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El impago de pensión de alimentos cuando quien no paga reside en el extranjero

La pensión alimenticia o pensión de alimentos de los hijos e hijas se destina a cubrir todos sus gastos ordinarios. En caso de impago, se puede instar su cumplimiento a través de un procedimiento de ejecución y, en su caso, de embargo de bienes. Por otra parte, el impago de la pensión alimenticia puede constituir un delito de abandono de familia.

Pero, ¿qué sucede cuando el progenitor que incumple su obligación reside en el extranjero? Nuestros expertos en derecho de familia aclaran esta cuestión, sobre la que recibimos muchas consultas.

✅ La problemática del impago de la pensión alimenticia desde el extranjero

En caso de que se produzca el impago de una pensión de alimentos establecida por sentencia judicial, lo primero que tenemos que tener en cuenta es si el progenitor que está incumpliendo esa obligación reside o no en un Estado de la Unión Europea.

Dependiendo de dónde resida se aplicarán diferentes instrumentos internacionales, como veremos a continuación.

✅ El deudor reside en un Estado de la Unión Europea

Cuando el progenitor deudor de la pensión alimenticia reside en otro país de la Unión Europea se aplica el Reglamento 4/2009 de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos.

En virtud de este Reglamento, aplicable desde el 18 de junio de 2011, la sentencia española que establezca la pensión de alimentos podrá ejecutarse en cualquier otro país de la Unión Europea, salvo Dinamarca. Y ello sin necesidad de recurrir a ningún proceso, ya que se suprime la necesidad de homologar la sentencia.

Es decir, que esa sentencia española será tratada como si se hubiera dictado en el propio país de la Unión Europea que corresponda.

Para reclamar el cumplimiento de la obligación de alimentos tendremos que dirigirnos a la Autoridad Central Española, rellenando formulario normalizado y adjuntando toda la documentación pertinente. La Autoridad Central Española es el órgano competente para recibir dichas solicitudes y transmitirlas al país de la UE que corresponda. 

✅ El deudor no reside en un Estado de la Unión Europea

En caso de que el progenitor deudor de la pensión de alimentos no resida en un Estado de la Unión Europea pero sí resida en alguno de los más de 60 países que forman parte del Convenio de Naciones Unidas de 1956 sobre la obtención de alimentos en el extranjero, se aplicará dicho Convenio. 

Esta norma internacional establece un sistema gratuito de reclamación de alimentos en el extranjero también a través de la Autoridad Central Española, como en el caso anterior.

Para ello habrá que presentar una solicitud demandando el cumplimiento de la prestación de alimentos, siempre acompañada de todos los documentos pertinentes.

✅ No renuncies a hacer valer tus derechos

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Como ves, existen cauces legales internacionales para reclamar el pago de la pensión de alimentos, tanto si la persona reside dentro o fuera de la Unión Europea. No renuncies a hacer valer el derecho de los menores a recibirla.

Os recomendamos la lectura de nuestro artículo: »  La Justicia exonera a un padre de pagar la pensión alimenticia de sus hijas por nula relación personal. «

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