Proyecto de Ley de Vivienda, los okupas ganan

Este jueves 27 de abril, se ratifica el proyecto de Ley de la Vivienda para pasar después al Senado donde se espera su aprobación definitiva.

Esa ley tiene unos puntos importantes referentes al procedimiento del desalojo de inmuebles de okupas o inquilinos que adeudan meses de alquiler.

A la aprobación de estos requisitos se llega tras los pactos realizados entre PSOE, ERC y Podemos, además de otros partidos minoritarios que también apoyan su contenido.

En caso de seguir adelante, entraría en vigor el próximo mes de mayo, y estaríamos ante unas de las leyes más discutidas de la legislación de Pedro Sánchez

Nuevas condiciones en el desalojo de viviendas

Uno de los puntos más mediáticos es el de las condiciones que se deben cumplir para que, un propietario de un inmueble, inicie los trámites para el desalojo de la vivienda, o local, que tiene okupado o arrendado sin el correspondiente pago del alquiler.

Son aspectos muy delicados que cuentan tanto con partidarios como por detractores, y que están levantando una enorme polvareda que han acaparado los medios en las últimas horas.

Requisitos a cumplir para iniciar los trámites

Tras la ley, en caso de seguir adelante, la persona que intente recuperar su inmueble debe certificar si es, o no, gran tenedor y, además, si las personas que están en la vivienda la utilizan, o no, como vivienda habitual.

Gran tenedor

Es aquel dueño de varios inmuebles, se considera así cuando tiene un número de ellos en propiedad mayor que 5

En caso de serlo, además debe acreditar si las personas que están alojadas en su propiedad se encuentran en situación de vulnerabilidad.

Un propietario que sea considerado un gran tenedor, deberá, además, acreditar que ha intentado una conciliación para llegar a un acuerdo con los inquilinos que solucione el conflicto sin llegar al desalojo de la vivienda.

Inquilinos en situación de vulnerabilidad

La unidad familiar se considera en situación de vulnerabilidad, como norma general, en el caso de que sus ingresos sean 3 veces Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual (Iprem).

En 2023, esa cantidad es de aproximadamente 25.000€

Como segundo requisito es que sus gastos de vivienda y de suministros básicos supere el 30% de esa cantidad que ingresa anual

Novedades criticadas y apoyadas por igual

Esta ley presenta unos cambios sustanciales que pretenden defender a las familias más vulnerables en menoscabo de los propietarios de varios inmuebles vacíos, los considerados grandes tenedores.

En complemento a estos puntos tan polémicos y que están levantando esta polvareda, se añaden otros también significativos.

Las Fuerzas de Seguridad deberán acudir a los desalojos de las viviendas previa comunicación de día y hoja, descartando el factor sorpresa.

En cualquier caso, se desestiman las solicitudes de demandantes que no especifiquen, en su solicitud, si los ocupantes de su inmuebles lo utilizan, o no, como vivienda habitual

Los partidos de la oposición están en contra de que siga adelante este proyecto de ley con declaraciones del tipo “un chollo para los okupas (PP), o  “legalización de la okupación” (VOX), dejando entrever la posible solicitud de inconstitucionalidad.

Una ley polémica que intenta salir adelante con el pacto entre diferentes partidos y que tiene que contra al resto de ellos.

Cualquier legislación de Derecho Penal es muy complicado sacarla adelante, es difícil que todos los partidos estén de acuerdo, y son necesarios pactos como el que ha tenido que realizar el Gobierno para conseguirlo.

Esta misma semana sabremos si este proyecto de ley que se presenta en el Senado llega a ser la Nueva Ley de la Vivienda.

1 comentario
  1. Abogado
    Abogado Dice:

    Hasta que punto una nueva ley puede crear una mayor alarma social, hay que calibrar y adecuar correctamente necesidades y legislación.

    Responder

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