adecuadamente a los trabajadores.

Porque, en definitiva, no se trata únicamente de cumplir la normativa, sino también de reducir riesgos legales y proteger la reputación de la empresa.

Qué hacer si alguien utiliza una IA para perjudicarte

Cada vez son más frecuentes las consultas de personas que descubren que su imagen, su voz o sus datos personales han sido utilizados mediante inteligencia artificial sin su consentimiento.

En estos casos es importante actuar cuanto antes.

Lo primero es conservar todas las pruebas posibles. Capturas de pantalla, enlaces, correos electrónicos, conversaciones, archivos de audio o vídeo y cualquier otra evidencia es fundamental para una futura investigación.

También recomendamos denunciar los hechos en la plataforma donde se haya difundido el contenido para solicitar su retirada lo antes posible.

Si tienes indicios de que se ha cometido un delito, debes presentar la correspondiente denuncia ante la Policía Nacional, la Guardia Civil o el juzgado competente.

En todo caso, y sabiendo lo novedoso de estos delitos, nunca va a estar de más consultar un abogado cuanto antes para valorar si, además de la vía penal, puedes reclamar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos o ejercitar acciones relacionadas con la protección del honor, la intimidad, la propia imagen o la protección de datos personales.

Hemos llegado a un momento en el que la utilización de IA plantea situaciones jurídicas cada vez más complejas, por lo que el asesoramiento legal es cada vez más necesario.

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Manuel Hernández García

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Delito de coacciones en el alquiler: derechos del inquilino frente al arrendador

Los conflictos entre propietarios e inquilinos no siempre se quedan en simples discusiones por el pago de la renta o el uso de la vivienda. 

En algunos casos, hay comportamientos del arrendador que pueden ir más allá de un incumplimiento contractual y convertirse incluso en un delito de coacciones.

Una situación más frecuente de lo que puede parecer: cortes de suministros, cambios de cerradura, entradas en la vivienda sin permiso o presiones constantes para que el inquilino abandone el inmueble son algunas de las conductas que acaban en los tribunales.

Qué puede considerarse delito de coacciones

Hay propietarios que creen que pueden “forzar” la salida del inquilino cuando existen problemas de pago o desacuerdos. 

Luego está el otro “bando”. Arrendatarios que no saben hasta qué punto ciertas actuaciones son ilegales y cómo deben reaccionar.

Y entre ambos, el delito de coacciones.

Delito regulado en el art. 172 del Código Penal que consiste en “impedir a otra persona hacer algo que la ley le permite o forzarla a hacer algo que no quiere mediante violencia, intimidación o presión ilegítima”.

Cuando hablamos del alquiler, las coacciones aparecen normalmente cuando el arrendador intenta que el inquilino abandone la vivienda sin seguir la ley como corresponde.

Esto es importante porque, aunque exista un problema real (por ejemplo, impagos del alquiler), el propietario no puede tomarse la justicia por su cuenta. 

La ley establece mecanismos concretos, como el procedimiento de desahucio, y cualquier actuación fuera de esos cauces tiene consecuencias legales.

Por otro lado, hay que aclarar que no todo conflicto entre casero e inquilino es automáticamente un delito. Para que exista una coacción, debe existir una conducta que tenga por objeto presionar, limitar o alterar la libertad del arrendatario de forma, como decimos, indebida.

4 conductas del arrendador que llegan a ser coacción

Hay algunas formas de actuar que claramente se ve la intención que hay detrás. En caso de poder probarse, terminan en los juzgados como posibles delitos de coacciones. Uno de los casos más habituales es el corte de suministros esenciales.

Cambio en los suministros

Algunos propietarios deciden dar de baja la luz, el agua o el gas para dificultar la permanencia del inquilino en la vivienda, pensando que, al estar los contratos a su nombre, pueden hacerlo libremente.  Sin embargo, si el fin que hay detrás es presionar al arrendatario para que abandone el inmueble y es una la situación con relevancia penal.

Cambio de cerraduras

También es frecuente el cambio de cerraduras o impedir el acceso a la vivienda. Ilegal porque, aunque el propietario sea el titular del inmueble, mientras exista un contrato de arrendamiento en vigor, no puede privar al inquilino de la posesión de la vivienda por su cuenta.

Visitas constantes y presiones

Otra conducta problemática es visitarle demasiado a menudo con amenazas o presiones reiteradas. Por ejemplo: entrar en la vivienda sin consentimiento, acudir continuamente para intimidar o enviar mensajes insistentes exigiendo la salida inmediata del inmueble. Estas ya pueden llegar a formar parte de una situación de acoso.

Complicar la permanencia en la vivienda

También nos hemos encontrado casos de retiradas de muebles, obstáculos para utilizar zonas comunes o actuaciones destinadas a hacer imposible la convivencia en la vivienda.

Cualquiera de ellas es especialmente grave cuando afecta a personas vulnerables, familias con menores o personas mayores.

¿Puede el propietario desalojar al inquilino por su cuenta?

Aquí es donde más conflictos se producen.

Se puede pensar que, si el inquilino deja de pagar, el propietario puede actuar como hemos comentado, pero no es así.

El desalojo debe realizarse mediante un procedimiento judicial, aunque exista impago. Es decir, debe acudir a los tribunales y esperar la resolución correspondiente y de ninguna de las maneras actuar por su cuenta.

La Ley de Arrendamientos Urbanos regula los derechos y obligaciones de ambas partes, y el Código Civil también protege el uso pacífico de la vivienda arrendada. Por eso, intentar expulsar al arrendatario mediante presión o actos de fuerza genera un problema mucho más serio para el propietario, ya que va en contra de nuestro país.

Cuándo NO existe delito de coacciones

No todas las incidencias relacionadas con suministros o conflictos implican necesariamente que haya un delito.

