Caso de éxito 45: NULIDAD DE CONTRATO DE MULTIPROPIEDAD Y NULIDAD DE PÓLIZA DE PRÉSTAMO CON CONDENA EN COSTAS

  • Fecha de la Sentencia: 27 de septiembre de 2024
  • Letrada: Cynthia García

  • Área del Despacho: CIVIL
  • Tema Principal: NULIDAD DE CONTRATO DE MULTIPORPIEDAD Y NULIDAD DE PÓLIZA DE PRÉSTAMO

  • REFERENCIA: JUZGADO DE 1a INSTANCIA No 10 DE MADRID – Procedimiento Ordinario 85/2022. SENTENCIA No 430/2024

CYNTHIA GARCÍA BRAVO

Los demandantes, clientes de Vilches Abogados, firmaron un contrato de compraventa para la adquisición de un derecho de uso por tunos en sistema flotante, es decir, sin asignación de habitación determinada ni fecha de entrada fija por un precio de 19.950 euros y por tiempo ilimitado, indicándose en el contrato que se trataba de un régimen preexistente de forma indefinida.

Además, para dicha adquisición suscribieron un préstamo con un banco.

En la demanda nuestra letrada solicitó la nulidad de ambos contratos (en de la compraventa y el de préstamo) por que ambos no cumplen con lo estipulado en la Ley 42/1998, de 15 de diciembre, sobre derechos de aprovechamientos por turnos de bienes inmuebles de uso turístico y normas tributarias.

 

✅ Nuestra Estrategia

Qué vas a poder leer aquí:

La letrada alega que el contrato es contrario a la normativa y que en él existe una absoluta indefinición del objeto, no se especifica la situación exacta de los complejos adheridos, ni cuales son, no se aclara el contenido de los derechos, así como tampoco se aclaran las características de los inmuebles, ni tampoco la concreta ubicación de los mismos.

Tampoco se indica el periodo de tiempo en el que se va a hacer uso. A todo lo anterior, hay que añadir la redacción confusa de las condiciones del contrato.

✅ Resultado Final

Se declara la nulidad del contrato suscrito por nuestros clientes y también se declara la nulidad de la póliza del préstamo que suscribieron con la entidad bancaria para la adquisición del derecho de uso, condenando a ambos demandados a reintegrar a los clientes solidariamente las cantidades satisfechas, así como las costas del procedimiento.

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JUZGADO DE 1a INSTANCIA No 10 DE MADRID – Procedimiento Ordinario 85/2022. SENTENCIA No 430/2024

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