¿Puedo reclamar por los daños que me causó el apagón?

Lunes 28 de abril de 2025, 12:33 del mediodía.

Un apagón masivo deja sin electricidad a toda la península ibérica, afectando a España, Portugal, Andorra y parte del sur de Francia. 

En cuestión de segundos, se pierde aproximadamente el 60% de la energía que se estaba consumiendo en España. 

Apagón masivo en casi toda España, daños y perjuicios causados

Podemos decir que prácticamente toda la península queda a oscuras y sin apenas comunicación telefónica, lo que causa incertidumbre entre los ciudadanos que no saben qué ocurre, por qué, ni cuánto va a durar la situación.

Este corte de energía provoca la paralización de servicios esenciales, transporte público, infraestructuras, telecomunicaciones, comercios, … sin que aún hoy se sepa con certeza la causa exacta, (aún está bajo investigación), aunque se apunta a una fuerte oscilación en el sistema eléctrico europeo como posible origen del problema.​

Lo que es cierto es que esas horas provocan daños materiales a muchas personas.

¿Se pueden reclamar los daños materiales causados por el apagón?

Sí, es posible reclamar los daños materiales sufridos debido al apagón, como la pérdida de alimentos por la descongelación de frigoríficos o daños en electrodomésticos.

Para ello, es importante seguir una serie de pasos y tener en cuenta ciertos aspectos legales.​

Pasos para reclamar los daños del apagón

Como decimos, puedes reclamar por lo que perdiste durante esas horas, pero para ello es necesario que cumplas con unos trámites que eviten que no consigas recuperar parte de esos daños:

01.-Documenta los daños

Toma fotografías de los productos o aparatos dañados y guarda tickets de compra.

Es fundamental que todo lo que sea consecuencia de esas horas sin electricidad, que te haya supuesto algún costo o algún perjuicio, esté justificado lo mejor posible.

02.-Contacta con tu seguro

Revisa si tu póliza de hogar o negocio cubre daños por cortes de suministro eléctrico y notifica el incidente lo antes posible, de igual manera, vas a tener que adjuntar toda la documentación que te avale, esa que recopilaste en el punto anterior.

03.-Reclama a la compañía eléctrica

Puedes presentar una reclamación formal a la empresa distribuidora de electricidad de tu zona, adjuntando, de nuevo, toda la documentación recopilada que justifique que esas horas para ti fueron perjudiciales de una u otra manera.

04.-Acude a organismos de consumo

Si no obtienes respuesta o solución, puedes dirigirte a las oficinas de atención al consumidor o a la Junta Arbitral de Consumo de tu comunidad autónoma.

¿Qué ocurre si no pude trabajar debido al apagón?

Si no te fue posible desempeñar tu trabajo por causas ajenas a ti, (como este apagón), no estás obligado a recuperar esas horas ni se te pueden descontar del salario. 

El art. 30 del Estatuto de los Trabajadores establece que, en situaciones así, el empleado mantiene su derecho a la remuneración, sin que, en ningún caso, se le pueda culpar de lo ocurrido ni descontar esas horas.

Además, si el apagón representaba un riesgo para tu seguridad, estabas en tu derecho de abandonar tu puesto, tras comunicar y justificar la situación.

¿Y si trabajo desde casa?

Para quienes teletrabajan, el Tribunal Supremo dictaminó en 2023 que el tiempo perdido por un corte de luz o internet debe contarse como efectivo de trabajo, esto es, que se cuentan como horas que has trabajado y no se te pueden descontar del salario.​

Con el apagón del 28 de abril de 2025 hemos vivido un evento excepcional que afectó a millones de personas, y que deseamos no vuelva a ocurrir.

No cabe duda de que muchas personas se vieron perjudicadas, ya sea de manera individual o en sus negocios, con unos daños materiales que no deben tener que asumir.

Si pasaste por una de esas situaciones en el día de ayer, estás en tu derecho a reclamar y a que se respeten tus condiciones laborales, para eso y si tienes cualquier duda, contacta con nosotros.

Estudiaremos bien tu caso para darte los pasos hasta conseguirlo.

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539

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