Por ejemplo, puede existir un desacuerdo legítimo sobre quién debe asumir determinados gastos o sobre la titularidad de los contratos de luz y agua. También puede ocurrir que haya errores administrativos con las compañías suministradoras.

Esto aparece reflejado en una sentencia reciente del Tribunal de Instancia de Collado Villalba, donde una inquilina denunció a la propietaria por una supuesta reducción de la potencia eléctrica de la vivienda alquilada. Sin embargo, la arrendadora fue absuelta al no quedar acreditado que hubiera actuado de forma coactiva.

En ese caso, se tuvo en cuenta que existían contradicciones en la denuncia y que incluso la propia arrendataria había gestionado cambios de titularidad del suministro eléctrico. Además, la propietaria ya había denunciado anteriormente modificaciones realizadas sin su consentimiento.

Este tipo de casos muestra que, para que exista delito, deben existir pruebas suficientes de una actuación destinada a presionar o limitar ilegalmente al inquilino. No basta simplemente con que exista un conflicto entre las partes.

Cómo puede demostrar el inquilino las coacciones

Uno de los mayores problemas: la prueba.

Es complicado porque a menudo las presiones se producen de forma verbal o mediante pequeñas actuaciones que, aisladas, parecen poco relevantes. Sin embargo, cuando se documentan correctamente, resultan fundamentales.

La prueba de la existencia de este delito pasa obligatoriamente por guardar mensajes, correos electrónicos o conversaciones, también ayuda conservar facturas, comunicaciones con compañías suministradoras y cualquier documento relacionado con incidencias que hayan ocurrido en la vivienda.

En caso de que se llegue al corte de suministros, solicitar informes a las compañías para conocer el motivo exacto de la interrupción.

También es relevante contar con los testigos, especialmente vecinos o personas que hayan presenciado amenazas o actuaciones intimidatorias.

Por último, si el propietario accede a la vivienda sin permiso o realiza actuaciones especialmente graves, llamar a la policía deja constancia inmediata de lo ocurrido.

Consecuencias legales para el arrendador

Las coacciones pueden acarrear consecuencias penales que hay que tener en cuenta.

El Código Penal prevé multas e incluso penas más graves dependiendo de cómo se hayan producido los hechos y de la intensidad de la presión ejercida. Además de la vía penal, también puede enfrentarse a reclamaciones civiles por daños causados al inquilino.

 

En definitiva, querer acelerar ilegalmente la salida del arrendatario no acaba bien y lo hace generalmente en los juzgados.

En los conflictos de alquiler es habitual que ambas partes actúen desde el cansancio, la tensión o la frustración. Pero precisamente por eso no hay que olvidar que existen procedimientos legales para resolver estas situaciones. Siempre es mejor que actuar por tu cuenta.

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539

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Prórrogas de alquiler: ¿qué ocurre si cambian las medidas del Gobierno?

Los contratos de alquiler generan muchas dudas por su importancia y especialmente cuando aparecen nuevas medidas aprobadas por el Gobierno o cambios legislativos que afectan a propietarios e inquilinos. En las últimas semanas hemos visto cómo una prórroga extraordinaria para algunos alquileres terminó provocando una gran confusión e inseguridad jurídica tras la caída del decreto que la regulaba.

Más allá de la polémica concreta, esta situación ha servido para sacar a la luz  una duda muy habitual: qué ocurre cuando un contrato de alquiler termina, cuándo puede prorrogarse y qué pasa si las normas cambian mientras el contrato sigue en vigor.

Qué es una prórroga de alquiler

Entender cómo funcionan las prórrogas del alquiler es fundamental para ambas partes, ya que muchos conflictos aparecen por desconocer los plazos legales o por confiar en interpretaciones erróneas de medidas aprobadas de manera temporal.

Cuando se firma un contrato de alquiler de vivienda, se piensa que el contrato termina justo en la fecha indicada en el documento,  sin embargo, la realidad es más compleja.

La Ley de Arrendamientos Urbanos, (LAU), establece diferentes sistemas de prórroga que pueden alargar la duración del contrato incluso aunque inicialmente se hubiera pactado un periodo más corto.

Esto hace que no todas las prórrogas funcionen igual y es algo confuso. Algunas son obligatorias, otras dependen de la voluntad de las partes y otras se aprueban de forma excepcional mediante decretos temporales impulsados por el Gobierno.

Además, en los últimos años las normas sobre vivienda han cambiado varias veces, lo que ha hecho que muchos propietarios e inquilinos no tengan claro cuáles son exactamente sus derechos.

Prórrogas obligatorias en los contratos de alquiler

La LAU protege la estabilidad de la vivienda habitual permitiendo que muchos contratos se extiendan automáticamente aunque el plazo inicial haya terminado.

Actualmente, si el arrendador es una persona física, el inquilino puede permanecer en la vivienda hasta completar cinco años de contrato. Si el propietario es una empresa o una sociedad, el plazo puede llegar hasta siete años.

Esto quiere decir que, aunque el contrato firmado fuera de un año, el inquilino puede seguir renovándolo anualmente hasta alcanzar esos límites legales, salvo en determinadas excepciones previstas por la ley. Después existe una prórroga tácita adicional de hasta tres años más si ninguna de las partes comunica correctamente su voluntad de finalizar el contrato.

El problema es que muchas veces no se conocen bien estos plazos ni las formas de comunicación exigidas por la ley. Y ahí suelen empezar los conflictos.

Qué son las prórrogas extraordinarias aprobadas por el Gobierno

Además de las prórrogas habituales previstas en la LAU, de las que acabamos de hablar, el Gobierno puede aprobar medidas extraordinarias en situaciones excepcionales.

