El interés del menor por encima del régimen de visitas

El régimen de visitas que se acuerda en los procesos de separación o divorcio, cuando hay menores, es uno de los puntos más importantes que se deben firmar.

A menudo, llegar a él no es sencillo.

La mala relación de la pareja hace que se utilice a los pequeños para llevarse la contraria, hacerse daño entre ellos, y hacer prevalecer a alguno de los padres en la vida del menor, algo que no es motivo para suspender un régimen de visitas

Otra cosa es que estos conflictos no se limiten a meras discusiones por quién tiene la razón, sino a un procedimiento penal en curso o la existencia de denuncias graves.

En esos momentos el régimen de visitas se ve supeditado a la decisión que tome el juez, poniendo el interés del menor por encima del vínculo familiar.

Régimen de visitas en separaciones con violencia

Los vínculos de descendencia no implican necesariamente un régimen de visitas que puede hacer daño al propio menor, y a su desarrollo.

El caso normal es que los padres, como titulares de la patria potestad, sean quienes decidan acerca de cómo y cuándo debe compartir tiempo con cada uno, pero el interés del menor prevalece a todo, y puede limitarse o incluso cancelarse la comunicación, si es un perjuicio para su bienestar.

Régimen de visitas y sistema VioGen

Cuando se decide por un régimen de visitas u otro, siempre se intenta que los menores compartan tiempo con los padres, si no es por igual, en una proporción similar, teniendo en cuenta las circunstancias, y comportamiento, de cada progenitor.

Un tema especialmente importante que influye en el régimen de visitas es la existencia de los antecedentes VioGen, de la pareja.

Si son reiterados, si existe condena firme de hechos graves, o si uno de los cónyuges está en un proceso penal en curso, iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro, o sus hijos, todo eso es tenido en cuenta en la decisión judicial.

En esos casos, el régimen de visitas se deniega o si ya existe, se suspende para evitar cualquier comunicación con el menor, hasta que se obtengan hechos constatados de su cambio de actitud y comportamiento.

Toda decisión que se tome y que no consiga el bien del menor desestabiliza su desarrollo y debe ser suspendida.

Los progenitores tienen la obligación, y es responsabilidad de cada uno, de ponerse de acuerdo y mantener el régimen de visitas estipulado, para evitar que los pequeños crezcan sin una de las dos figuras como referencia

Con todo, ante situaciones de maltratos y agresiones, físicas, psicológicas o emocionales en las que uno de los progenitores somete al otro, o al propio menor, a un constante sufrimiento, por ley, se suspenden o cancelan las visitas.

¿Cuándo se suspende el régimen de visitas?

Si se demuestra que el menor se ve perjudicado por el comportamiento de ese progenitor, que, no solo incumple con lo impuesto por el juez, sino que, con su conducta, le hace mal.

Continuo incumplimiento del acuerdo

La patria potestad lleva aparejada una responsabilidad con los hijos y hay que cumplir con ella sobre cualquier otra.

Incluso cuando la estructura familiar no es la más adecuada, aspectos como la alimentación, la educación, la higiene, la atención médica, física y mental, o vestimenta son obligatorios y deben cumplir con ellos los padres.

El objetivo que se persigue es que cualquier necesidad del menor sea cubierta, y para eso se llega a un acuerdo, no hacerlo, pone en entredicho la implicación de ese padre, o madre, con el desarrollo y crecimiento de su hijo.

Una desatención continuada de esas necesidades, si afecta a su vida, es motivo suficiente para limitar, o suspender, las visitas

Adicciones y mala vida

Ese padre o esa madre con costumbres inapropiadas, como adicciones de cualquier tipo que lleven a desatender el cuidado de sus hijos, da motivos al juez para suspender las visitas.

Todo menor debe crecer en un entorno adecuado, alejado de drogas, alcohol, malas compañías o cualquier otra situación a la que se vea expuesto junto a sus progenitores

Abuso y conductas violentas

Motivo más que suficiente para limitar, o impedir, que el progenitor tenga contacto con sus hijos.

No solo hablamos de maltrato físico, sino cualquier otro abuso que suponga un dolor, tanto físico como emocional, a los pequeños, ya “solo” el abuso psicológico es más que suficiente para evitar que ese contacto continúe.

No solo hacia el menor, también la denuncia de violencia de género, que lleva a esa pareja a estar en el sistema VioGen implica que se anule el régimen de visitas.

¿Qué es el sistema VioGen?

Un sistema de seguimiento integral que, desde 2007, se emplea en casos de violencia de género.

Una vez que se realiza una denuncia de agresión o maltrato y se investigan los hechos se entra en él, y a esa persona se le asigna un nivel de riesgo determinado, que va desde bajo, o no apreciado, a extremo, que, no obstante, puede ser modificado, al alza, por los agentes para mejor protección de la víctima,

Ante cualquier denuncia, se identifica a las partes, se consulta si están en el sistema, o si la naturaleza de los hechos lleva a incluirlos en él.

Cada nivel del sistema VioGen cuenta con medidas policiales determinadas, de aplicación obligatoria e inmediata, incluso en caso de riesgo no apreciado, cuando se informa a la víctima de los recursos de los que dispone y los pasos que puede dar.

Nivel VioGen de riesgo bajo

No se aprecia peligro, pero la víctima ha de saber la ayuda con la que cuenta.

Dispone de un teléfono de contacto permanente y llamadas, o visitas personales de los agentes, de manera discreta y acordados, para asegurar que está bien.

Ese seguimiento facilita información por si el peligro aumenta, y se necesita elevar el nivel de protección.

Además, se comunica al agresor de que está incluido en el sistema y es sometido a control policial, si tiene armas, se le retiran, y si está en prisión, se mantiene contacto con la penitenciaria ante la posible puesta en libertad.

Nivel VioGen de riesgo medio

Aumentan las medidas, y se valora un posible ingreso en un centro de acogida.

Controles ocasionales en su domicilio, en el trabajo y en los centros escolares de los hijos, además de solicitar a la Fiscalía un dispositivo telemático de control al agresor.

Nivel VioGen de riesgo alto

La víctima cuenta con la opción de ir a un centro de acogida o cambiar de domicilio, más aún si el denunciado no está localizado

Aquí, los controles sobre la vivienda o el lugar de trabajo son más frecuentes, junto a otros, aleatorios, al agresor, contactando también con personas de su entorno en caso de no ser fácil de encontrar.

Nivel VioGen de riesgo extremo

Aquí ya pasamos a una protección permanente, incluso, si es necesario, las entradas y salidas de los hijos en el colegio, con control exhaustivo sobre el agresor.

Se incluyen además recomendaciones si hay menores, a quienes se enseña cómo hacer ante un hecho violento, para que actúen alejándose y yendo a un lugar seguro.

Por muy necesaria que sea la presencia de ambos progenitores en la vida de los menores, objetivo principal del régimen de visitas, nunca se pone en peligro su seguridad ni estabilidad cuando se denuncia, y prueba, el comportamiento delictivo de uno de ellos.

En esos casos, el juez tiene la potestad de suspender o cancelar definitivamente cualquier comunicación para evitar que, estar junto a su padre o madre, resulte peligroso.

Denunciar en un primer momento es el paso para terminar con una situación que, demasiado a menudo, no lo hace bien.

 

 

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539

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