
Las imágenes de Leonor que pueden ser delito contra su intimidad
La publicación de unas fotos de la princesa Leonor es motivo de que la Casa Real haya pedido explicaciones a los medios chilenos donde se han divulgado.
Se trata de fotografías de la joven en un centro comercial en Chile, captadas por las cámaras de seguridad del establecimiento y publicadas sin su consentimiento.
Algo que ha llevado a la Embajada Española en ese país a poner una denuncia, algo que puede extrañar por la enorme cantidad de fotografías que vemos de la joven a diario, pero el problema radica en la manera de conseguir esas imágenes y el lugar en el que fueron tomadas, además de que, como decimos, no tienen su consentimiento.
¿Qué ha ocurrido con las fotos de Leonor en Chile?
Los hechos son que la princesa Leonor se encuentra en Punta Arenas, Chile, como parte de su formación en la Academia General Militar y, durante su tiempo libre, realiza una visita privada al centro comercial.
Poco después, varias imágenes suyas captadas por las cámaras de seguridad del establecimiento comenzaron a circular en los medios locales.
Aunque, como decimos, no son las únicas imágenes que hemos visto de la princesa, incluso, en su tiempo libre, estas tienen una particularidad: está en el interior del centro comercial y son parte de las cámaras de seguridad, algo que, distribuirlo sin autorización, va en contra de la legislación, tanto española como chilena.
¿Cómo se protege la propia imagen en la legislación?
En España, este derecho está protegido por varias normas jurídicas que garantizan la privacidad de las personas y regulan la difusión de imágenes sin autorización.
Constitución Española, que en su art. 18 reconoce el derecho fundamental al honor, la intimidad personal y familiar y la propia imagen.
Ley Orgánica 1/1982, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, que regula qué se considera una intromisión ilegítima en estos derechos.
Reglamento General de Protección de Datos y Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, que protegen la difusión de imágenes cuando pueden identificarse datos personales de una persona.
¿Cuándo se considera ilícita la difusión de imágenes?
La Ley Orgánica 1/1982 establece que la difusión de imágenes de una persona sin su consentimiento es una intromisión ilegítima en su derecho a la propia imagen, salvo en ciertas excepciones, como:
- Cuando la persona aparece en un acto público o lugar abierto al público, y se toma en el ejercicio del derecho a la información.
- Cuando se trata de un personaje público, y tiene interés informativo relevante.
- Cuando la imagen se capta con consentimiento explícito del afectado.
En el caso de la princesa Leonor, aunque es un personaje público, su presencia en un centro comercial en una visita privada podría no encajar dentro de estas excepciones, lo que da fuerza a que la difusión de las imágenes que se han publicado en medios chilenos sea ilícita.
Sanción por difundir imágenes sin consentimiento
La difusión de imágenes sin consentimiento acarrea distintas sanciones según el contexto y la gravedad del caso.
Sanciones por responsabilidad civil
La persona afectada puede reclamar una indemnización por daños y perjuicios ante los tribunales, por una cantidad que varía según:
- El impacto en la vida privada del afectado.
- Si quien las toma busca lucrarse con ellas o con su difusión.
- El número de personas que han tenido acceso a ellas.
Sanciones por responsabilidad penal
Por otro lado, también esta difusión no autorizada de imágenes constituye un delito, según el Código Penal, en algunos casos:
Delito de revelación de secretos: si las imágenes se han obtenido de forma ilegítima, con penas de hasta 5 años de prisión.
Delito de difusión de imágenes sin consentimiento: penas de 3 meses a 1 año de prisión o multa de 6 a 12 meses.
En el caso de la princesa Leonor, la difusión podría ser considerada una intromisión ilegítima en su derecho a la propia imagen, lo que puede derivar en una indemnización económica, siempre que la denuncia siga para adelante y se demuestre que son fotos procedentes de las cámaras de seguridad del centro comercial y filtradas por personal del mismo.

Manuel Hernández García
Director y Socio Bufete Vilches Abogados
Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539
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