Caso de éxito 63: Conclusión de Concurso.

  • Fecha de la Sentencia: 31 de marzo de 2025
  • Letrada: Blanca Palmero

  • Área del Despacho: Mercantil
  • Tema Principal: Conclusión de Concurso

  • REFERENCIA: Juzgado de lo Mercantil No 12 de Madrid – Concurso Abreviado 382/2022 – AUTO NÚMERO 329/2025

 

Los socios de una empresa de alquiler de transportes acudieron al despacho ya que la mercantil se enfrentaba a una grave situación de insolvencia.

Tras analizar el caso, la letrada concluyó la necesidad de iniciar el concurso de acreedores voluntario de la empresa y, de forma paralela el concurso de acreedores de persona física de algunos de dichos socios ya que agobiados por la presión de las deudas se habían constituido como avalistas de los préstamos de la sociedad.

Se interpuso así solicitud de concurso de acreedores, aportando toda la documentación debida exponiendo en la memoria económica todas las circunstancias que habían producido la insolvencia del negocio de nuestros clientes, cuya causa principal fue la ausencia de ingresos durante el confinamiento del Covid 19. En la solicitud se pedía el nombramiento de Administrador Concursal y la liquidación de los bienes que aún quedaban en la empresa (varios vehículos).

 

✅ Nuestra Estrategia

La estrategia de la letrada mantenida en la liquidación se ha basado en la continua comunicación con la Administradora Concursal.

El objetivo que pretendía era el de obtener el máximo precio posible por los bienes pendientes de liquidación para saldar el mayor número de deudas, ya que de forma paralela la letrada había solicitado el concurso de alguno de los socios como personas físicas y la exoneración de dichas deudas solicitando la concesión de la Ley de Segunda Oportunidad. De esta manera, se reducía el pasivo a exonerar a los socios como personas físicas.

✅ Resultado Final

Finalmente, tras la última venta, se consiguió el objetivo pretendido:

Liquidar y disolver la sociedad y asegurar que el administrador de la sociedad no tuviera ninguna derivación de responsabilidad por las deudas surgidas.

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Juzgado de lo Mercantil No 12 de Madrid – Concurso Abreviado 382/2022 – AUTO NÚMERO 329/2025

Caso de éxito 48: Exoneración Deuda de 45.000 euros

  • Fecha de la Sentencia: 18 de octubre de 2024.
  • Letrada: Blanca Palmero

  • Área del Despacho: Mercantil
  • Tema Principal: Ley Segunda oportunidad.

  • REFERENCIA: Juzgado de 1a Instancia No 6 de Móstoles – Concurso Abreviado 664/2021 (Concurso consecutivo) – AUTO NÚMERO 1433/2024

El cliente acude al bufete en una situación desesperada, se encontraba con varias deudas derivadas de préstamos personales con entidades financieras y con empresas de crédito rápido, por lo que se enfrentaba a múltiples embargos.

Nuestra letrada procede a  iniciar el procedimiento de concurso y solicitar el nombramiento de administrador concursal ya que era necesaria la supervisión de los gastos del cliente para garantizar posteriormente la viabilidad de la solicitud de la Ley de Segunda Oportunidad.

Una vez que la letrada consigue la declaración de concurso, se inicia el plan de liquidación y solicitud del Beneficio de Exoneración Pasivo (Ley de Segunda Oportunidad) que se tramita con la administradora concursal con quien se negocia un plan de pagos de dos años que implicaba la exoneración del 75% de la deuda total.

Por otro lado, también negoció con uno de los acreedores para que presentara su consentimiento al plan y finalmente el Juzgado lo aprobó. Nuestro cliente solo tenía que realizar los pagos mensuales que se aprobaron.

Ahora tras el transcurso de estos dos años, La letrada presentó la prueba de todos y cada uno de los pagos para conseguir la resolución que aprobara que nuestro cliente de forma definitiva está exonerado de sus deudas, por lo que queda liberado de sus acreedores y puede volver a empezar, tiene una segunda oportunidad.

 

✅ Nuestra Estrategia

La estrategia de la letrada fue plantear la solicitud de concurso con nombramiento de administradora concursal ya que existía riesgo de una incorrecta administración del dinero por parte de nuestro cliente, lo que le había impedido hacer frente a un plan de pagos.

Una vez conseguido el concurso, se tramitó la exoneración con el objetivo de exonerar hasta el 75% de la deuda que es el máximo que la ley vigente en ese momento permitía según la naturaleza de cada deuda.

✅ Resultado Final

El auto declara la exoneración definitiva de las deudas y aprueba de manera definitiva la Ley de Segunda Oportunidad tras el cumplimiento del plan de pagos.

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Juzgado de 1a Instancia No 6 de Móstoles – Concurso Abreviado 664/2021 (Concurso consecutivo) – AUTO NÚMERO 1433/2024

Caso de éxito 46: CONCURSO

  • Fecha de la Sentencia: 30 de septiembre de 2024
  • Letrada: María López

  • Área del Despacho: Mercantil
  • Tema Principal: Concurso Abreviado.

  • REFERENCIA: Juzgado de lo mercantil No 4 de Oviedo. CONCURSO ABREVIADO 000127 /2024

La cliente es una trabajadora autónoma que se ha dedicado durante toda su trayectoria profesional al sector de transporte. Si bien, como consecuencia de la pandemia COVID-19, vio incrementado el pasivo de su empresa drásticamente.

El pasado mes de septiembre de 2024, el bufete presentó la solicitud de concurso de la cliente como persona física, toda vez que su propia empresa se encontraba en fase de liquidación y, por tanto, la totalidad de la deuda se dirigía contra la misma al figurar como avalista solidaria en los distintos préstamos y créditos suscritos por la entidad.

 

✅ Nuestra Estrategia

La dificultad de este caso residía en el análisis pormenorizado de la situación financiera, laboral y familiar de la cliente. En tal sentido, recientemente nos ha sido notificada la resolución judicial por medio de la cual se declara en concurso a la cliente, lo que conlleva la paralización de las ejecuciones, los embargos y los pagos de las deudas; todo ello en aras de salvar la situación financiera de la deudora.

✅ Resultado Final

El auto declara el concurso sin masa por entender que, de nuestro escrito de demanda y de la documentación adjunta, se desprende el estado de insolvencia actual de la deudora.

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Juzgado de lo mercantil No 4 de Oviedo. CONCURSO ABREVIADO 000127 /2024

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