Esto ocurrió durante la pandemia y también posteriormente en el contexto de la crisis de vivienda y el aumento de los precios del alquiler.

Estas medidas permitían que determinados inquilinos solicitaran ampliaciones temporales del contrato manteniendo las mismas condiciones del alquiler, incluso cuando ya habían terminado las prórrogas previstas por la ley.

El objetivo era evitar que personas vulnerables o con dificultades para acceder a otra vivienda quedaran desprotegidas en momentos especialmente complicados. Son medidas que suelen aprobarse mediante reales decretos-ley y tienen una duración limitada. Precisamente ahí es donde surgen los problemas.

Qué pasa si una medida temporal deja de estar en vigor

Uno de los mayores problemas de las normas temporales es que confunden cuando desaparecen o cambian antes de que determinadas situaciones se resuelvan por completo.

Eso es lo que ha ocurrido recientemente con la prórroga extraordinaria de alquiler aprobada por el Gobierno.

El decreto que regulaba esa medida dejó de estar vigente tras no ser convalidado por el Congreso. A partir de ahí surgió una gran incertidumbre sobre qué ocurría con los inquilinos que ya habían solicitado la prórroga o cuyos contratos estaban a punto de finalizar.

Algunos entendían que el hecho de haber pedido la prórroga durante la vigencia del decreto bastaba para mantener el derecho. Otros interpretaban que la protección desaparecía si el contrato vencía cuando la norma ya no estaba activa. La consecuencia: una situación de inseguridad jurídica entre arrendadores y arrendatarios.

La impotencia de las fechas del contrato

En materia de alquileres, son fundamentales.

Unos pocos días pueden cambiar completamente los derechos de las partes. La fecha de vencimiento del contrato, el momento en el que se comunica una renovación o el plazo para avisar de que no se quiere continuar son decisivos.

Muchos inquilinos descubren demasiado tarde que tenían derecho a una prórroga pero no la solicitaron correctamente y otros creen estar protegidos porque escucharon información general en medios de comunicación, cuando en realidad su situación concreta no encaja dentro de la medida aprobada. Por eso siempre es necesario tener en cuenta las circunstancias de cada caso de manera individual.

No basta con saber que existe una ayuda o una prórroga extraordinaria. También hay que comprobar estos tres puntos:

  1. si el contrato cumple los requisitos,
  2. si los plazos siguen vigentes,
  3. y si la comunicación se ha realizado correctamente.

Cómo deben comunicarse las prórrogas o fin del alquiler

Uno de los errores más habituales es confiar en conversaciones verbales o mensajes informales. 

Ante un conflicto relacionado con la duración del contrato, las pruebas son esenciales. Por eso recomendamos que cualquier comunicación importante se haga por escrito y pueda acreditarse posteriormente.

Este tipo de comunicaciones son las solicitudes de prórroga, los avisos de no renovación, los cambios en las condiciones del alquiler, o acuerdos entre propietario e inquilino. Todas ellas de gran importancia durante el arrendamiento

Para hacerlo, el burofax sigue siendo uno de los medios más utilizados porque permite demostrar tanto el contenido enviado como la fecha de recepción. También los correos electrónicos o comunicaciones firmadas si quedan correctamente documentadas. Hay que tener en cuenta que si no existe prueba clara, los problemas se multiplican.

Los cambios legislativos relacionados con la vivienda crean  mucha atención mediática, pero no siempre se explican con claridad.

En ocasiones se transmite la idea de que una medida protege automáticamente a todos los inquilinos o afecta por igual a todos los contratos, cuando la realidad jurídica suele depender de fechas, requisitos y situaciones concretas.

 

El reciente debate sobre las prórrogas extraordinarias ha dejado claro que interpretar bien este tipo de normas es evitar errores y conflictos posteriores, por lo general provocados por el desconocimiento y la confianza en lo que se lee en los medios y que no siempre no incluye tu caso.

Por eso, tanto propietarios como inquilinos deben revisar cuidadosamente cualquier cambio legal que afecte a su contrato y no dar por hecho que una medida temporal se aplicará automáticamente en todos los casos.

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Manuel Hernández García

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Phishing y smishing: detéctalos para no caer

Recibir un mensaje que parece de tu banco, de una empresa de mensajería o incluso de la Agencia Tributaria ya forma parte del día a día. El problema es que, muchas veces, no son reales. Detrás hay un intento de fraude que busca algo muy concreto: tus datos o tu dinero.

Si has pasado por algo así, o tienes dudas, entender bien cómo funciona el phishing y el smishing es el primer paso para protegerte. O también para saber cómo actuar si ya has sido víctima.

¿Qué es el phishing?

Un tipo de estafa que se realiza generalmente a través del correo electrónico. Consiste en que un ciberdelincuente se hace pasar por una entidad de confianza para engañarte.

Cómo actúa el phishing 

Lo habitual es que recibas un email que parece oficial, que puede incluir el logotipo de tu banco, un diseño muy cuidado y un mensaje que suena convincente, por lo que no deberías tener razón para dudar

Ese mensaje suele plantear un problema o una situación urgente: un acceso sospechoso, un pago retenido o la necesidad de verificar tus datos. Todo metiéndote mucha prisa.

A partir de ahí, te “invitan” a hacer clic en un enlace.

Cuando lo haces, llegas a una web que imita a la original, pero no lo es. Si introduces tus datos, los estafadores los reciben directamente. En otras ocasiones, el correo incluye un archivo adjunto que, al abrirlo, instala un programa malicioso en tu dispositivo.

Sea cómo sea ya han accedido a tu cuenta y a información muy delicada.

Por qué es tan efectivo

Porque se basa en la confianza y las emociones: pensar que nuestro dinero o nuestras cuentas están en riesgo, casi obliga a actuar sin pensar demasiado.

