mujer violada por su marido

Violada por 50 hombres durante 9 años

Estos días en Avignon (Francia) se celebra un macrojuicio en el que se acusa a más de 50 hombres de violar a una mujer durante años, con el permiso de su marido.

Esta mujer ha tomado la decisión de que sea un juicio público porque, como es así, ella no es quien debe tener vergüenza, sino que son sus supuestos agresores quienes han de tenerla, y desea que todo el mundo conozca lo ocurrido.

Unos hechos que se descubren de una manera indirecta, pero que sacan a la luz como es drogada por su esposo para luego ser agredida continuamente durante años.

#01.-Drogada por su marido y violada por todos

Este caso tan terrible, y ante el que no tenemos palabras, se descubre por la detención de un hombre (el marido de la víctima) por grabar bajo la falda de mujeres en un supermercado.

Tras esto, la policía revisa el material informático, y se encuentra con algo dantesco: miles de fotos y vídeos en los que, tanto él como diferentes hombres, abusan de su esposa mientras ella permanece inerte en la cama.

Violada durante años sin saberlo

Esta mujer, que ahora tiene 71 años, de 2011 a 2020 que se descubre el caso, es drogada por su marido y “ofrecida” al resto para que abusen de ella mientras la graban y fotografían.

Ahora estos 51 hombres identificados se enfrentan una acusación de violación agravada, que puede, en caso de demostrar su culpabilidad, llevarles a prisión durante 20 años.

 

#02.-Delito de violación agravada

Un delito de violación se regula en artículo 179.1 del Código Penal y es un delito de agresión sexual agravado, castigado con las penas más duras por su extremada gravedad.

En definitiva, es un delito de agresión sexual con penetración.

Ahora bien, este delito cuenta con su pena agravada, de la que se acusa a estos 51 hombres en Francia, y es cuando concurren unas condiciones que aumentan su gravedad por el empleo de violencia, intimidación o por anular totalmente la voluntad de la víctima.

¿Cuáles son las agravantes de una violación?

Se encuentran en el art. 180 del Código Penal, donde se establecen estas circunstancias que agravan aún más un delito que ya de por sí lo es, y elevan las penas de cárcel.

  • En el caso de cometer el delito conjuntamente por dos o más personas.
  • Violencia extrema o sometimiento a la víctima a actos degradantes. 
  • Actuar contra personas en situación de especial vulnerabilidad, ya sea por edad, enfermedad, o discapacidad.
  • Existencia de un vínculo personal entre víctima y agresor, como una esposa o una relación afectiva, incluso en el caso de que no exista convivencia.
  • Aprovechar una relación en la que se puede abusar con más facilidad de la víctima, por convivencia, parentesco o superioridad (jefe, profesor, …)
  • Empleo de armas y otros objetos o medios susceptibles de lesionar de gravedad o, incluso, causar la muerte a la víctima.
  • Anulación de la voluntad de la víctima (fármacos, alcohol, drogas, …)

Este terrible caso del que no dejamos de conocer detalles más espantosos de las situaciones vividas por una mujer que, no solo no consentía, sino que no estaba en condiciones de darse cuenta ni de impedirlo, presenta las agravantes que marca la ley.

En caso de que se acuse y se confirme la sentencia de estos 51 hombres, deberán cumplir la máxima pena que impone la ley.

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539

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