
Prácticas abusivas en inmobiliarias: Consumo toma partido
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 abre un expediente sancionador contra una de las principales agencias inmobiliarias de nuestro país debido a supuestas prácticas abusivas en la gestión del alquiler y venta de viviendas.
No queda ahí la cosa, sino que, otras firmas del sector están bajo investigación por conductas parecidas.
Este caso despierta gran interés, especialmente en el momento por el que estamos pasando, en el que el problema para acceder a un alquiler es muy importante para un enorme sector de la población.
Comisiones y cláusulas ilegales impuestas por la inmobiliaria
Parece ser, según las informaciones que se conocen hasta ahora, que la agencia inmobiliaria en cuestión cobraba comisiones abusivas a los inquilinos por la intermediación en los contratos de alquiler, algo que debe ser asumido por los propietarios.
Además, se han detectado cláusulas contractuales que limitaban los derechos de los inquilinos, así como la imposición de servicios adicionales sin su consentimiento expreso.
¿Qué se considera una práctica abusiva de una inmobiliaria?
Estas prácticas en este sector pueden darse de diversas maneras y estar relacionadas con cláusulas en los contratos desequilibradas, o también con cobros indebidos (como aquí, cobrar al arrendatario algo que corresponde al arrendador).
Son condiciones que, en muchos casos, desconoce el inquilino o tiene una necesidad extrema de conseguir una vivienda y se ve obligado a aceptar si quiere tener un hogar, aunque no sean del todo legales.
Algunos de los casos más frecuentes, son estos ejemplos:
Cobro de honorarios indebidos a los inquilinos
Las agencias cargan a los inquilinos gastos que deberían ser asumidos por los propietarios, como los honorarios por la intermediación en el alquiler, uno de los puntos por los que se está investigando a esta inmobiliaria.
Depósitos desproporcionados
A veces se exige a los inquilinos el pago de fianzas o garantías excesivas que no están justificadas legalmente.
Cláusulas abusivas en los contratos
Algunas agencias incluyen condiciones que limitan los derechos del inquilino, como restricciones arbitrarias en el uso de la vivienda, o penalizaciones excesivas en caso de desistimiento del contrato.
Falta de transparencia en la información
No proporcionar información clara sobre los costes, las condiciones del contrato, o los derechos del inquilino se considera una práctica abusiva cuando los implicados no saben realmente lo que están firmando.
¿Qué dice la Ley de Vivienda sobre las comisiones inmobiliarias?
La Ley de Vivienda, aprobada en 2023, establece que los honorarios de intermediación en los contratos de alquiler deben ser asumidos por el arrendador, no por el inquilino.
Esto significa que cualquier cobro de comisiones a los inquilinos por parte de una agencia inmobiliaria es ilegal y constituye una infracción sancionable, además, la normativa prohíbe añadir cláusulas abusivas que impongan costes injustificados a los inquilinos.
Consecuencias legales para las agencias inmobiliarias por incumplimiento
Si se da el caso, se enfrentan a diferentes sanciones, dependiendo de la gravedad de la infracción, además de lo que se considera un enorme perjuicio para su marca.
Multas económicas, como decimos, según la infracción sea calificada como leve, grave o muy grave, y pueden alcanzar cantidades significativas.
Nulidad de cláusulas abusivas, estos contratos pueden ser declarados nulos, lo que da derecho a las partes a reclamar devoluciones o indemnizaciones.
Reputación y pérdida de confianza, además de las sanciones legales, las empresas investigadas sufren un daño en su reputación que sin duda afecta a su negocio a largo plazo y a la imagen que tienen los consumidores de su marca.
La apertura de un expediente sancionador a una gran agencia inmobiliaria como esta (junto a la investigación a otras del gremio) es una señal de que las autoridades están vigilando posibles abusos en un mercado que necesita, según los últimos acontecimientos, que se cumpla una legislación que proteja a los propietarios, pero sin olvidarse de los inquilinos.

Manuel Hernández García
Director y Socio Bufete Vilches Abogados
Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539
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