Además, los correos cada vez están mejor hechos. Ya no es raro que estén bien redactados, sin faltas de ortografía y con detalles que los hacen parecer auténticos.

Qué es el smishing

Una variante del anterior, pero en lugar de utilizar el correo electrónico, se realiza a través de mensajes SMS o aplicaciones de mensajería.

Cómo funciona el smishing

Como decimos, recibes un mensaje en tu móvil. Puede parecer que son de tu banco (como el caso anterior), de una empresa, un organismo o de cualquier servicio que utilices.

El contenido suele ser breve, directo y urgente. Por ejemplo: un paquete pendiente de entrega, un problema con tu cuenta o un cargo sospechoso.

El mensaje incluye un enlace que te lleva a una web falsa donde te piden tus datos o te “invitan” a realizar una acción que termina comprometiendo tu seguridad.

Por qué es tan peligroso

Porque el móvil genera una sensación de confianza mucho mayor que el email. Estamos acostumbrados a recibir comunicaciones importantes por SMS, y eso hace que se baje la guardia.

No solo por eso: es más difícil comprobar la dirección real de un enlace desde el teléfono, lo que facilita que el engaño al final se lleve a cabo

Diferencias entre phishing y smishing

Aunque el objetivo es el mismo, hay dos diferencias fundamentales entre ambos.

  • El phishing llega por correo electrónico y suele tener un formato más elaborado, con más texto y apariencia corporativa.
  • El smishing, en cambio, es más directo, llega por SMS y utiliza mensajes cortos que buscan una reacción inmediata.

En ambos, el elemento común es el engaño y la urgencia. Se te pide actuar enseguida, sin tiempo a detenerte para comprobar si el mensaje es real.

¿Cómo detectar el phishing y el smishing?

Hacerlo a tiempo no siempre es fácil, pero hay pistas que se repiten con frecuencia y es lo que puede ayudarte a frenar antes de hacer clic o dar cualquier dato a los estafadores. 

Mensajes que buscan generar urgencia

Uno de los recursos más utilizados: la presión. 

Se intenta que actúes rápido, sin pensar. Lees frases como “último aviso”, “tu cuenta será bloqueada hoy” o “actividad sospechosa detectada” que generan miedo o preocupación en quien las recibe

Cuando sientes esa urgencia, no te detienes a comprobar si el mensaje es real. Por eso, ante cualquier aviso alarmante, conviene parar un momento y revisar.

Remitentes que no encajan del todo

A simple vista, tiene toda la pinta de ser de una empresa conocida, pero si te fijas bien, hay pequeños detalles que no cuadran:

En los correos electrónicos, la dirección incluye letras o dominios extraños. 

En los SMS, el número no coincide con los habituales o aparece como un remitente genérico.

Ese tipo de “cosas raras” son una señal bastante clara de que algo no va bien.

Enlaces que no llevan donde dicen

El enlace es clave en los fraudes: el texto dice una cosa y la dirección real es otra.

En ordenador, puedes pasar el cursor por encima del enlace (¡sin hacer clic!) para ver a dónde se dirige de verdad. En el móvil es más complicado, pero si el enlace tiene una estructura rara, con muchos números, letras sin sentido o dominios desconocidos, es mejor no abrirlo.

También es frecuente que imiten direcciones oficiales cambiando algo como una letra o añadiendo algún elemento casi imperceptible. Debes estar muy pendiente y no actuar “en caliente”

Mensajes genéricos o poco personalizados

No utilizan tu nombre ni datos concretos, sino que empiezan con fórmulas generales como “estimado cliente” o “usuario”. Desconfía.

Las comunicaciones oficiales, especialmente las bancarias, están personalizadas. Si no lo están, es un motivo más para tener cuidado.

Peticiones de datos sensibles

Este es uno de los indicadores más claros. 

Ninguna entidad seria te va a pedir por correo o SMS información como contraseñas, códigos de verificación o datos completos de tu tarjeta.

Si un mensaje te pide este tipo de información, lo prudente es dar por hecho que se trata de un fraude y nunca nunca darles la información que te piden.

Errores o detalles poco cuidados

Aunque cada vez son menos frecuentes, algunos mensajes siguen teniendo fallos de redacción, traducciones extrañas o un tono poco natural. Incluso incoherencias en el diseño, logotipos de baja calidad o formatos que no coinciden con los habituales de la empresa.

Y decimos que esto no es ya habitual, pero sigue pasando, así que fíjate y elimínalos.

Situaciones que no te esperas

Recibir un aviso de un paquete cuando no has hecho ningún pedido, o un mensaje del banco cuando no eres cliente, debe hacer saltar las alarmas, porque no tiene sentido recibirlos.

Los estafadores juegan con probabilidades: envían miles de mensajes esperando que algunos coincidan con la situación real de alguien. Si no encaja contigo, no es legítimo.

Qué hacer si recibes un mensaje sospechoso

Ante la duda, lo más importante es no interactuar: no hagas clic en enlaces ni descargues archivos. Tampoco respondas al mensaje.

Si quieres comprobar si es real, contacta directamente con la entidad a través de sus canales oficiales. Por ejemplo, entrando en su web o llamando a su teléfono de atención al cliente.

También es fundamental eliminar el mensaje y marcarlo como spam para reducir la posibilidad de futuros intentos.

¿Has sido víctima de phishing o smishing?

Este momento es diferente y ya poco vale lo anterior. Aquí actuar rápido es lo único que evita el fraude. 

Contacta con tu banco inmediatamente: Si has facilitado datos bancarios o has realizado alguna operación, avisa a tu banco cuanto antes. Pueden bloquear tarjetas, cuentas o movimientos sospechosos.

