Odio en redes, ahora por la muerte de Mateo (11 años)
Mocejón (Toledo). Un polideportivo. Un grupo de niños jugando al fútbol. Un joven se acerca. Apuñala a unos de ellos.
Es Mateo, el pequeño de 11 años, que estos días, muy a su pesar y al de su familia, copan las tertulias y los medios de comunicación.
Hasta ahí no deja de ser un hecho terrible, inesperado e inexplicable que ha mantenido en vilo al país.
Apenas unas horas más tarde, cuando las investigaciones estaban iniciándose y no había salido a la luz ni una sola noticia, imagen, ni siquiera una idea de por donde se estaba trabajando, la red social X visibiliza una particular línea de investigación, lo que prende la mecha a una cascada de post racistas, sin sentido.
#01.-Ataque de odio en redes sociales
Estamos acostumbrados leer en redes mensajes que no tienen lugar, que parecen ser lanzados sin pensar, solo con intención de atacar a alguien por algo que ha hecho, o no, o por cómo es o no.
De todos esos bulos, los hay que desde el momento en el que aparecen, ya se ve que su recorrido va a ser demasiado corto como para tenerlas en cuenta.
Luego están los mensajes de esta índole, sin ningún tipo de filtro, que tienen la intención llenar de odio las redes atacando a personas, o colectivos, como este caso el de los inmigrantes.
¿Quién apuñaló al pequeño Mateo?
Aunque han pasado apenas unos días, la Guardia Civil tiene un detenido confeso, a falta de completar las investigaciones, junto a un arma que debe también determinar si es la que se usó para dar muerte al niño, no así el móvil, algo más difícil de entender en un acto sin sentido como este.
Mientras la Guardia Civil avanzaba en la dirección adecuada, en las redes se vivía una realidad muy distinta y muy peligrosa.
Los bulos que nacen en X prenden un fuego que obliga la Fiscalía a hacer unas declaraciones con un efecto inmediato: el cierre de las cuentas que arrancaron los bulos (por iniciativa propia).
La Fiscalía: es necesario identificar a los usuarios de las redes sociales
Estas publicaciones, fuera de toda veracidad, ponen en foco a la comunidad magrebí de Toledo, llegando a publicar la foto de un “culpable”, lo que aviva más aún el ambiente digital que dirige todo su odio a estos ciudadanos, como ya se ha demostrado, completamente inocentes, solo por el hecho de su procedencia.
La Fiscalía en su comunicado pretende una identificación de cada usuario en redes, con la posibilidad de impedir su uso en caso de ser condenados por delitos de odio.
Un debate abierto que, aunque pueda ser muy necesario y ayude a evitar episodios como este, es muy complicado, solo el pensar en realizarlo.
Tengamos en cuenta la facilidad de hacer comentarios de cualquier tipo, amparados en identidades falsas, cada vez es más difíciles de rastrear, con las que se crean perfiles con el único objeto de enzarzar a la sociedad y provocar odio entre los usuarios.
También es cierto que hay que diferenciar, entre comentarios que son desagradables, injustos y reprobables, pero que, aun así, no pueden ser tipificados como delitos de odio según el Código Penal.
#02.-Delitos de odio en el Código Penal
Un delito de odio tipificado como tal es aquel que demuestra prejuicios contra una persona, varias, o un colectivo, de un grupo social determinado, solo por pertenecer a él.
No se trata de atacar a la persona, sino a lo que representa por su apariencia o ideales, no van hacia ella, sino hacia lo que simboliza.
Estos delitos, además, incitan al odio colectivo, con comentarios que fomentan desprecio y animadversión general y, lo que es esencial para poder ser condenado, inducen a la violencia.
«El asesino de Mocejón es un moro, ¡las calles deben arder ya!», es un ejemplo muy evidente de un delito de odio, en este caso, en redes sociales
Qué delitos se consideran delitos de odio
Un delito de odio se considera como tal cuando:
De manera directa o indirecta, incita o promueve hostilidad, discriminación o violencia.
Se posea, elabore o difunda cualquier material que llame a la acción para provocar esas mismas situaciones violentas.
Se nieguen, públicamente, trivialicen o enaltezcan delitos de genocidio, de lesa humanidad o contra personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado.
Además, estos delitos se consideran agravados, y con ello susceptibles de una condena mayor, cuando se realizan de manera que pueden alcanzar a un elevado número de personas: las redes sociales y cualquier otro canal similar en internet.
Aunque complicada la iniciativa de la Fiscalía, cabe esperar sus siguientes pasos para evitar que gente con poco que hacer se dedique a causar más dolor y a provocar violencia en la sociedad.
Manuel Hernández García
Director y Socio Bufete Vilches Abogados
Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539
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