Acoso en Almendralejo: ¿qué son las medidas cautelares a los menores?

En los últimos días, ha salido a la luz un caso muy delicado en Almendralejo (Badajoz). 

Un alumno menor de edad ha denunciado haber sufrido acoso físico y sexual por parte de cuatro compañeros, también menores, de su mismo centro educativo.

Menor acosado por sus compañeros en Badajoz

Aunque los detalles exactos están bajo investigación, se sabe que la situación era continuada y que el entorno escolar no detectó a tiempo qué estaba ocurriendo, hasta que el propio alumno tuvo el valor de contarlo primero en su casa y luego en el juzgado.

Con esto, se ha activado el protocolo, para tomar medidas urgentes para protegerle.

¿Qué medidas han tomado las autoridades?

Lo primero que ha hecho el juzgado ha sido aplicar lo que se conoce como medidas cautelares, esto es, una serie de acciones temporales para proteger a la víctima mientras se investiga qué ha ocurrido. 

En este caso, se ha decidido prohibir a los cuatro menores acercarse a menos de 100 m del chico que les ha denunciado, e impedir cualquier tipo de comunicación con él (ni mensajes, ni llamadas, ni a través de otros compañeros o redes sociales).

Además, el centro educativo ha tomado la decisión de suspender temporalmente a los cuatro implicados, mientras se aclara lo sucedido.

¿Qué son las medidas cautelares en legislación?

Decisiones que toma un juez antes de que haya una sentencia definitiva, para proteger a las personas involucradas o evitar que el proceso se vea afectado. 

No se trata de un castigo, sino de una manera de garantizar que todo pueda investigarse sin nada que interfiera y, sobre todo, de proteger a la víctima.

En los casos en los que hay menores implicados, como aquí, en Almendralejo, las medidas se toman con aún más cuidado, ya que el sistema judicial ha de proteger tanto al menor víctima como a los menores acusados, que también tienen derechos.

¿Qué tipo de medidas cautelares existen para menores?

Aunque cada caso se estudia de forma individual, hay algunas medidas que se aplican con más frecuencia cuando hay indicios de que ha habido algún tipo de acoso o violencia:

  • Prohibición de aproximarse a la víctima (como en este caso), se establece una distancia mínima para evitar, en lo posible, nuevos encuentros que deriven en situaciones desagradables a las que se tenga que enfrentar. 
  • Prohibición de comunicación (aplicada aquí también), con ella se impide cualquier tipo de contacto con la persona supuestamente acosada o agredida, incluyendo mensajes, llamadas, redes sociales, … 
  • Cambio de centro educativo, si se considera que es la única forma de proteger a la víctima o a los propios acusados, se toma esta medida ya más drástica. 
  • Internamiento en un centro, solo en casos muy graves, de forma provisional y bajo control judicial. 

Estas medidas están reguladas por la Ley Orgánica 5/2000, que es la norma que rige cómo se aplica la justicia cuando los implicados son menores de edad, y sin olvidar que siempre deben ser proporcionales a la gravedad del caso.

¿Por qué se han aplicado medidas cautelares en Almendralejo?

En este caso concreto, el juez considera que hay suficientes indicios de que la víctima podría estar en una situación de vulnerabilidad, y permitir que los presuntos agresores sigan en contacto con ella puede generar más daño aún (psicológico, presiones o incluso represalias)

Además, al tratarse de compañeros del mismo centro educativo, la convivencia diaria es indudablemente un problema, tanto para el chico como para el resto del entorno escolar.

Por todo, se ha decidido cortar cualquier comunicación y mantener una distancia mínima.

¿Qué pasa con los menores denunciados por acoso a un compañero?

Aunque se han impuesto estas medidas cautelares, los cuatro siguen bajo investigación, hasta que el juzgado considere que hubo o no delito, pueden imponerse otras medidas, pero mientras se resuelve el caso, el foco está en proteger a la víctima y asegurar que todo se investigue sin presiones.

Las medidas cautelares no son castigos, sino herramientas de protección que permiten que la justicia haga su trabajo sin poner en riesgo a las personas más vulnerables.

Autor

Manuel Hernández García

Director y Socio Bufete Vilches Abogados

Letrado del Ilustre Colegio de Madrid 72.539

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