Cambia tus contraseñas: no solo las del banco, las del correo electrónico y cualquier otro servicio que pueda estar relacionado.

Revisa tus cuentas: comprueba si hay movimientos que no reconoces y si detectas alguno, notifícalo de inmediato a la empresa u organismo que sea.

Analiza tu dispositivo: es buena idea pasar un antivirus para asegurarte de que no se ha instalado ningún programa malicioso que permita que sigan accediendo a tu información.

El phishing y el smishing no son fraudes aislados, sino que estamos ante técnicas cada vez más habituales y sofisticadas  que hacen caer a cualquiera.

Ante la mínima duda, el asesoramiento legal evita que tomes decisiones arriesgadas que pueden darte muchos problemas.

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Manuel Hernández García

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“Me han vendido una casa que ya tenía dueño”. Qué hacer en una doble venta

Comprar una vivienda es una de las decisiones más importantes de la vida. Por eso, cuando surgen problemas legales en el proceso, la incertidumbre llega a ser enorme. 

Uno de los conflictos más delicados es la “doble venta», una situación que, aunque no es muy frecuente, ocurre y da lugar a muchas dudas.

¿Qué es la doble venta?

Cuando alguien vende un mismo bien (normalmente un inmueble) a dos o más compradores distintos. Esto puede ocurrir por diferentes motivos. A veces se trata de un error o una mala gestión, pero en otras ocasiones hay una intención clara de engañar. 

En cualquier caso, el resultado es el mismo: varias personas creen haber comprado la misma propiedad y la pregunta es quién tiene derecho a quedarse con ella.

En cuanto a la legislación, está regulada en el Código Civil, donde se establecen los criterios que determinan quién tiene preferencia sobre el bien cuando se ha vendido varias veces. Porque la clave no está solo en quién firmó primero, sino en otros factores importantes como la inscripción en el Registro de la Propiedad o la posesión del bien.

Cómo se resuelve una doble venta de un inmueble

Cuando hablamos de bienes inmuebles (como viviendas, locales o terrenos), la ley establece un orden de prioridad bastante claro.

Tendrá preferencia quien haya inscrito antes su compra en el Registro de la Propiedad, esto es fundamental. 

Aunque alguien haya firmado antes un contrato privado de compraventa, si otra persona inscribe su derecho antes en el Registro y lo hace de buena fe, será esta última quien tenga más posibilidades de quedarse con el inmueble. 

¿Qué pasa si nadie ha inscrito la propiedad?

Si ninguno lo ha hecho, se tiene en cuenta quién ha tomado posesión del inmueble primero. Por ejemplo, quien ha entrado a vivir en la vivienda o ha empezado a usarla de forma efectiva.

¿Y si tampoco hay posesión?

Estaríamos ante un caso diferente en el que ya entra en juego el contrato de compraventa: tendrá preferencia quien haya adquirido antes la propiedad en litigio.

El papel de la buena fe ante una doble venta

Hace unos momentos hemos comentado la posibilidad de que una compra se haga de buena fe y es un punto importante.

La ley protege al comprador que actúa sin saber que ese inmueble ya había sido vendido antes. Es decir, alguien que compra confiando en que todo está en regla. Pero eso sí, en el momento en el que se demuestre que uno de los compradores sabía que existía una venta previa, pierde esa protección y su posición se debilita mucho.

Qué ocurre con el comprador que pierde el inmueble

Cuando se produce una doble venta, es evidente que no todos pueden quedarse con la propiedad. La ley establece quién tiene preferencia, pero eso no significa que el resto se quede sin protección. Al contrario, el comprador que pierde el inmueble tiene derecho a reclamar y a ser compensado por el perjuicio sufrido.

Ahora bien, la forma de reclamar y las opciones disponibles dependen mucho de cada caso concreto.

Derecho a recuperar el dinero entregado

Lo primero que debe tener claro el comprador perjudicado es que puede reclamar la devolución de todo lo que haya entregado. Esto incluye no solo el precio de la vivienda (si llegó a pagarlo total o parcialmente), sino también cualquier señal o arras que hubiera dado en su momento.

El vendedor no puede quedarse con ese dinero si no puede cumplir con la venta.

Indemnización por daños y perjuicios

Además, puede exigir una indemnización por los daños que le haya causado la situación.

Aquí es donde muchos de nuestros clientes tienen dudas, porque no siempre se trata solo del dinero entregado. También se pueden reclamar otros gastos y perjuicios derivados de la operación, como por ejemplo gastos de notaría, impuestos asociados a la compra, honorarios de intermediarios (inmobiliarias) e incluso el perjuicio económico por haber perdido una oportunidad (por ejemplo, dejar escapar la vivienda).

La idea es que el comprador quede, en la medida de lo posible, en la misma situación en la que estaría si la doble venta no hubiera ocurrido.

¿Se puede reclamar también al otro comprador?

En principio, no. 

Lo habitual es que la reclamación se dirija contra el vendedor, que es quien ha generado el problema. Sin embargo, hay una excepción importante: cuando el otro comprador ha actuado de mala fe.

Si se puede demostrar que la segunda persona sabía que el inmueble ya estaba vendido y aun así siguió adelante con la operación, su situación cambia. En ese caso, podría responder también por los daños causados.

Es cierto que no es lo más frecuente, pero es una posibilidad que conviene valorar.

¿Cómo reclamar por una doble venta?

El comprador perjudicado puede acudir a la vía civil para defender sus derechos, luego, dependiendo de las circunstancias, se pueden plantear distintas acciones:

Reclamar el cumplimiento del contrato, aunque es difícil si el inmueble ya ha pasado a otra persona protegida por el Registro.

Solicitar la resolución del contrato, es decir, dejarlo sin efecto y exigir la devolución del dinero más una indemnización.

