¿Qué gastos de la hipoteca puedo reclamar?
La polémica sentencia del Tribunal Supremo del pasado mes de noviembre de 2018, dejó claro que gastos de constitución de un préstamo hipotecario se podían reclamar o no por el cliente.
A día de hoy se pueden reclamar:
- Gastos notariales.
- Gastos de gestoría.
- Gastos de Registro de la Propiedad.
- Tasación, siempre que haya sido impuesta por la entidad bancaria.
- Gastos de apertura.
El impuesto de Actos Jurídicos Documentados ha sido imputado al cliente en la sentencia del Tribunal Supremo de noviembre de 2018, sin embargo, mediante Decreto Ley el Gobierno decidió imputarlo a las entidades bancarias para las nuevas hipotecas, por tanto, a pesar de que a día de hoy no se puede reclamar desde Viches Abogados confiamos en que esta situación pueda cambiar en unos meses y por tanto seguimos reclamando el impuesto en nuestras demandas de reclamación.
¿Podríamos reclamar si la hipoteca ya esta cancelada?
Se pueden reclamar hipotecas canceladas siempre que no hayan pasado más de 15 años desde su cancelación.
¿Qué hipotecas se encuentran afectadas?
Todas aquellas hipotecas firmadas cuyos gastos de constitución hayan sido imputados al cliente (la inmensa mayoría) y siempre que en sus cláusulas no se haya pactado y acatado por las partes.
No se pueden reclamar aquellas hipotecas constituidas por entidades jurídicas.