Caso de éxito 43: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS CONTENCIOSO
- Fecha de la Sentencia: 12 de septiembre de 2024
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Letrada: María Pastor
- Área del Despacho: FAMILIA
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Tema Principal: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS SUPUESTO CONTENCIOSO 342/2024
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REFERENCIA: SENTENCIA No 261/2024 – JUZGADO DE 1a INSTANCIA No 79 DE MADRID
Nuestra cliente acude al despacho muy nerviosa toda vez ha recibido una demanda por parte de su ex marido donde solicita la extinción de la pensión compensatoria por un supuesto cambio de circunstancias. El demandante solicita la extinción de la obligación del pago de la pensión compensatoria o bien limitar la obligación de pago del importe que está abonando al periodo de dos años.
Lo primero que tuvo que hacer la letrada fue contestar a la demanda alegando que, ya había habido varios procedimientos de modificación de medidas previos tendentes a extinguir la pensión compensatoria concedida a nuestra representada, incluso únicamente habiendo pasado un año desde que se dictó la sentencia donde se le concedía a nuestra a cliente la pensión compensatoria, la otra parte presentó la primera modificación de medidas. La letrada alegó que nuestra cliente cuenta con 75 años de edad, no pudiendo por tanto concluirse que se debe reducir o extinguir la pensión compensatoria, pues para nuestra cliente, el contar con una fuente de ingresos propia es completamente inviable.
✅ Nuestra Estrategia
La letrada argumentó en su estrategia que la parte demandante no había probado los hechos por los que pretende la modificación de medias pues únicamente se hacía referencia en su demanda que la solicitud de extinción era debido a un empeoramiento de su enfermedad crónica, no siendo óbice para extinguir la pensión compensatoria que tenía concedida nuestra representada, ya que la situación de nuestra cliente era la misma a cuando se le concedió la pensión compensatoria y no había ninguna variación sustancial de las circunstancias.
✅ Resultado Final
Tras contestar a la demanda, señalaron fecha para Juicio y se practicaron los interrogatorios de las partes. Finalmente la letrada consiguió una sentencia desestimatoria de la demanda interpuesta de contrario, y así nuestra cliente conservará la pensión compensatoria que le fue concedida
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SENTENCIA MODIFICACION DE MEDIDAS CONTENCIOSO – MARÍA PASTOR
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