En la mayoría de los casos, esta segunda opción es la más realista.

¿Y si ha habido engaño? 

Cuando la doble venta no es un simple error, sino que existe una intención clara de engañar, la situación cambia y estaríamos ante un posible delito de estafa.

En estos casos, además de la reclamación civil, el comprador puede acudir a la vía penal. Esto no solo busca recuperar el dinero, sino también llegar al fondo de las responsabilidades.

El papel de las arras 

Si en la operación se firmó un contrato de arras, hay que revisar qué tipo de arras se pactaron.

En el caso de las arras penitenciales, si el vendedor incumple, debe devolver el doble de la cantidad entregada. Esto puede ser una salida para el comprador perjudicado, ya que da la oportunidad de reclamar una compensación adicional sin necesidad de entrar en discusiones más complejas sobre daños.

¿Qué son las arras penitenciales?

Una cantidad de dinero que se entrega al firmar un contrato como señal, y que permite a cualquiera de las partes desistir del acuerdo.

Si quien se echa atrás es el comprador, pierde esa cantidad. Si es el vendedor, debe devolver el doble.

9 situaciones habituales de doble venta

La doble venta no aparece de la nada, todo lo contrario. Casi siempre hay patrones o circunstancias que la favorecen y hay escenarios que se repiten con bastante frecuencia.

01.-Contratos privados que no llegan al Registro

Una de las situaciones más habituales se da cuando la compraventa se queda en un contrato privado y no se formaliza en escritura pública ni se inscribe en el Registro de la Propiedad.

Esto genera una falsa sensación de seguridad en el comprador porque ha firmado, ha pagado una señal o incluso parte del precio, pero jurídicamente su posición es más débil frente a terceros.

El problema aparece cuando el vendedor, de forma intencionada o no, vuelve a vender el inmueble a otra persona que sí eleva el contrato a escritura pública y lo inscribe en el Registro. En ese momento, el segundo comprador puede quedar protegido, dejando al primero en una situación de indefensión.

02.-Ventas rápidas con varios interesados

En mercados inmobiliarios con mucha demanda (como el actual), es habitual que un mismo inmueble tenga varios interesados al mismo tiempo.

Esto, en principio, no es un problema. La cosa se enrevesa cuando el vendedor no gestiona bien la operación y compromete la venta con más de una persona.

Por ejemplo: acepta varias señales o arras mientras decide con quién cerrar la operación. Si no actúa con claridad, esto puede generar una doble venta, aunque en un principio la idea no fuera engañar.

03.-Uso indebido de contratos de arras

Las arras son una herramienta muy habitual, pero también el origen de problemas si no se utilizan de manera adecuada.

Hay casos en los que el vendedor firma contratos de arras con varios compradores distintos, comprometiendo la misma vivienda en varias ocasiones. Esto puede hacerse por desconocimiento o, en situaciones más graves, buscando obtener varias cantidades de dinero antes de decidir a quién vender realmente.

04.-Problemas entre copropietarios

Si uno de los copropietarios actúa por su cuenta y vende el bien sin el consentimiento de los demás, puede dar lugar a conflictos importantes. En algunos casos, incluso una doble venta si otro de los propietarios realiza una operación paralela.

Este tipo de situaciones se pueden dar en herencias, divorcios o propiedades compartidas mal gestionadas.

05.-Falta de actualización en el Registro de la Propiedad

El Registro de la Propiedad no siempre refleja la realidad de forma inmediata. Puede haber retrasos o situaciones en las que una venta no se haya inscrito todavía.

Esto abre la puerta a que el vendedor, aprovechando que sigue apareciendo como titular registral, vuelva a vender el inmueble a otra persona. Entonces, el segundo comprador, si actúa de buena fe y confía en lo que dice el Registro, puede verse protegido, aunque exista una venta previa no inscrita.

06.-Actuaciones fraudulentas 

En los casos más graves, el vendedor, de forma consciente, vende el mismo inmueble a varias personas con la intención de obtener un beneficio económico indebido.

Suele verse en caso de operaciones rápidas, con presión para cerrar cuanto antes, evitando dar tiempo al comprador a comprobar la situación registral o a formalizar correctamente la operación. Aquí ya el riesgo es mayor, porque no solo hay un problema civil, sino también una posible responsabilidad penal.

07.-Intermediación sin control

La intervención de intermediarios, como agencias o personas que actúan sin demasiada supervisión, también puede dar lugar a situaciones de riesgo.

Cuando no hay una buena coordinación o se trabaja con información a medias, llega a darse el caso de que el mismo inmueble se venda a varios compradores al mismo tiempo. Esto no siempre implica mala fe, pero sí una gestión deficiente que deriva en conflictos.

08.-Retrasos en la firma o en la financiación

Hay operaciones que se alargan en el tiempo por diferentes motivos, como la concesión de una hipoteca o problemas administrativos.

Durante ese periodo, si no hay un compromiso bien cerrado y documentado, el vendedor puede recibir nuevas ofertas y verse tentado a aceptar otra propuesta. Si finalmente formaliza una segunda venta antes de cerrar la primera, se genera una doble venta.

09.-El comprador confía demasiado

Aunque pueda parecer lo contrario, hay veces en las que el problema no está solo en el vendedor, sino también en un exceso de confianza por parte del comprador.

Por ejemplo, si no verifica la situación registral, no formaliza la operación ante notario o retrasa la inscripción, aquí estamos ante decisiones que aumentan el riesgo, porque la doble venta, por regla general, se apoya precisamente en estos vacíos o descuidos.

