Comisiones abusivas, ATENCIÓN : el Tribunal Supremo da un paso atrás

Tribunal Supremo

 

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Esta misma semana hemos recibido la primera sentencia del Tribunal Supremo acerca de si considerar, o no, abusivas las comisiones de los bancos en la concesión de préstamos.

Una sentencia, cuando menos, decepcionante para la Asociación de Usuarios Financieros (ASUFIN) que considera que se ha dado un paso atrás, después de todo lo conseguido con la sentencia europea de hace pocos meses.

La decisión demuestra un cambio de criterio, para retomar la decisión que había tomado con anterioridad.

El Tribunal Supremo, de nuevo, rechaza la consideración de abusividad en una comisión de apertura de un préstamo hipotecario.

La duda vuelve a estar sobre la mesa.

Se reabre el debate, las comisiones NO son abusivas

Recordemos en qué punto estábamos para ver la importancia de esta resolución.

Tras la decisión del Tribunal Supremo de que las comisiones de apertura de los préstamos no eran consideradas abusivas, sino parte de él, una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictamina todo lo contrario.

Es la puerta que se tiene para reclamar, y obligar a las entidades a la devolución de un dinero que nunca debió cobrar.

Una importancia mayúscula para montones de personas obligadas a pagar una cantidad que, en la mayor parte de los casos no llegan a comprender, y, por eso mismo, se pone en duda la transparencia de la entidad al “imponerlas” para la concesión.

Esta sentencia lo cambia todo, volvemos al principio.

Sentencia del Tribunal Supremo

Es la primera vez que se pronuncia desde entonces, y lo hace de manera que ha asombrado a todo el mundo, se apoya en su propia decisión, algo que no nadie se esperaba.

Según este organismo, después de estudiar la transparencia, o no, de la comisión del caso que nos ocupa, considera que no, que no se puede declarar abusiva, algo que cierra la puerta que se abrió tan solo hace unos meses con la sentencia europea.

El Tribunal Supremo, en este caso, valora que la información que recibe la persona solicitante del préstamo (prestatario) por parte de la entidad, justifica esta comisión.

Según su sentencia, todo lo que esta persona recibe del notario aparece en la oferta previa, por lo que se asume que el prestatario comprende perfectamente su situación, y acepta unas condiciones que, por eso mismo, ahora no puede reclamar

¿Qué son cláusulas abusivas?

Para que una comisión de cualquier tipo se considere una cláusula abusiva deben concurrir unos factores como la falta de información y transparencia de la entidad al aplicarlas.

En caso de que no haya una comprensión total de la persona que firma, y que puede llevarle a un “firmar por firmar”, algo que en un futuro le llega a perjudicar mucho, es una cláusula abusiva, por ley.

En caso de cláusulas abusivas de un aval, la jurisprudencia siempre está del lado del consumidor, pero debe comprobar que la entidad prestamista no ha actuado de manera totalmente clara.

Una cláusula no es abusiva en cualquier caso, una comisión no es ilegal solo por serlo, y el Tribunal Supremo lo ha dejado muy claro.

Cuando la entidad aporta toda la información que justifica su cobro y, la persona que solicita el préstamo la comprende y acepta, la cosa cambia.

No hay nada establecido a lo que te puedas agarrar

En definitiva, no hay nada establecido a lo que te puedas agarrar, tu caso tiene que ser estudiado y la ley, puede inclinarse por ti o por la entidad de préstamo, algo que no te debe desanimar.

Con esto está claro, cada caso es diferente, pero que la posibilidad de que se incline a tu lado aumenta cuando tu reclamación se acompaña del asesoramiento bancario y financiero adecuado, de eso no hay duda.

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