La doble venta da lugar a situaciones muy delicadas, donde varias personas se verán perjudicadas al mismo tiempo. La ley establece criterios claros para resolver estos conflictos, pero no siempre el resultado es sencillo ni rápido. Razón suficiente para no dejar pasar el tiempo y buscar una solución cuanto antes.

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¿Ha habido negligencia médica? ¿Sabes si puedes reclamar?

Acudir a un profesional sanitario implica depositar confianza: en el diagnóstico, en el tratamiento y en que la actuación se realice conforme a los protocolos y estándares profesionales exigibles. 

Sin embargo, cuando el resultado no es el esperado o la situación empeora, es habitual que surja una duda legítima: 

¿Se trata de una complicación inevitable o de una posible negligencia médica?

Cuando algo no sale bien… ¿ya es negligencia?

No necesariamente.

Este es uno de los puntos más confusos, porque el hecho de que un tratamiento no funcione o que haya complicaciones no significa automáticamente que haya negligencia. La medicina no es una ciencia exacta. Hay riesgos inherentes a la ejecución del procedimiento que se trate, ciertos márgenes de error y situaciones que pueden evolucionar de forma desfavorable aun habiéndose actuado correctamente.

Por ello, un mal resultado, por sí solo, no determina la existencia de negligencia.

Entonces, ¿cuándo hablamos de negligencia médica?

Existe negligencia cuando el profesional sanitario no actúa conforme a la lex artis, es decir, cuando su actuación se aparta de los estándares profesionales sanitarios exigibles en ese caso concreto.

Para dejar esto más claro, no se trata de exigir resultados perfectos, sino de que se hayan seguido los procedimientos adecuados, con la atención y el cuidado que marca la práctica sanitaria.

No es lo mismo un riesgo que un error

Hay tratamientos que, aunque se hagan perfectamente, tienen riesgos. Por ejemplo, una operación puede tener complicaciones, un medicamento puede provocar efectos secundarios o un diagnóstico puede ser difícil en fases iniciales.

Y aquí es donde la frustración te hace preguntarte: “Si algo ha salido mal… alguien habrá hecho algo mal, ¿no?”

La respuesta, aunque pueda resultar frustrante, es que no siempre, para que haya negligencia, tiene que haber una actuación alejada de lo que sería correcto.

Ejemplos de negligencia

Para verlo más fácil, piensa en situaciones como estas:

  • Un diagnóstico que se retrasa sin motivo, cuando había síntomas claros desde el principio.
  • Una prueba que no se realiza cuando era necesaria.
  • La elección de un tratamiento que no es el adecuado para el caso concreto.
  • Un error durante una intervención que se podría haber evitado.
  • O algo muy importante: no informar al paciente de los riesgos relevantes antes de actuar.

En todos estos casos, no hablamos solo de que algo “haya salido mal”, sino de una actuación que pudo —y debió— realizarse de forma distinta.

¿Cómo puedes saber si en tu caso ha existido negligencia?

Es habitual que el paciente tenga la sensación de que “algo no ha encajado”, pero sin poder determinar si se trata de una complicación normal o de una actuación incorrecta.

En estos casos, lo más importante es revisar la historia clínica, las actuaciones realizadas y los protocolos aplicables, y que todo ello sea valorado por un profesional especializado, ya que muchas negligencias no son evidentes a simple vista y requieren un análisis técnico, siendo además situaciones complejas de diferenciar para quien no cuenta con la experiencia y los conocimientos necesarios.

Qué puedes hacer si sospechas que ha habido una negligencia

Si estás en esta situación, hay varios pasos que conviene tener en cuenta.

Lo primero: recopila toda la documentación médica que tengas, como informes, pruebas, diagnósticos, consentimientos firmados, bajas, etc.

Lo segundo: no dejes pasar el tiempo, este tipo de reclamaciones están sujetas a plazos reducidos y si se te pasan, es fácil que pierdas tu derecho a reclamar.

Y lo tercero: consulta con un profesional especializado. No todos los casos son viables, pero es importante que alguien con experiencia te diga si merece la pena iniciar una reclamación.

Es importante que sepas que dudar es normal, de hecho, la mayoría de personas que han pasado por una posible negligencia médica empiezan igual: con la sensación de que algo no encaja, pero sin tener claro qué.

Si ese es tu caso, no necesitas tener todas las respuestas ahora mismo. Pero sí informarte bien y revisar tu situación. Porque cuando de verdad ha habido un error, tienes derecho a saberlo… y a reclamar.

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Manuel Hernández García

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Vishing: cuando una llamada parece del banco,…pero no lo es

Empieza a ser habitual recibir llamadas que, en apariencia, proceden de nuestro banco. La persona al otro lado suena profesional, conoce algunos datos personales e incluso hasta aparece en pantalla el número de la entidad. 

A simple vista, todo encaja. 

Pero no. En más casos de los que nos gustaría se trata de una estafa conocida como vishing, una técnica muy utilizada por ciberdelincuentes para acceder a tu dinero.

¿Qué es el vishing?

Una modalidad de fraude que combina la ingeniería social con llamadas telefónicas. El término proviene de “voice” (voz) y “phishing”, ya que el engaño se realiza por teléfono en lugar de por correo electrónico o mensajes.

El objetivo es que facilites datos sensibles como claves bancarias, códigos de verificación o autorices operaciones sin ser del todo consciente de lo que estás haciendo.

Lo realmente peligroso es que depende de la confianza. Los estafadores saben cómo generar urgencia y credibilidad, y muchas veces consiguen que la víctima actúe sin detenerse a pensar, al dar por hecho que está en contacto con su entidad.

¿Cómo funciona una estafa de vishing?

Aunque puede haber variaciones, el patrón se repite bastante.

Primero, el estafador contacta por teléfono haciéndose pasar por el banco, una empresa conocida o incluso un organismo oficial. En muchos casos utilizan técnicas de suplantación de número (spoofing), por lo que en tu móvil puede aparecer el número real de tu banco.

Durante la llamada, te informan de un supuesto problema urgente: un intento de fraude, un cargo sospechoso o un bloqueo de tu cuenta son los más habituales, con el objetivo de generar preocupación y que bajes la guardia.

A partir de ahí, te piden que confirmes datos personales o que realices algo como facilitar un código SMS, descargar una aplicación, acceder a tu banca online o autorizar una operación. En otros casos, te indican que debes hacer una transferencia a una “cuenta segura” para proteger tu dinero. Esta es una de las señales más claras de estafa.

Llegado a este punto y una vez obtienen la información o la autorización, acceden a tu cuenta y realizan movimientos de dinero.

3 señales para detectar el vishing

Es cierto que estas estafas están cada vez más elaboradas, pero aun así hay indicios que deben hacerte sospechar y ponerte en alerta.

Si muestran urgencia

Una de las claves es en cuanto dan muestra de que algo es superurgente y debes actuar ya. Si te presionan para actuar rápido, sin darte tiempo a pensar o consultar, es una señal que no puedes dejar pasar.

Se trata de eso mismo, de que no puedas reaccionar y darte cuenta de lo que está pasando.

Si te piden datos sensibles

Fundamental. Desconfía en el momento en el que te piden datos como contraseñas, códigos de verificación o números completos de tarjeta. Los bancos nunca te van a solicitar este tipo de información por teléfono.

Si te piden movimientos de dinero

Otra señal importante es cuando te piden realizar transferencias o mover tu dinero a otra cuenta “por seguridad”. Como en el caso anterior, ninguna entidad bancaria actúa de esta forma.

Por último, añadimos que tengas mucho cuidado aunque el número que aparezca sea el de tu banco, no confíes en eso. La suplantación de identidad telefónica es cada vez más frecuente y para este tipo de delincuentes es sencillo hacerlo para darte esa falsa confianza que te haga actuar.

La ley y este tipo de estafas telefónicas

En nuestro país, este tipo de conductas encajan dentro del delito de estafa recogido en el Código Penal, donde se considera que ocurre cuando alguien utiliza engaño suficiente para provocar un error en otra persona y obtener un beneficio económico.

Además, desde el punto de vista bancario, también es clave la normativa de servicios de pago, especialmente el Real Decreto-ley 19/2018, que regula, entre otras cosas, la responsabilidad en operaciones no autorizadas.

Esta normativa establece que, en principio, si se realiza un pago sin el consentimiento del cliente, el banco debe devolver el importe de forma inmediata. Sin embargo, hay una excepción importante: cuando el cliente ha actuado con negligencia grave.

Aquí es donde surgen muchos conflictos, ya que las entidades bancarias suelen alegar que el cliente facilitó voluntariamente sus datos o autorizó la operación.

¿Tiene el banco que devolverte el dinero?

Esta es una de las principales consultas que nos llegan a nuestro bufete y no siempre tiene una respuesta automática. En general, si has sido víctima de vishing y no has actuado con negligencia grave, el banco debería devolverte el dinero. 

La clave está en demostrar que fuiste engañado y que no facilitaste los datos de forma imprudente. Y es lo que, a menudo, no es tan sencillo.

Los tribunales están analizando cada vez más este tipo de casos y, cada vez más, dan la razón a los clientes. La razón es que los estafadores utilizan técnicas muy sofisticadas y que cualquier persona puede caer en el engaño.

Por ejemplo, no es lo mismo compartir una contraseña de forma evidente que hacerlo bajo una situación de presión, creyendo que hablas con tu banco y tratando de evitar un fraude. Aun así, cada caso debe analizarse de forma individual, valorando las circunstancias concretas.

He sido víctima de vishing, ¿qué puedo hacer?

Si sospechas que has caído en una estafa de este tipo, algo fundamental es actuar con rapidez.

Lo primero es contactar inmediatamente con tu banco para bloquear cuentas, tarjetas o accesos. Cuanto antes lo hagas, más posibilidades hay de evitar o limitar el daño.

También es fundamental denunciar los hechos ante la Policía o la Guardia Civil, así cuentas con una denuncia que será necesaria para cualquier reclamación posterior. Además, conviene recopilar toda la información posible: números de teléfono, mensajes, extractos bancarios o cualquier dato relacionado con el fraude y que puedas aportar en su momento.

Después, presenta una reclamación formal ante la entidad bancaria solicitando la devolución del dinero. Si el banco no responde favorablemente, se puede acudir al Banco de España o iniciar acciones legales.

Por último, te recomendamos contar con asesoramiento legal desde el principio, estás ante una situación desconocida en la que un profesional es quien mejor puede ayudarte a minorar los daños.

Cómo protegerte frente al vishing

Aunque nadie está completamente a salvo, hay ciertas medidas que pueden reducir el riesgo.

  • No facilites nunca datos sensibles por teléfono, aunque la llamada parezca legítima. Ante cualquier duda, cuelga y contacta tú directamente con el banco a través de sus canales oficiales.
  • Activa sistemas de seguridad adicionales, como la verificación en dos pasos, y revisa con frecuencia los movimientos bancarios.

En definitiva, conocer cómo funcionan estas estafas es la mejor ayuda que tienes para detectarlas a tiempo y actuar.

El vishing no es un caso aislado, sino una práctica en crecimiento que afecta a todo tipo de personas. Los delincuentes perfeccionan constantemente sus técnicas, lo que hace que cada vez resulte más difícil detectar el engaño a simple vista.

Por eso, más allá de la prevención, es importante que tengas claro que existen mecanismos legales para reclamar y que, en muchos casos, es posible que recuperes tu dinero.

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539

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